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Congreso de la Unión requiere información a Gobernador y a TSJ por el caso de don Ricardo Ucán Ceca

10 Mar, 2004 | Comunicados

La Comisión Permanente del Congreso de la Unión aprobó hoy un punto de acuerdo por el cual “solicita al titular del Poder Ejecutivo y al Presidente del Poder Judicial del Estado de Yucatán, remitan a esta Soberanía, información sobre las acciones que han realizado en cumplimiento de la recomendación número 40/2003, emitida por la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Yucatán, en favor del señor Ricardo Ucán Seca”.

En el dictamen elaborado por la primera comisión del Congreso de la Unión, se señala que el señor Ricardo Ucán Ceca, indígena maya, se encuentra en el CERESO de Tekax sentenciado a veintidós años de prisión por la comisión del delito de homicidio calificado y que durante el proceso que se le siguió no contó con traductor de su lengua.

Asimismo indica que la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Yucatán, emitió la recomendación 40/2003, dirigida a diversas autoridades de los poderes Ejecutivo y Judicial, en la que se determinó que se cometieron graves violaciones a los derechos humanos de Ricardo Ucán, consistentes en la ausencia de defensa adecuada y el no reconocimiento de la calidad de indígena del procesado.

El punto de acuerdo, presentado por la Diputada Marbella Casanova Calam, fue turnado a la primera comisión de trabajo la semana pasada, la cual elaboró el dictamen que aprobó hoy, por mayoría, la Comisión Permanente del Congreso de la Unión. A continuación el dictamen completo:

________________________________________

DE LA PRIMERA COMISION, CON PUNTO DE ACUERDO EN RELACION CON LA PROPOSICION PARA QUE LA COMISION PERMANENTE SOLICITE AL GOBIERNO DEL ESTADO DE YUCATAN INFORMACION SOBRE LAS ACCIONES QUE HA REALIZADO EN CUMPLIMIENTO A LA RECOMENDACION Nº. 40/2003 EMITIDA POR LA COMISION DE DERECHOS HUMANOS DEL ESTADO DE YUCATAN, ACERCA DEL CASO DE RICARDO UCAN SECA
Honorable Asamblea:
A la Primera Comisión de Trabajo que suscribe, le fue turnado para su estudio y dictamen, por la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión, la proposición con Punto de Acuerdo, presentada por la Diputada Marbella Casanova Calam, para que la Comisión Permanente solicite al Gobierno del Estado de Yucatán, información sobre las acciones que ha realizado en cumplimiento de la recomendación 40/2003 emitida por la Comisión de Derechos Humanos del mismo Estado, en relación con las violaciones al proceso penal, en el caso del C. Ricardo Ucán Seca.
Antecedentes
La promovente del punto de acuerdo señala que el C. Ricardo Ucán Seca, indígena maya, se encuentra en el Centro de Rehabilitación Social en Tekax, Yucatán, sentenciado a veintidós años de prisión por la comisión del delito de homicidio calificado.
Asimismo, establece que al inicio de la averiguación previa, al rendir declaración, al desahogarse las pruebas, durante el proceso de primera instancia y en el recurso de apelación, el indígena maya no contó con traductor de su lengua.
Posteriormente a la sentencia ejecutoriada, la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Yucatán, emitió la recomendación 40/2003, dirigida a diversas autoridades de los poderes Ejecutivo y Judicial, en la que se determinó que se cometieron graves violaciones a los derechos humanos de Ricardo Ucán, consistentes en la ausencia de defensa adecuada y el no reconocimiento de la calidad de indígena del procesado.
Consideraciones
En nuestro país, toda persona, sin importar su género, edad, religión u origen étnico, está protegida por las garantí­as individuales consagradas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Asimismo, las autoridades judiciales cuentan con los elementos necesarios para impartir justicia de manera pronta, imparcial y expedita, dentro de sus respectivos ámbitos de competencia.
Por otra parte, existen organismos autónomos para la protección de los derechos de los ciudadanos; es el caso de las Comisiones Estatales de Derechos Humanos.
Dichos organismos velarán por la protección de los derechos fundamentales de las personas y, cuando lo consideren pertinente, al tener conocimiento de una violación a los mismos, investigarán y si se comprobare la misma, emitirán las recomendaciones pertinentes, sin que éstas sean obligatorias para las autoridades.
Sin embargo, la fuerza que tienen las recomendaciones que emiten las misiones Estatales de Derechos Humanos, es la autoridad moral de que se encuentran investidas.
Por lo anteriormente expuesto, se somete a consideración de esta Honorable Asamblea el siguiente:
Punto de Acuerdo
Único. La Comisión Permanente del Congreso de la Unión, solicita al titular del Poder Ejecutivo y al Presidente del Poder Judicial del Estado de Yucatán, remitan a esta Soberaní­a, información sobre las acciones que han realizado en cumplimiento de la recomendación número 40/2003, emitida por la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Yucatán, en favor del señor Ricardo Ucán Seca.
Sala de Comisiones de la Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión.- México, Distrito Federal, a 8 de marzo de 2004.
Sen. César Camacho Quiroz (rúbrica), Presidente; Dip. Germán Martínez Cázares, Dip. Heliodoro Dí­az Escárraga (rúbrica), secretarios; Dip. David Hernández Pérez, Dip. Consuelo Muro Urista, Sen. David Jiménez González (rúbrica), Sen. Miguel Sadot Sánchez Carreño (rúbrica), Dip. Francisco Javier Barrio Terrazas, Dip. Víctor Manuel Camacho Solís, Sen. Rafael Melgoza Radillo, Dip. Jesús Martínez Álvarez, Sen. Jorge Zermeño Infante (rúbrica), Sen. César Jáuregui Robles (rúbrica), Sen. Rómulo de Jesús Campuzano González.

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