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Informe preliminar – detenciones arbitrarias en Mérida

16 Mar, 2007 | Comunicados, Informes

16 de marzo de 2007

Flagrancia en Martes 13

Informe Preliminar del Equipo Indignación sobre la actuación de elementos de seguridad en el contexto de las manifestaciones contra George Bush en Mérida

Ante la detención arbitraria de 48 jóvenes en el marco de una manifestación contra la presencia de George Bush en Mérida y ante diversas violaciones a los derechos humanos que incluyen golpes, malos tratos, retención ilegal e incomunicación, cometidas por instancias dependientes tanto del Gobierno del Estado como del municipio de Mérida el equipo Indignación emite un primer reporte de observación.

Daños registrados contra el edificio del Palacio Municipal, ocurridos en el marco de la manifestación contra Bush, motivaron un operativo policíaco. La documentación de este evento, así­ como la observación y seguimiento posterior, han llevado a este equipo a corroborar la persistencia de abusos por parte de elementos de la policía de Yucatán y de violaciones a las garantías individuales y a los derechos humanos de las personas que son detenidas.

El martes trece de marzo, en el marco de una manifestación contra la presencia de George Bush en Mérida, 48 jóvenes fueron detenidos en la plaza principal de Mérida y en calles cercanas, entre ellos 9 menores de edad.

La gran mayoría de los participantes se manifestó de forma pacífica durante todo el tiempo de la protesta, con excepción de algunos asistentes. Cuando la marcha llegó al centro de la ciudad, algunas personas rompieron cristales, puertas y una maceta del Palacio Municipal.

Después de que se registraron estos actos, elementos de la policía estatal y municipal iniciaron un operativo, se desplegaron por el centro de la ciudad y detuvieron de forma arbitraria a decenas de jóvenes.

Golpes, malos tratos y abuso de autoridad

Un video de Indymedia-Yucatán registra la forma en que agentes golpean a personas ya detenidas en el interior del palacio municipal.

Uno de los escasos familiares que pudo entrar a ver a su hijo más de 20 horas después de estar detenido, indicó que éste se encontraba golpeado y que estaba siendo presionado para declarar. Por otra parte la Comisión de Derechos Humanos del Estado, que entró a ver a los detenidos a los edificios de la SPV y de la policía municipal, reporta que sí­ vieron jóvenes golpeados aunque no han precisado cuántos ni en qué condiciones se encontraban.

Detenciones arbitrarias, violencia y malos tratos

La actuación de los elementos policíacos debe estar regida por los principios de finalidad, necesidad, debida motivación, proporcionalidad, no discriminación y excepcionalidad del uso de la fuerza.

Detenciones basadas en el aspecto implican discriminación. La Comisión Estatal de Derechos Humanos y las autoridades tienen la obligación de investigar si la actuación de los cuerpos policíacos se ciñó a los principios que regulan su actuación o si, como indican los primeros testimonios, efectivamente se detuvo a personas únicamente por ser jóvenes, por su forma de vestir o por su participación previa en otros eventos.

Las autoridades tienen la obligación de garantizar que las manifestaciones se lleven a cabo respetando el derecho a la libertad de expresión y el derecho a la libertad de reunión y manifestación pacífica, de acuerdo al Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

Actos de violencia o ilí­citos que pueden darse en el contexto de una manifestación no exime a las autoridades de la obligación de actuar en absoluto apego a la legalidad y respetando de forma irrestricta los derechos humanos.

En el marco de la manifestación del martes 13 se registraron actos que causaron daños en el edificio conocido como Palacio Municipal. Este equipo también tiene conocimiento de la sustracción de la memoria de la cámara fotográfica de un reportero. Las autoridades tienen la obligación de investigar y sancionar los hechos, pero es evidente que esa obligación debe realizarse en apego irrestricto a la legalidad y al respeto a las garantías individuales. En los hechos del martes 13 el equipo Indignación ha observado violaciones a las garantías individuales y a los derechos humanos.

