La CNDH conocerá el caso de Roberth Tzab EK, fallecido hace más de un año en la cárcel de la entonces Procuraduría en Tekax, en condiciones que obligan a presumir tortura.
Familiares de Roberth Tzab Ek impugnaron la tardía y limitada recomendación de la Codhey por considerar que no contiene los estándares mínimos de protección en materia de derechos humanos, de acuerdo a la gravedad del caso.
En el escrito de impugnación se establecen las ausencias y debilidades de la recomendación de la Codhey en un caso que, además de los indicios de tortura, ocurre en un contexto de alarma por el número de fallecidos en cárceles de Yucatán: más de trece de 2006 a la fecha.
La recomendación de la Codhey se centra básicamente en la responsabilidad de los médicos que atendieron a Roberth Tzab después de su detención pero omite señalar críticas responsabilidades, de otros servidores Públicos que derivaron en la muerte de Roberth Tzab.
Ausencia de una adecuada catalogación de las violaciones a los derechos humanos; deliberada ausencia de investigación de presunta tortura, a pesar de contar con indicios sobre este crimen; silencio sobre las graves carencias de la investigación ministerial, que incumplen normas básicas cuando se trata de muertes ocurridas en el contexto de una detención, como lo es el mínimo requisito de que no sea investigada por la agencia responsable son algunas de las debilidades de la recomendación impugnada.
Grave omisión al no establecer medidas verificables como garantías de no repetición de estos hechos, más aún ante el alarmante contexto de muertes en centros de reclusión y denuncias recientes sobre hechos de tortura en el estado; ausencia de criterios de reparación del daño son también señalados como argumentos para impugnar una recomendación que exhibe a la Codhey nuevamente como protectora de autoridades.
La dilación en la conclusión del expediente también es expuesta ante la CNDH como parte de las acciones en las que la Codhey ha incurrido para evitar proteger a la víctima y a sus familiares agraviados, lo cual ha favorecido a las autoridades responsables.
En un hecho que pareciera exhibir mayor protección hacia las autoridades de parte de la Codhey, este organismo emitió la débil recomendación después de presentar su informe anual, con lo que omitió referirse a ella, y ha evitado divulgarla y publicitarla.
Contrario a las necesarias garantías de no repetición que debió exigir la Codhey, la impunidad garantiza la repetición de conductas que lesionan a la sociedad y vulneran derechos como en este caso, con fatales consecuencias.
En el escrito se mencionan indispensables instrumentos internacionales de protección de los derechos humanos que ni siquiera fueron considerados por la Codhey en su investigación y en su conclusión.
La CNDH contempla la posibilidad de conocer recursos de impugnación “II. En contra de recomendaciones dictadas por organismos locales, cuando a juicio del quejoso Éstas no tiendan a reparar debidamente la violación denunciada”.
Un caso extremadamente grave, que privó de la vida a una persona y que podría implicar tortura, obtuvo una recomendación tardía, emitida más de un año después de ocurridos los hechos, que desprotege a la víctima y a sus familiares, quienes también son agraviados en este caso y favorece la impunidad y la persistencia de condiciones que ponen en riesgo la vida de las personas que se encuentren detenidas en centros de reclusión en el Estado.
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