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	<title>Indignación &#187; infancia</title>
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	<description>Promoción y Defensa de los Derechos Humanos</description>
	<lastBuildDate>Fri, 21 Oct 2011 19:33:59 +0000</lastBuildDate>
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		<title>Tardía y mínima justicia para adolescentes</title>
		<link>http://indignacion.org.mx/2009/04/15/tardia-y-minima-justicia-para-adolescentes/</link>
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		<pubDate>Wed, 15 Apr 2009 17:18:54 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Indignacion</dc:creator>
				<category><![CDATA[Comunicados]]></category>
		<category><![CDATA[infancia]]></category>
		<category><![CDATA[derechos humanos]]></category>
		<category><![CDATA[Impunidad]]></category>
		<category><![CDATA[Tortura]]></category>

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		<description><![CDATA[Comunicado del equipo Indignación Rocío Martel, responsable de abuso de autoridad, obligada a reparar daños La sanción, de tres años y once meses, es conmutable únicamente por jornadas de trabajo a favor de la comunidad La sentencia no es acorde a la gravedad de las violaciones Dilación de la justicia, la constante en un caso [...]
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			<content:encoded><![CDATA[<p>Comunicado del equipo Indignación</p>
<ul>
<li>Rocío Martel, responsable de abuso de autoridad, obligada a reparar daños</li>
</ul>
<ul>
<li>La sanción, de tres años y once meses, es conmutable únicamente por jornadas de trabajo a favor de la comunidad</li>
</ul>
<ul>
<li>La sentencia no es acorde a la gravedad de las violaciones</li>
</ul>
<ul>
<li>Dilación de la justicia, la constante en un caso que lleva una década</li>
</ul>
<p>Las graves violaciones a los derechos humanos cometidas contra adolescentes internos en la antigua Escuela Social para Menores Infractores fueron tipificadas únicamente como abuso de autoridad por el Tribunal Superior de Justicia de Yucatán, instancia que confirmó la responsabilidad de la ex directora de dicho centro, Rocío Martel López.</p>
<p>Casi dos años después de presentarse la apelación por este caso, el Tribunal Superior de Justicia de Yucatán emitió la sentencia que obliga a Rocío Martel a reparar el daño moral causado a nueve agraviados y aumenta en once meses la sanción impuesta originalmente por el juzgado séptimo de defensa social.</p>
<p>El equipo Indignación considera que la sentencia, si bien confirma abusos y la responsabilidad de la ex directora Rocío Martel, no refleja la gravedad de los agravios cometidos contra las y los entonces adolescentes, que incluyeron tratos crueles, inhumanos y degradantes que podrían constituir tortura.</p>
<p>La dilación de la justicia ha sido la constante en este caso que agravió a un sector particularmente vulnerable, como lo es la infancia, puesto que la sentencia se emite cuando han pasado ya casi diez años de que se cometieron los hechos, ocho años después de que se denunció ante la CNDH, seis años después de que inició el proceso penal y a casi dos de que se presentó la apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Yucatán.</p>
<p>Esto ha significado para las y los entonces adolescentes enfrentar, además de las secuelas de los abusos, un largo y desgastante proceso que ha retardado la justicia a la que tienen derecho, el reconocimiento de las violaciones cometidas y la reparación del daño.</p>
<p>El equipo Indignación reconoce el valor de las y los adolescentes que denunciaron y han mantenido su exigencia de justicia a pesar de las presiones, la dilación y el desinterés de instancias oficiales.</p>
<p>Durante este largo proceso han transcurrido tres administraciones: la de Víctor Cervera, cuyo secretario de gobierno, Cleominio Zoreda, supo y toleró los abusos; la de Patricio Patrón, que omitió iniciar la investigación al tener conocimiento de los hechos y la Procuraduría bajo su responsabilidad exhibió impericia al integrar la averiguación previa, y la actual, a cargo de Ivone Ortega Pacheco, que será responsable de determinar el trabajo a favor de la comunidad por el que la ex directora puede conmutar su sentencia, y que tendría que ofrecer perdón a las víctimas de los abusos.</p>
