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El caso Homún: nuevo anuncio de atracción de la Suprema Corte de Justicia

25 Jun, 2020 | Comunicados, Pueblo Maya

Comunicado conjunto

Equipo Indignación A.C. / Representantes de Infancia de Homún / Kanan Ts’ono’ot

La importancia que reviste el caso de Homún y la trascendencia que tendrá la solución que se le dé, ha quedado de nuevo de manifiesto en un comunicado publicado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación como resultado de sus deliberaciones en la sesión realizada el día de ayer, 24 de junio de 2020.

El máximo tribunal del país, en sesión de la Primera Sala, determinó de nuevo conocer del asunto en el que el juicio principal se relaciona con violaciones al derecho al medio ambiente sano, al agua, la salud de niños y niñas pertenecientes al pueblo maya y el impacto que la operación de una mega granja porcícola puede tener en la “Reserva Geohidrológica del Anillo de Cenotes de Yucatán”.

El juicio fue interpuesto por niños y niñas del pueblo maya de Homún desde septiembre de 2018 para defender los cenotes, el medio ambiente y sus derechos ante el riesgo que significa la operación de una megagranja de 49 mil cerdos que la empresa PAPO inició sin consultar a la comunidad, a pesar de ser un pueblo originario. Dicha megagranja pretendía instalarse en una zona de extrema vulnerabilidad, poniendo en riesgo el agua de la región, la salud de la infancia y los derechos de pueblo maya que no fue debidamente consultado.

Una serie de acciones e impugnaciones por parte de la empresa Producción Alimentaria Porcícola (PAPO) se acumularon después de que la Jueza Cuarto de Distrito, Miriam de Jesús Cámara Patrón, otorgó la suspensión mediante el juicio incidental para evitar daños irreparables y ordenó la paralización de las actividades de la granja. Hubo incluso de parte de los representantes de la megagranja porcícola el intento de recusar a la Jueza, pero el Tribunal Colegiado que conoció el recurso declaró infundada dicha recusación.

Diez meses después, la Suprema Corte de Justicia reitera su decisión de resolver sobre este caso, atrayendo también las impugnaciones que interpuso PAPO en contra de la extensión a la suspensión que paralizó los efectos de la licencia de funcionamiento otorgada por el Tribunal Administrativo del Estado de Yucatán y los permisos de extracción de agua y descarga de agua residual emitidos por la Comisión Nacional del Agua a esta mega granja. De igual manera, se atrajo la revisión presentada por el Alcalde de Homún en contra de la resolución que suspendió la licencia de uso de suelo y la de construcción de naves porcícolas que él emitió para ejecución de esta megagranja.

La Primera Sala, en el documento que ha hecho público, ha determinado que el caso Homún reviste especial importancia porque le ofrecerá a la Suprema Corte la oportunidad de pronunciarse sobre asuntos verdaderamente transcendentes, los cuales enlista de esta manera:

  • ¿Cómo opera el principio de prevención en materia de suspensión?
  • ¿Cómo impacta el principio in dubio pro natura al momento de resolver sobre la misma?
  • ¿Cuál es el estándar de prueba que debe regir al momento de determinar la suspensión definitiva? ¿Cómo se relaciona el principio precautorio y falta de evidencia científica frente a un estándar de prueba indiciaria?
  • ¿Existe alguna distinción entre determinar el riesgo de daño o la existencia del mismo? ¿Se debe determinar que sea significativo?
  • Tomando en consideración que en materia ambiental los efectos no son inmediatos pues toma tiempo conocer la afectación, y cuando el daño ocurre posiblemente no es posible restituir las cosas al estado en que se encontraban ¿cómo opera la medida suspensional como una medida de prevención?
  • ¿Existen ciertas particularidades a tomar en cuenta al momento de pronunciarse sobre la apariencia del buen derecho en materia ambiental?
  • Tratándose de menores de edad, ¿qué impacto tiene el interés superior del menor al momento de definir las medidas suspensionales?

Es importante señalar que este mismo caso fue atraído por la SCJN en agosto del año pasado. Esta nueva atracción amplía la posibilidad de que el máximo tribunal en México pueda resolver y generar criterios novedosos en materia de protección ambiental, sobre todo en torno a los elementos relacionados con los criterios de prevención, suspensión y principios precautorios frente a cualquier proyecto o actividad que pueda vulnerar al medio ambiente, como lo es una mega granja de cerdos.

La discusión en la SCJN estará relacionada con el principio precautorio, el cual puede anticipar daños ambientales, cuáles son los estándares, criterios  y evidencias a considerar, incluyendo los científicos, frente a la probabilidad de un riesgo ambiental.

En esta resolución, la Primera Sala resalta el interés superior de la infancia respecto a las medidas suspensionales. La relevancia del caso Homún reside precisamente en que fueron niñas y niños de dicho pueblo quienes, en defensa de su derecho a la salud y a un ambiente sano demandaron a la mega granja PAPO, y fue a favor de ellos/as que se concedió la suspensión de la mega granja.

Finalmente, es importante que la Suprema Corte estudie el caso Homún y que establezca un precedente que pueda representar un frente para detener la degradación ambiental en la Península de Yucatán ocasionada por la industria porcícola. Pues en su reciente informe de Greenpeace “La carne que está consumiendo al Planeta”, se estima que: el 31 % de la superficie actual de la península, ocupada por la actividad porcícola, ha sido deforestada; de 222 granjas porcícolas con “algún registro» establecidas en Yucatán, sólo 18 cuentan con autorización de Manifestación de Impacto Ambiental; el 60 % de las muestras de aguas realizadas en esta investigación presentó contaminación; en los espacios donde se han instalado las granjas porcícola se han vulnerado los derechos de los pueblos indígenas que habitan esos territorios; y que la contaminación del agua generada por este tipo de industrias aumenta el riesgo de cáncer de estómago y afecciones respiratorias, así como, así como metahemoglobinemia (o síndrome de los niños azules).

Los Representantes de Infancia de Homún, los defensores de los cenotes Kanan Ts’ono’ot y el equipo de derechos humanos Indignación nos congratulamos por esta nueva decisión de la Suprema Corte de Justicia y estaremos atentos a las resoluciones que resulten de sus discusiones.

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