Por no haber legislado el feminicidio como delito grave, el Equipo Indignación demandó hoy al Congreso del Estado ante el Tribunal de Justicia Constitucional de Yucatán. Esta omisión continuada impide juzgar precisamente bajo este tipo penal a quienes incurran en este ominoso delito y favorece la impunidad de los agresores.
Esta es la primera vez en la historia de Yucatán en interponerse una acción por omisión legislativa, la cual tiene como finalidad solicitar al Tribunal Constitucional (el cual está conformado por los mismos Magistrados del Tribunal Superior de Justicia) que ordene al Congreso del Estado emitir las normas a las que está obligado de acuerdo con la Constitución Política del Estado de Yucatán. Asimismo, es el único mecanismo legal existente en el Estado que permite a los ciudadanos exigir el cumplimiento de la Constitución Local.
En agosto de 2012, luego de años de inaceptable omisión, fue tipificado en el Código Penal del Estado de Yucatán el delito de feminicidio pero no como un delito grave, lo cual permite que aquellos que lo cometan puedan acceder a libertad bajo caución durante el proceso penal. Actualmente, es considerado como delito grave el robo de ganado mayor y menor y el daño en propiedad ajena por incendio, pero no el feminicidio. Esta situación ha permitido la impunidad en diversos casos.
Aunque la Fiscal General del Estado de Yucatán, Celia Rivas Rodríguez, ha señalado que, para evitar que el agresor pueda salir bajo fianza han aplicado conceptos como homicidios por cuestión de parentesco, al no tipificarlos precisamente como feminicidios se favorece la impunidad, se omiten acciones de prevención y se encubre la forma más grave de violencia de género.
Esta situación se ve agravada frente un contexto en el cual se han ocultado sistemáticamente los feminicidios en Yucatán bajo calificaciones como “crimen pasional”, “celos” y “relación tormentosa”, calificaciones emitidas incluso desde la Fiscalía, demostrando la indolencia y la impericia de las autoridades e instituciones responsables. Al respecto, durante el 2013 manifestamos públicamente nuestra indignación por casos como el de doña Prudencia Poot (asesinada en abril pasado) y Gemma Guadalupe Castillo (asesinada en febrero), por mencionar únicamente dos casos de feminicidio, la forma más extrema de violencia de género, ocurridos este mismo año. No fueron los únicos. Ni siquiera esa violencia extrema ha llevado al Congreso a subsanar la omisión. El ejecutivo del Estado es también responsable de la omisión y cuenta con facultades para iniciar una propuesta que la subsane.
Quienes integramos el Equipo Indignación hemos identificado esta omisión legislativa, continuada y mantenida a pesar de las alertas emitidas por organizaciones civiles del Estado, como uno de los principales obstáculos para garantizar a las mujeres en Yucatán el acceso a una vida libre de violencia.
A través de la demanda presentada, solicitamos atentamente al Tribunal Constitucional de Yucatán se pronuncie y ordene al Congreso del Estado subsanar esta omisión que, en sí misma, constituye una violación a los derechos humanos de las mujeres, debido a que no se ha incorporado al artículo 13 del Código Penal del estado de Yucatán (el cual determina qué delitos son considerados graves) el feminicidio, hecho que es contrario a lo establecido por los artículos 1 y 2 de la Constitución Política del Estado de Yucatán; los artículos 1.1, 2, 4 y 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; el artículo 7 de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer; los artículos 1 y 2 de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer; y los artículos 1, 4 y 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por violentar los derechos a la igualdad ante la ley, no discriminación y acceso a la justicia.
Mérida, Yucatán, 21 de noviembre de 2013
p.d. La caricatura es de TONY, obsequio del artista al Equipo Indignación