<p>Aunque el Tribunal fijó la reparación del daño moral en diez mil pesos, incluir el concepto de reparación moral del daño exigido por una de las entonces adolescentes –cuya apelación acompañó el equipo Indignación– sienta un precedente en materia de violaciones a los derechos humanos en Yucatán.</p>
<p>Dicha exigencia también fue reiterada por organizaciones nacionales como Infancia Común, la Red de Derechos Humanos Todos los Derechos para Todas y Todos y la Red por los derechos de la Infancia, a través de un Amicus presentado ante el Tribunal Superior de Justicia de Yucatán.</p>
<p>El Tribunal yucateco aumentó en once meses la sentencia impuesta a la doctora Rocío Martel por el juzgado séptimo de defensa social, pero establece que esa sanción no podrá ser sustituida por dinero sino, únicamente, por setecientas doce jornadas de trabajo a favor de la comunidad, en los términos que fije el Ejecutivo del Estado.</p>
<p>Aunque el delito de tortura no estaba tipificado en aquel tiempo por negligencia de los legisladores, al ministerio público y a la fiscalía, en su momento, les faltó pericia para denunciar y probar graves delitos como abusos sexuales además de que toleraron inadecuados careos entre los adolescentes que denunciaron y quien los agravió.</p>
<p>En el Amicus presentado, las organizaciones señalamos que las adecuadas sanciones ante graves violaciones a derechos humanos son una forma de evitar la impunidad, e impedir que hechos tan atroces como los sucedidos en la Escuela Social vuelvan a cometerse.</p>
<p>Asimismo, subrayamos la obligación que tiene el Estado, en este caso los órganos judiciales correspondientes, de garantizar plenamente y de manera integral la reparación del daño causado a las víctimas de estas violaciones, tomando en consideración, para ello, el criterio establecido por el derecho intencional de los derechos humanos que obliga a considerar a las autoridades la reparación material, moral y al proyecto de vida.</p>
<p>El caso de la escuela social de Menores Infractores data del año de 2001, cuando a raíz de diversas denuncias presentadas por familiares de niños y niñas internos en dicha institución, Indignación presentó una queja ante la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.</p>
<p>En abril de 2002, la CNDH emitió una recomendación que documentaba graves violaciones a derechos humanos cometidas por la entonces Directora de esa Escuela social, Rocío Martel, ante la complacencia y complicidad de otros funcionarios de la institución: obligaban a los niños a comer alimentos para cerdos, los golpeaban en diversas partes del cuerpo con objetos distintos como mangueras, cinturones o zapatos y los encerraba en celdas por lapsos de hasta 15 días.</p>
<p>La CNDH también documentó que la entonces directora le tocaba y apretaba los genitales a los varones y los pezones a las mujeres como medio de castigo o amenaza; vestía a los varones de mujer para humillarlos, dejaba a los internos sin comer  hasta por lapsos de 3 días, les suspendía las visitas con sus familiares; los amarraba de árboles, los amenazaba con trasladarlos al Cereso de la entidad y también con inyectarles sangre contaminada con el Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH), les administraba psicotrópicos y otros medicamentos sin ningún tipo de prescripción médica ni control.</p>
<p>A raíz de esa recomendación se inició un largo proceso penal en el Juzgado Séptimo de Defensa Social del Estado, en el cual los niños y niñas denunciantes estuvieron sujetos a otro tipo de situaciones de violencia, pues se les obligó a carearse con sus victimarios sin ningún tipo de medida protectora y muchos de ellos recibieron amenazas por parte de la ex directora Rocío Martel, lo que llevó a varios de los denunciantes a desistirse de sus acusaciones.</p>
<p>La juez séptimo, Rubí González Alpuche, justificó en su sentencia los abusos cometidos por la ex directora Rocío Martel bajo el argumento de que “llegar a esos excesos, fue con una clara intención de hacer recapacitar a los menores (…) considerados “menores incorregibles” (…) provenientes de familias totalmente disfuncionales (…)».</p>
