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Ebulá no es asunto de derechos humanos, determina ombudsman campechana

17 Jul, 2010 | Comunicados

Se cierra el expediente “por falta de materia”

Indignación impugna la resolución

 

La ombudsman de Campeche consideró que el violento e ilegal desalojo forzoso que dejó en situación de desplazamiento a Más de setenta familias de San Antonio Ebulá no es materia de derechos humanos y cerró el expediente, casi un año después de los hechos, a pesar de las graves acciones y omisiones en las que incurrió el gobierno de esa entidad.

La Comisión de Derechos Humanos de Campeche decidió concluir el expediente 219/2009-VG “por haber quedado sin materia los hechos que motivaron la queja, por falta de interés de los presuntos agraviados, y por haberse resuelto durante el trámite del expediente el conflicto medular” (resaltado en el original).

El equipo de derechos humanos Indignación, quien presentó la queja ante ese organismo el 13 de agosto de 2009, interpuso un recurso de impugnación ante la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) por considerar que la inacción de la CDHEC denota una grave negligencia que, en los hechos, permite que violaciones a los derechos humanos tan graves como las sucedidas en Ebulá queden en la impunidad y los agraviados en desprotección.

San Antonio Ebulá, fundado hace Más de 40 años en Campeche, fue arrasado y completamente destruido el 13 de agosto de 2009 por cerca de cien civiles protegidos por la Policía Estatal de Campeche y contratados por el empresario Eduardo Escalante Escalante, quien se arroga la propiedad de las tierras.

Varias personas de Ebulá recibieron golpes, seis resultaron lesionadas, dos fueron detenidas (y liberadas esa misma tarde, sin cargos), todas las viviendas de la población fueron destruidas y algunas, además, fueron quemadas; todos los Árboles frutales fueron tumbados y los pobladores perdieron también a sus animales.

Todos esos ilícitos se cometieron ante la presencia de los elementos de la Policía Estatal Preventiva, encabezados por el Comandante Samuel Salgado, que omitieron cumplir su obligación de proteger la integridad física y patrimonial de los pobladores de Ebulá y protegieron a los agresores.

En el documento de impugnación dirigido a la CNDH, Indignación demuestra que la falsedad de los tres argumentos esgrimidos por la CDHEC en el documento en el que cierra el expediente. Argumenta la CDEHC que “quedaron sin materia los hechos que motivaron la queja”, sosteniendo que todo fue un conflicto entre particulares.

En San Antonio Ebulá no solamente se llevó a cabo un desalojo forzoso y se dejó en situación de desplazamiento interno a Más de cien familias, sino que en dicho desalojo la policía protegió a los agresores y omitió intervenir para proteger la integridad física y las propiedades de los ebuleños. Posteriormente, incumplió su obligación de proporcionar asistencia humanitaria a la población desplazada.

Argumenta también la CDHEC que hubo “falta de interés de los presuntos agraviados”. Indignación demuestra en su impugnación que la desinteresada fue siempre la CDHEC, que entabló contacto con los agraviados hasta 15 días después de pasado el desalojo, a pesar de que las familias desplazadas estuvieron instaladas en la terraza de la sede del Ejecutivo.

Declara, finalmente, la CDHEC que se resolvió “durante el trámite del expediente, el conflicto medular”, refiriéndose al convenio mediante el cual recuperan los ebuleños recuperan 31 hectáreas de su territorio.

Indignación demuestra que con esta declaración, la CDHEC renuncia a su función primordial: determinar violaciones a los derechos humanos, identificar a los responsables y emitir recomendaciones para detener, revertir y/o resarcir los daños.

El caso no se ha resuelto. Permanece impune el violento desalojo del 13 de agosto de 2009 y permanecen impunes también anteriores ataques que el empresario dirigió contra el poblado San Antonio Ebulá, contra sus habitantes y contra sus pertenencias. Permanecen impunes las acciones y omisiones del gobierno y no se les ha garantizado a los agraviados el resarcimiento de los daños.

El expediente abierto en el Ministerio Público no registra avances, a pesar de que los pobladores ya han acudido a declarar. Con esta inacción la procuraduría de Campeche protege al empresario y al anterior gobierno.

Estas y otras consideraciones, acompañadas de seis documentos probatorios, fueron presentadas por el equipo Indignación ante la CNDH en el recurso de impugnación presentado ayer, 16 de julio.

La inacción de la CDHEC denota una grave negligencia, patente a lo largo de todo el proceso, que ha permitido que violaciones a los derechos humanos tan graves como las sucedidas en Ebulá queden en la impunidad y los agraviados en desprotección: no realizó ninguna investigación, ni mucho menos documentó graves violaciones a derechos humanos, justificando una acción que es a todas luces contraria a derechos fundamentales básicos.

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