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El despido de servidor público viola derechos fundamentales

23 Sep, 2006 | Comunicados

23 de septiembre de 2006

  • El gobierno de Yucatán viola el derecho a promover los derechos humanos
  • La Codhey dicta una medida cautelar

 EQUIPO INDIGNACIÓN A.C.

El despido de Luis Peniche Novelo constituye una represalia por denunciar violaciones a los derechos humanos, entre ellas un caso de tortura y la represión en Caucel, lo que hace al gobierno de Yucatán violar lo establecido en la Declaración de las Naciones Unidas sobre el derecho y el deber de los individuos, los grupos y las instituciones de promover y proteger los derechos humanos.
El despido de Luis Peniche constituye, además, un acto de discriminación por opiniones y por preferencia política, prohibida en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en la propia declaración a la que hemos hecho referencia.
Para proteger de forma inmediata los derechos de Luis Peniche, la Codhey ha dictado una medida cautelar “a efecto de que al agraviado le sean restituidos los derechos laborales que le fueron suspendidos por presuntos hechos de discriminación hasta en tanto se resuelve la presente queja”.
Luis Peniche Novelo documentó en enero pasado un caso de presunta tortura en el edificio que ocupa la S.P.V., la cual denunció ante la Codhey. En julio pasado documentó y difundió el caso de la represión contra campesinos de Caucel. Además es adherente de la Sexta Declaración de la Selva Lacandona, participa en la Otra Campaña y colabora de manera voluntaria con el Equipo Indignación.
La Declaración sobre el derechos de los individuos, los grupos y las instituciones de promover y proteger los derechos humanos establece en su artículo primero que “Toda persona tiene derecho, individual o colectivamente, a promover y procurar la protección y realización de los derechos humanos y las libertades fundamentales en los planos nacional e internacional”.
En el artículo 9, la Declaración a la que hacemos referencia señala que: “En el ejercicio de los derechos humanos y las libertades fundamentales, incluidas la promoción y la protección de los derechos humanos a que se refiere la presente Declaración, toda persona tiene derecho, individual o colectivamente (…) a ser protegida en caso de violación de esos derechos.”
Y añade, en el artículo 10, que: “Nadie participará, por acción o por el incumplimiento del deber de actuar, en la violación de los derechos humanos y las libertades fundamentales, y nadie será castigado ni perseguido por negarse a hacerlo.” En el artículo 12, fracción segunda, indica que: “El Estado garantizará la protección por las autoridades competentes de toda persona, individual o colectivamente, frente a toda violencia, amenaza, represalia, discriminación, negativa de hecho o de derecho, presión o cualquier otra acción arbitraria resultante del ejercicio legítimo de los derechos mencionados en la presente Declaración.”
Para el Equipo Indignación resulta deplorable la actuación del gobierno del Estado puesto que castiga el ejercicio de un derecho fundamental como lo es el derecho de promover y proteger los derechos humanos, derecho que el Estado está obligado a promover y proteger. Los casos sobre los cuales Luis Peniche ha actuado y se ha manifestado constituyen violaciones graves a los derechos humanos como son la tortura y la represión contra campesinos de Caucel.
Por todo lo anterior el Equipo Indignación exige al gobierno del Estado aceptar la medida cautelar dictada por la Codhey, ofrecer de inmediato pruebas de su cumplimiento e iniciar una investigación para sancionar a todos los funcionarios que hubiesen tenido alguna participación en la violación a los derechos de Luis Peniche Novelo.
A la vez que dictó la medida cautelar, la Codhey declaró la queja presentada por integrantes de Indignación y ratificada por Luis Peniche como “pendiente de calificación”, lo que resulta extraño para este equipo toda vez que esa figura se contempla en el reglamento interno de la Comisión únicamente “cuando la queja no reúna los requisitos legales o reglamentarios o sea confusa”, en cuyo caso se deberá requerir por escrito al quejoso, lo que no se ha hecho.
Le hacemos llegar esta comunicación a la Codhey esperando que contribuya a despejar cualquier confusión que dicho organismo tuviese con respecto a este caso y solicitándole admitir de inmediato la queja, realizar debidamente la investigación y, dada la naturaleza y la gravedad de la violación que se presume, emitir la recomendación correspondiente para garantizar a Luis Peniche el ejercicio del derecho de promover y defender los derechos humanos y a no ser objeto de discriminación por sus opiniones, preferencias políticas y acciones solidarias.
La naturaleza del caso sentará un precedente para garantizar estos derechos a todas las personas de la entidad.
El equipo Indignación sigue este caso con particular interés por tratarse de la violación del derecho de promover y proteger los derechos humanos, por las implicaciones que esta violación tiene y por agraviar a un compañero nuestro.

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