<p>A raíz de la sentencia, el equipo Indignación acompañó a una de las agraviadas a interponer el recurso de apelación por la reparación del daño y a instar al Ministerio Público a apelar la sentencia.</p>
<p>La ex directora, Rocío Martel, también apeló la sentencia aunque se desistió de su apelación en el transcurso del proceso.</p>
<p>El Tribunal emitió la sentencia casi dos años después de presentarse el recurso, incurriendo en dilación de la justicia. La sentencia se emitió el pasado miércoles 8 de abril, justo antes de iniciar un período vacacional para los tribunales.</p>
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		<title>Resarcir agravios a la infancia, exigencia ante magistrados</title>
		<link>http://indignacion.org.mx/2008/10/29/resarcir-agravios-a-la-infancia-exigencia-ante-magistrados/</link>
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		<pubDate>Wed, 29 Oct 2008 22:52:46 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Indignacion</dc:creator>
				<category><![CDATA[2008]]></category>
		<category><![CDATA[Comunicados]]></category>
		<category><![CDATA[Escuela de Menores Infractores]]></category>
		<category><![CDATA[infancia]]></category>

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		<description><![CDATA[Campaña ¡No lo aceptamos! Comunicado Conjunto de Infancia Común A.C., la Red por los Derechos de la Infancia, Indignación A.C. y la Red Todos los Derechos para Todas y Todos Establecer una sentencia que implique un compromiso con la infancia, que esté de acuerdo con los más altos estándares en materia de derechos humanos, que [...]
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			<content:encoded><![CDATA[<p style="text-align: center;"><a href="http://indignacion.org.mx/wp-content/uploads/2008/10/imagen-61.png"><img class="size-full wp-image-233 aligncenter" title="imagen-61" src="http://indignacion.org.mx/wp-content/uploads/2008/10/imagen-61.png" alt="" width="500" height="105" /></a></p>
<p>Campaña ¡No lo aceptamos!</p>
<p>Comunicado Conjunto de Infancia Común A.C., la Red por los Derechos de la Infancia,<br />
Indignación A.C. y la Red Todos los Derechos para Todas y Todos</p>
<p>Establecer una sentencia que implique un compromiso con la infancia, que esté de acuerdo con los más altos estándares en materia de derechos humanos, que implique resarcimiento del daño y combata la impunidad para que garantice que estos hechos no se repetirán es la petición que planteamos cuatro organizaciones, tres de ellas nacionales, ante los Magistrados que revisan el caso de la antigua Escuela Social de Menores Infractores.</p>
<p>Infancia Común, la Red por los Derechos de la Infancia, Indignación A.C. y la Red Todos los Derechos para Todas y Todos hemos seguido con atención el caso de los tratos crueles e inhumanos y graves violaciones a los derechos humanos de niñas, niños y adolescentes que entre noviembre de 1997 y agosto de 2001, estuvieron bajo la responsabilidad del Estado en la Escuela Social de Menores Infractores de Yucatán.</p>
<p>Como parte de este seguimiento en febrero pasado presentamos un Amicus ante los magistrados locales, para exponer la necesidad de que la sentencia atienda los más altos estándares y criterios internacionales en materia de derechos humanos, lo que incluye la reparación del daño a la infancia agraviada y castigo a las personas responsables de violar derechos humanos.</p>
<p>El Tribunal Superior de Justicia revisa actualmente la sentencia de la juez sexta que justificó los abusos y únicamente estableció una sanción de tres años para Rocío Martel, exdirectora y responsable directa, conmutables por diecinueve mil pesos, así como de un mes para su chófer, por encubrimiento.</p>
<p>A ocho meses de haber presentado el Amicus, y cuando se han vencido ya los tiempos para que el Tribunal emita su sentencia, hemos venido a entrevistarnos con los magistrados de la Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia para reiterarles la exigencia de combatir la impunidad, particularmente en este caso al que somos tan sensibles como sociedad porque agravia a la infancia, por el tipo de violaciones cometidas y por la responsabilidad del Estado en estas violaciones.</p>
<p>Las adecuadas sanciones ante graves violaciones a derechos humanos son una forma de evitar la impunidad e impedir que hechos tan atroces como los sucedidos en la Escuela Social vuelvan a cometerse.</p>
