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Siembra ilegal de soya transgénica en Campeche, denuncian apicultores mayas

9 Oct, 2014 | Comunicados, Pueblo Maya

Apicultores y campesinos mayas denuncian siembra ilegal de soya transgénica en Campeche

Se violó la sentencia de un Juez Federal que dejó sin efecto el permiso otorgado para la siembra de soya OGM

Existe una evidente responsabilidad de la Sagarpa

El día de hoy, 09 de octubre apicultoras y apicultores presentaron diversos recursos legales ante la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa), la Secretaría de Agricultura Ganadería Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa) y el Juzgado Segundo de Distrito del estado de Campeche, en los cuáles denunciaron la siembra ilegal de soya genéticamente modificada, prohibida en Campeche a partir de dos sentencias emitidas por un Juez Federal que dejaron sin efecto el permiso otorgado por la para la siembra de ese transgénico.

En marzo del presente año, el Juzgado Segundo de Distrito del Trigésimo Primer Circuito con sede en la ciudad de Campeche, Campeche, concedió dos amparos (753/2012 y 762/2012) a comunidades y asociaciones de apicultores mayas de Campeche en contra de un permiso otorgado a la empresa Monsanto por la Secretaría de Agricultura Ganadería Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación a través de la SENASICA y con aval de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), para la siembra, en fase comercial, de 235 mil hectáreas de soya transgénica que afectaban 8 municipios del estado de Campeche. La sentencia señaló, entre otras cosas, que se violó el derecho a la consulta del pueblo maya asentado en Campeche.

Al emitir sus resoluciones, el Juez Segundo de Distrito fue claro en determinar:

a) Las autoridades responsables Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria; y Dirección General de Inocuidad Agroalimentaria, Acuícola y Pesquera, deberán dejar insubsistente el permiso de liberación COMERCIAL al ambiente de soya genéticamente modificada (evento MON-04032) tolerante al herbicida glifosato a favor de la empresa Monsanto, por tiempo indefinido, en los Municipios de Champotón, Hecelchakán, Hopelchén, Tenabo, Calkiní, Escárcega, Carmen y Palizada, del Estado de Campeche,

Es decir, ambas sentencias dejaron sin efecto el permiso para la siembra de soya transgénica en el estado, con lo cual se estableció en los hechos una prohibición clara de sembrar esa leguminosa genéticamente modificada en Campeche.

A pesar de lo anterior, en fechas recientes apicultores y campesinos de diversos municipios se percataron de la presencia de soya transgénica en distintos ejidos y comunidades pertenecientes al municipio de Hopelchén, tales como Ich-Ek, Las Flores, Pac-Chen y La Trinidad, siembra que ya ha sido corroborada por las autoridades ejidales y comisariales a partir de verificaciones y análisis utilizando el kit ELISA que detecta la presencia de organismos genéticamente modificados.

Ante estos hechos que representan una flagrante violación a una sentencia Judicial emitida por un Juez Federal, los apicultores y apicultoras del municipio de Hopelchén presentaron una denuncia popular ante la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, así como solicitud a Sagarpa y Senasica para que se inicie procedimiento administrativo en materia de bioseguridad de organismos genéticamente modificados.

En específico los apicultores solicitaron la PROFEPA y SAGARPA/Senasica que:

1.- Se realicen las labores de inspección y vigilancia en la zona, a efecto de corroborar la siembra de soya genéticamente modificada, y prevenir o, en su caso, detener su siembra.

2.- Que dentro de las medidas específicas a tomar, se establezca el aseguramiento precautorio de todo cultivo de soya genéticamente modificada que se haya sembrado en el estado de Campeche, aseguramiento que deberá contemplar la suspensión total de actividades económicas, agronómicas y de toda índole relacionadas con la siembra de soya genéticamente modificada, así como el impedimento de cosechar, movilizar, comercializar o aprovechar, en todo o en parte, el cultivo de soya OGM.

3.- Investigar y determinar las responsabilidades de empresarios y agricultores que han sembrado soya transgénica a pesar de no existir permiso vigente, así como la responsabilidad de funcionarios y ex funcionarios de las dependencias relacionadas con la bioseguridad, cuya negligencia permitió que la siembra de soya y posible contaminación ocurriera, aplicando a los responsables las sanciones respectivas en los términos establecidos en la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados.

Al respecto, es preciso recordar que la Sagarpa, Secretaría obligada a hacer efectiva la resolución del juez y garantizar que no se siembre la soya transgénica en Campeche, ha sido omisa en su labor de inspección y vigilancia a la que le obliga la ley de Bioseguridad, e incluso funcionarios de dicha dependencia han promovido públicamente la siembra de soya OGM a pesar de la prohibición derivada de la sentencia del Juzgado Segundo que dejó sin efecto el permiso. Ejemplo de lo anterior son las declaraciones públicas que Miguel Ángel Reyes Chávez, Subdelegado Agropecuario de la Sagarpa en Campeche, dio a un periódico local el 3 de mayo del presente año, en las cuales afirmó que: …tenemos que ser muy precisos si hablamos de transgénicos. Y únicamente vamos a hablar de soya. A nivel país hay una liberalización total para la siembra comercial de la soya y Campeche es parte del país. Hay permiso para la siembra de soya resistente al glifosato… declaraciones que, además de generar posible responsabilidad administrativa (e incluso penal), representan una clara evidencia del desafío que la delegación de la Sagarpa ha hecho frente a las sentencias emitidas por el Poder Judicial Federal.

Dicha información también ha sido puesta a disposición del Juez Segundo de Distrito en el estado de Campeche, a quien se le solicitó que iniciara el incidente de inejecución de sentencia respectivo y que, en ejercicio de sus facultades de vista al Ministerio Público Federal para que inicie la averiguación previa respectivas, dado que la violación a una suspensión derivada de una sentencia judicial representa un delito, al tenor de lo establecido por el artículo 107 de la Constitución y 262 de la Ley de Amparo.

La siembra ilegal de soya genéticamente modificada en el estado de Campeche, es consecuencia, cuando menos, de una clara omisión del Ejecutivo Federal para establecer las medidas de inspección, vigilancia y precaución derivadas de la Ley de Bioseguridad y significa una afrenta al Poder Judicial Federal que evidencia la poca eficacia que los recursos judiciales tienen para hacer efectivas resoluciones que amparan a comunidades frente a megaproyectos, en este caso agrícolas.

Finalmente, las organizaciones firmantes alertamos sobre la posible estrategia del gobierno federal de permitir la introducción y siembra ilegal de soya OGM o cualquier otro transgénico en comunidades indígenas, pues esta ha sido estrategia utilizada en otros países para legalizar por la fuerza la entrada de transgénicos, razón por la cual el Juez Segundo de Distrito debe establecer todos aquellos mecanismos tendientes a hacer efectiva sus resoluciones, y Profepa y Senasica deben iniciar los procedimientos respectivos para investigar y sancionar a quienes han sembrado de manera ilegal soya transgénica.

Indignación, Promoción y Defensa de los Derechos Humanos AC

Ma OGM Colectivo sin Transgénicos

Muuch-Kambal

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