Por el delito de Tortura y en una agencia distinta de aquella en la que ocurrieron los hechos, la Fiscalía General del Estado determinó iniciar una nueva averiguación previa en el caso de Roberth Tzab Ek, cuyo cuerpo sin vida fue encontrado en los separos de la entonces Procuraduría de Justicia del estado con sede en Tekax, en agosto de 2010.
Dos años después de los hechos, cuando está por concluir la presente administración, y después de intentar fallidamente presentar el caso como de negligencia médica, la Fiscalía abre nueva investigación, ahora por tortura, imputable a los servidores públicos que tenían la obligación de custodiar al hoy occiso en los separos de la policía judicial de esta ciudad de Tekax.
Robert Tzab Ek falleció el 19 de agosto de 2010 mientras se encontraba en la cárcel de la entonces Procuraduría General de Justicia del estado (hoy Fiscalía General del estado) en Tekax, detenido por agredir a su esposa. El caso es citado en reciente informe internacional sobre tortura en México realizado por la Acción Cristiana para la Abolición de la Tortura (ACAT) y otros organismos nacionales.
A pesar de que Roberth Tzab falleció mientras se encontraba detenido, circunstancia que obliga a suponer actos de tortura, la Agencia del Ministerio Público de Tekax consignó la averiguación Únicamente por Responsabilidad Médica y Homicidio por culpa en contra de un médico del ISSTEY, por presunta negligencia al atender al detenido (atención que prestó ante la ausencia de condiciones del médico legista de la agencia del ministerio público).
A juicio de este equipo esa fallida estrategia intentó encubrir la responsabilidad que agentes ministeriales, policías judiciales y demás funcionarios de esa agencia del Ministerio Público tuvieron en la muerte de Tzab Ek por el simple hecho de estar sujeto a su custodia, independientemente de la presunción de tortura que estaban obligados a investigar.
En reiteradas ocasiones, durante dos años, este Equipo de Derechos Humanos solicitó a la Fiscalía generar condiciones adecuadas para que la investigación derivada del fallecimiento de Roberth Tzab se realice en circunstancias de imparcialidad e independencia, pues resulta contrario a los parámetros mínimos de derechos humanos que sea la misma agencia del Ministerio Público en donde sucedieron los hechos quien realizara la indagatoria.
A pesar de estas exigencias, a las que se sumaron centenares de personas de Ticul, así como personas y organizaciones de todo el país, la Fiscalía mantuvo la investigación en la agencia del ministerio público de Tekax, omitió investigar tortura y consignó el expediente en contra del citado médico ante el Juzgado segundo de lo Penal con sede en Tekax por los delitos arriba señalados, que ante la ausencia de evidencias determinó no otorgar la orden de aprehensión contra el médico imputado, resolución que fue confirmada por la Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia del estado.
Indignación considera que esa resolución demostró que el Ministerio Público de Tekax fue omiso y negligente al momento de investigar, intentando exculpar a los funcionarios de esa agencia ministerial y encubrir una grave violación a los derechos humanos.
Ante estos hechos, los familiares de Roberth Tzab, acompañados por el equipo Indignación, solicitaron a la Fiscalía especial reabrir la investigación por el delito de tortura y el o los que resulten. La agencia del Ministerio Público con sede en Tekax determinó improcedente “reabrir” la misma averiguación previa, pero determinó abrir una nueva y la trasladó a la agencia de Ticul.
El equipo Indignación, si bien celebra que se inicie la averiguación por el delito de tortura y en una agencia distinta de aquella en la que ocurrieron los hechos, hace notar que esto ocurre tardíamente y teme también que se obstaculice la averiguación pues la agencia de Tekax se negó a solicitar al juez remitir el original del expediente y determinó cargar al coadyuvante la labor de solicitar las copias que considere necesarias.
La Fiscalía está ahora obligada a establecer una serie de parámetros mínimos para garantizar una investigación efectiva, independiente e imparcial, de conformidad con los estándares internacionales establecidos para investigar casos de tortura, entre ellos lo señalado por el Subcomité para la Prevención de la Tortura y Otros Tratos o Penas crueles, inhumanos o degradantes, que, en su informe sobre su visita a México, hecho público el 31 de mayo de 2010, entre otras cosas recomendó:
“Los Estados velarán porque se investigue con prontitud y efectividad las quejas o denuncias de tortura o malos tratos. Incluso cuando no exista denuncia expresa, deberá iniciarse una investigación si existen otros indicios de que puede haberse cometido un acto de tortura o malos tratos. Los investigadores, que serán independientes de los presuntos autores y del organismo a que estos pertenezcan, serán competentes e imparciales. Tendrán autoridad para encomendar investigaciones a expertos imparciales médicos o de otro tipo. Los métodos utilizados para llevar a cabo estas investigaciones tendrán el máximo nivel profesional y sus conclusiones se harán públicas”
Cabe recordar que, el caso de Roberth Tzab ha sido motivo ya de una recomendación por parte de la Comisión de Derechos humanos del estado de Yucatán, la cual, a pesar de la gravedad del caso se negó a catalogar la violación a derechos humanos como tortura, razón por la cual fue impugnada ante la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
De igual manera, el caso de Roberth Tzab fue citado en el informe sobre la tortura en México presentado el 25 de junio y en cuya elaboración colaboraron la Acción Cristiana para la Abolición de la Tortura en Francia (ACAT), el Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro, el Centro de Derechos Humanos Fray Bartolomé de las Casas, el Colectivo Contra la Tortura y la Impunidad (CCTI) y el Comité de Defensa Integral de Derechos Humanos Gobixha (Código DH).