Flagrancia o redada

Al equipo Indignación le preocupa el abuso del concepto de flagrancia que pueda estarse usando para justificar el operativo realizado el pasado 13 de marzo: Si bien es cierto que el artículo 16 de la Constitución contempla la flagrancia, también lo es que dicho precepto se refiere a alguien que haya sido plenamente identificado, situación que está cuestionada en el operativo realizado el pasado martes. Resulta inconstitucional que, sin previa identificación, se haya detenido a cuarenta y ocho personas bajo la figura de flagrancia, semejando más una razzia: en este caso en realidad se trató de una redada indiscriminada, en la cual los diversos cuerpos policíacos detuvieron a discreción a quienes todaví­a permanecían en el lugar de los hechos.

Resulta inaceptable que, ante un ilí­cito, los elementos policíacos incurran en abusos, malos tratos, conductas ilegales y violaciones a las garantías individuales. Deplorable resulta también el hecho de que se violen los derechos de cualquier persona detenida.

Continúan las detenciones

El equipo Indignación recibió reportes de que una persona fue detenida el miércoles por la mañana con relación a los hechos del martes por la noche, con lo que serí­an ya 49 las personas detenidas.

Retención ilegal

Una parte de los detenidos fue remitida al edificio de la policía municipal y otra al edificio de la S.P.V. y fueron retenidos ilegalmente en esos edificios más de ocho horas, contraviniendo el artículo 16 constitucional que obliga a poner de inmediato a los detenidos a disposición de una autoridad competente.

Con esa retención ilegal se violó también el derecho a la libertad personal establecido en el artículo 7, fracción 5 de la Convención Americana de Derechos Humanos: “Toda persona detenida o retenida debe ser llevada, sin demora, ante un juez u otro funcionario autorizado por la ley para ejercer funciones judiciales…”.

En la práctica, el tiempo de retención ilegal en los edificios de las policías estatal y municipal está encubriendo otra ilegalidad, puesto que la obligación del Ministerio Público de poner a disposición del juez a más tardar en 48 horas a los detenidos comienza a contar hasta que el MP los recibe, lo que ocurrió más de ocho horas después de que fueron detenidos.

Incomunicación

El equipo Indignación pudo constatar que las personas detenidas se encontraron en una situación de incomunicación, toda vez que, hasta la tarde del miércoles, llevaban cerca de 20 horas detenidas sin que se les permitiera tener comunicación con sus familiares, a quienes se les negó el acceso con el argumento de que se encontraban declarando. Es evidente que a los familiares también les preocupa en qué condiciones se están realizando las declaraciones. A partir de la tarde del miércoles sólo algunos pocos familiares han podido tener comunicación con los detenidos.

La situación de incomunicación también la indica el hecho de que, según las entrevistas realizadas a familiares que se mantenían en la Procuraduría, ellos no recibieron llamada alguna de los detenidos, lo que hace suponer que no se les permitió realizar la llamada a la que tienen derecho. Un abogado que asiste a varios de los detenidos a petición de sus familiares interpuso un amparo por incomunicación.

Incertidumbre jurídica

Hasta la tarde del miércoles el Ministerio Público ni siquiera habí­a puesto en algún lugar visible todos los nombres de los detenidos y hasta la tarde del jueves 15, más de 40 horas después de que fueron detenidos, todaví­a no ha informado qué delitos les imputa, manteniendo en la incertidumbre jurídica a los familiares y a los detenidos.

Adicionalmente, este equipo considera que podrí­a estarse violando, en detrimento de los detenidos, el principio de presunción de inocencia que debe regir cualquier proceso judicial, máxime por la ya cuestionada flagrancia en la que ocurrió la detención.

La Codhey

Durante toda la mañana del miércoles 14 de marzo no se presentó al edificio de la procuraduría algún representante de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Yucatán. Uno de los visitadores llegó hasta cerca de las tres de la tarde, después de insistentes llamadas para reportarles que no se permitía a los familiares ver a los detenidos. Sin embargo, según reportó a este equipo el visitador, las autoridades de la procuraduría se negaban a atenderlo.

Al equipo Indignación le preocupa que la Codhey no utilice todas las facultades que tiene, que omita o retarde su presencia en momentos crí­ticos y que no ponga en evidencia a las autoridades que obstaculizan su trabajo o no atienden sus requerimientos.

