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Tardía y mínima justicia para adolescentes

15 Abr, 2009 | Comunicados

15 de abril de 2009

Comunicado del equipo Indignación

  • Rocí­o Martel, responsable de abuso de autoridad, obligada a reparar daños
  • La sanción, de tres años y once meses, es conmutable únicamente por jornadas de trabajo a favor de la comunidad
  • La sentencia no es acorde a la gravedad de las violaciones
  • Dilación de la justicia, la constante en un caso que lleva una década

Las graves violaciones a los derechos humanos cometidas contra adolescentes internos en la antigua Escuela Social para Menores Infractores fueron tipificadas únicamente como abuso de autoridad por el Tribunal Superior de Justicia de Yucatán, instancia que confirmó la responsabilidad de la ex directora de dicho centro, Rocío Martel López.

Casi dos años después de presentarse la apelación por este caso, el Tribunal Superior de Justicia de Yucatán emitió la sentencia que obliga a Rocí­o Martel a reparar el daño moral causado a nueve agraviados y aumenta en once meses la sanción impuesta originalmente por el juzgado séptimo de defensa social.

El equipo Indignación considera que la sentencia, si bien confirma abusos y la responsabilidad de la ex directora Rocí­o Martel, no refleja la gravedad de los agravios cometidos contra las y los entonces adolescentes, que incluyeron tratos crueles, inhumanos y degradantes que podrían constituir tortura.

La dilación de la justicia ha sido la constante en este caso que agravió a un sector particularmente vulnerable, como lo es la infancia, puesto que la sentencia se emite cuando han pasado ya casi diez años de que se cometieron los hechos, ocho años después de que se denunció ante la CNDH, seis años después de que inició el proceso penal y a casi dos de que se presentó la apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Yucatán.

Esto ha significado para las y los entonces adolescentes enfrentar, además de las secuelas de los abusos, un largo y desgastante proceso que ha retardado la justicia a la que tienen derecho, el reconocimiento de las violaciones cometidas y la reparación del daño.

El equipo Indignación reconoce el valor de las y los adolescentes que denunciaron y han mantenido su exigencia de justicia a pesar de las presiones, la dilación y el desinterés de instancias oficiales.

Durante este largo proceso han transcurrido tres administraciones: la de Víctor Cervera, cuyo secretario de gobierno, Cleominio Zoreda, supo y toleró los abusos; la de Patricio Patrón, que omitió iniciar la investigación al tener conocimiento de los hechos y la Procuraduría bajo su responsabilidad exhibió impericia al integrar la averiguación previa, y la actual, a cargo de Ivone Ortega Pacheco, que sería responsable de determinar el trabajo a favor de la comunidad por el que la ex directora puede conmutar su sentencia, y que tendría que ofrecer perdón a las ví­ctimas de los abusos.

Aunque el Tribunal fijó la reparación del daño moral en diez mil pesos, incluir el concepto de reparación moral del daño exigido por una de las entonces adolescentes “cuya apelación acompañó el equipo Indignación” sienta un precedente en materia de violaciones a los derechos humanos en Yucatán.

Dicha exigencia también fue reiterada por organizaciones nacionales como Infancia Común, la Red de Derechos Humanos Todos los Derechos para Todas y Todos y la Red por los derechos de la Infancia, a través de un Amicus presentado ante el Tribunal Superior de Justicia de Yucatán.

El Tribunal yucateco aumentó en once meses la sentencia impuesta a la doctora Rocí­o Martel por el juzgado séptimo de defensa social, pero establece que esa sanción no podrí¡ ser sustituida por dinero sino, únicamente, por setecientas doce jornadas de trabajo a favor de la comunidad, en los términos que fije el Ejecutivo del Estado.

Aunque el delito de tortura no estaba tipificado en aquel tiempo por negligencia de los legisladores, al ministerio público y a la fiscalí­a, en su momento, les faltí³ pericia para denunciar y probar graves delitos como abusos sexuales además de que toleraron inadecuados careos entre los adolescentes que denunciaron y quien los agravió.

En el Amicus presentado, las organizaciones señalamos que las adecuadas sanciones ante graves violaciones a derechos humanos son una forma de evitar la impunidad, e impedir que hechos tan atroces como los sucedidos en la Escuela Social vuelvan a cometerse.

Asimismo, subrayamos la obligación que tiene el Estado, en este caso los órganos judiciales correspondientes, de garantizar plenamente y de manera integral la reparación del daño causado a las ví­ctimas de estas violaciones, tomando en consideración, para ello, el criterio establecido por el derecho intencional de los derechos humanos que obliga a considerar a las autoridades la reparación material, moral y al proyecto de vida.

El caso de la escuela social de Menores Infractores data del año de 2001, cuando a raí­z de diversas denuncias presentadas por familiares de niños y niñas internos en dicha institución, Indignación presentó una queja ante la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

En abril de 2002, la CNDH emitió una recomendación que documentaba graves violaciones a derechos humanos cometidas por la entonces Directora de esa Escuela social, Rocí­o Martel, ante la complacencia y complicidad de otros funcionarios de la institución: obligaban a los niños a comer alimentos para cerdos, los golpeaban en diversas partes del cuerpo con objetos distintos como mangueras, cinturones o zapatos y los encerraba en celdas por lapsos de hasta 15 días.

La CNDH también documentó que la entonces directora le tocaba y apretaba los genitales a los varones y los pezones a las mujeres como medio de castigo o amenaza; vestí­a a los varones de mujer para humillarlos, dejaba a los internos sin comer hasta por lapsos de 3 días, les suspendía las visitas con sus familiares; los amarraba de árboles, los amenazaba con trasladarlos al Cereso de la entidad y también con inyectarles sangre contaminada con el Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH), les administraba psicotrópicos y otros medicamentos sin ningún tipo de prescripción médica ni control.

A raíz de esa recomendación se inició un largo proceso penal en el Juzgado Séptimo de Defensa Social del Estado, en el cual los niños y niñas denunciantes estuvieron sujetos a otro tipo de situaciones de violencia, pues se les obligó a carearse con sus victimarios sin ningún tipo de medida protectora y muchos de ellos recibieron amenazas por parte de la ex directora Rocí­o Martel, lo que llevó a varios de los denunciantes a desistirse de sus acusaciones.

La juez séptimo, Rubí­ Gonález Alpuche, justificó en su sentencia los abusos cometidos por la ex directora Rocí­o Martel bajo el argumento de que «llegar a esos excesos, fue con una clara intención de hacer recapacitar a los menores considerados ‘menores incorregibles” provenientes de familias totalmente disfuncionales”.

A raíz de la sentencia, el equipo Indignación acompañó a una de las agraviadas a interponer el recurso de apelación por la reparación del daño y a instar al Ministerio Público a apelar la sentencia.

La ex directora, Rocío Martel, también apeló la sentencia aunque se desistió de su apelación en el transcurso del proceso.

El Tribunal emitió la sentencia casi dos años después de presentarse el recurso, incurriendo en dilación de la justicia. La sentencia se emitió el pasado miércoles 8 de abril, justo antes de iniciar un perí­odo vacacional para los tribunales.

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