El hecho es todaví­a más grave ya que, tanto en la SPV como en la policía municipal, el argumento empleado para negar a los familiares ver a los detenidos fue que se encontraban adentro visitadores de la Codhey. A nuestro juicio la Codhey no puede tolerar que se use de pretexto su propio trabajo para negar un derecho elemental de los detenidos.

El equipo Indignación manifiesta particular preocupación debido a que la Codhey no cuenta con médicos capacitados para determinar la existencia de lesiones, tortura física o sicológica o cualquier otro tipo de lesión.

Integridad física

Una reportera resultó lesionada en las inmediaciones del hotel Fiesta Americana, lugar a donde llegó la manifestación de cerca de trescientas personas antes de regresar a Santa Ana, punto de partida, y de dirigirse a la plaza grande de Mérida.

Si bien la mayoría de los participantes se mantuvo manifestándose de forma pacífica, algunos asistentes tiraron piedras hacia el otro lado de una valla de tres metros de alto “acción que el equipo Indignación desaprueba y que pudo lesionar a algún agente” donde se encontraban elementos de seguridad con casco y escudos protectores.

Con gran preocupación este equipo expresa que del otro lado de la valla, donde únicamente podrían encontrarse elementos de seguridad ya que era una zona de acceso restringido, también se lanzaron piedras hacia el lugar en el que se encontraba la manifestación. Una de esas piedras hirió a una reportera que se encontraba entre los manifestantes.

Los elementos de seguridad que devolvieron las piedras ignoraron los principios que marcan su actuación, pusieron en riesgo la integridad física de los manifestantes “donde se encontraban únicamente civiles sin casco y sin escudo” e hirieron a una reportera.

Menores

Sobre los nueve menores detenidos, este equipo de derechos humanos hace notar el vací­o legal en el que se encuentra en este momento el estado de Yucatán al no haber entrado en vigor la Ley de Justicia para Adolescentes del estado de Yucatán.

Si bien es cierto que el día 1 de octubre de 2006 se publicó en el Diario Oficial del estado la Ley de Justicia para Adolescentes del estado de Yucatán, también lo es que dicho decreto, en su primer artículo transitorio, estableció un plazo de seis meses para su entrada en vigor, con lo cual, en la actualidad no existe un sistema integral de justicia para adolescentes, situación que viola lo establecido en el artículo 18 constitucional:

ARTÍCULO PRIMERO.- Este Decreto entraró en vigor a los seis meses de su publicación en el Diario Oficial del Gobierno del Estado, con excepción de lo preceptuado en el artículo 142 de esta ley. (publicado el 12 de diciembre de 2005).

Por lo tanto todos los adolescentes detenidos se encuentran sujetos a un procedimiento ilegal e inconstitucional, puesto que el Ministerio Público del fuero común no es la autoridad competente para, en el caso de los menores, determinar la existencia de elementos que puedan constituir alguna de las conductas señaladas como delito por el Código Penal del estado, en virtud de que dicha facultad debiera recaer en un órgano especializado en justicia para menores que es inexistente en Yucatán.

Debido a la peculiar situación en la que se encuentra Yucatán en este momento ocasionada por una falta atribuible a los legisladores con relación a la ley de justicia para adolescentes, todas las y los menores detenidos deben ser puestos inmediatamente en libertad.

Conclusiones y exigencias

La ciudad de Mérida estuvo, desde los días previos a la llegada de George Bush, en un virtual estado de excepción y de restricción de garantías, entre otras la de libre tránsito y manifestación.

Los eventos ocurridos en la plaza principal de Mérida el pasado martes 13 de octubre han llevado a este equipo a corroborar la persistencia de violaciones a las garantías individuales y a los derechos humanos de las personas que son detenidas en Yucatán.

Ilí­citos ocurridos en el marco de una manifestación no justifican la violación de los principios que deben regir la actuación de los cuerpos policíacos. Mucho menos justifican represalias contra participantes en la manifestación.

El equipo Indignación exige una investigación inmediata de la actuación de los elementos de seguridad del estado que participaron en el operativo del martes 13 así­ como la sanción a cualquier abuso en el que hubiesen incurrido.

Exigimos, asimismo, respeto irrestricto a los derechos humanos de todas las personas que se encuentran actualmente detenidas.

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