<p>Asimismo, hemos señalado la obligación que tiene el Estado, en este caso los órganos judiciales correspondientes, de garantizar plenamente y de manera integral la reparación del daño causado a las víctimas de estas violaciones, tomando en consideración, para ello, el criterio establecido por el derecho intencional de los derechos humanos que obliga a considerar a las autoridades la reparación material, moral y al proyecto de vida.</p>
<p>Recordamos que Rocío Martell López es responsable de que niños y niñas fueran obligados a comer alimentos para cerdos, golpeados en diversas partes del cuerpo con objetos distintos como mangueras, cinturones o zapatos; encerrados en celdas por lapsos de hasta 15 días; tocados y lastimados en sus órganos genitales como medio de castigo o amenaza; humillados con disfraces, impedidos para comer hasta por lapsos de 3 días, impedidos para ver a sus familiares; amarrados a árboles, amenazados con ser trasladados al Cereso de la entidad y con inyectarles sangre contaminada con el Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH), obligados a consumir psicotrópicos y otros medicamentos sin prescripción médica ni control, y otras graves violaciones a la integridad física y psicológica, todo esto documentado en la recomendación 10/2002 de la CNDH.</p>
<p>Para las organizaciones que ahora estamos aquí, este caso exhibe graves y diversas violaciones a los derechos humanos:</p>
<p>1.- Tortura, vejaciones, tratos crueles, castigos inhumanos y degradantes e, incluso, abuso sexual.</p>
<p>2.- Negación al derecho a la justicia pronta y expedita.</p>
<p>3.- Ausencia de reparación del daño.</p>
<p>Estamos alarmados por el comportamiento de las instancias responsables de la justicia en el Estado, por la facilidad con la que la juez justificó dichas violaciones a partir de argumentar buenas intenciones por parte de la responsable, por el tiempo que ha transcurrido para dar respuesta a los argumentos de las organizaciones civiles que demandamos medidas ejemplares para que nunca más una autoridad pública ejerza violencia y porque se trata de una población particularmente vulnerable por su edad y desventaja ante los adultos.</p>
<p>Ante esta situación hemos decidido vincular con este caso la campaña nacional contra la violencia y la explotación infantil que actualmente realiza Infancia Común A.C. Nuestra presencia en Yucatán obedece a esa campaña y a nuestra decisión de entrevistarnos con los magistrados sobre el caso de la antigua Escuela Social.</p>
<p>Con la campaña queremos recordar que niñas, niños y adolescentes tienen dignidad y por eso, la ausencia de justicia en el caso de la Escuela Social de Menores Infractores</p>
<p>¡SIMPLEMENTE NO LA ACEPTAMOS!</p>
<p>Como parte de la campaña el día de hoy divulgaremos en Mérida información y material contra la violencia y la explotación sexual infantil.</p>
<p>Hacemos un llamado a que todos los yucatecos y a todos los mexicanos a sumarse a esta demanda de justicia y a la campaña.</p>
<p>El hogar y las instituciones gubernamentales deben ser un resguardo para la protección de la infancia y no un lugar peligroso, así que a través de la campaña convocamos a las y los adultos a:</p>
<p>1.- Dejar de ver como algo natural los golpes, los gritos, las ofensas, la falta de atención.</p>
<p>2.- A buscar métodos para educar sin violencia física, verbal ni de otro tipo y</p>
<p>3.- A conformar en sus comunidades redes que protejan a los niños de los adultos que abusan de su condición de fuerza y experiencia. Los niños y las niñas no son propiedad privada, ni siquiera de sus padres.</p>
<p>Ejercer violencia física, sexual y psicológica en nuestras casas, en las escuelas, en la calle o en cualquier lugar, atenta contra la dignidad de nuestros hijos e hijas, los afecta toda su vida y favorece otras formas de violencia grave como la explotación sexual comercial infantil. La campaña tiene como objetivo crear conciencia y modificar esta realidad tan dolorosa.</p>
<p>Mérida, Yucatán, 29 de octubre de 2008</p>
<p>Red por los derechos de la Infancia en México, Equipo Indignación A.C., Infancia Común A.C. y Red Nacional de Organismos Civiles de Derechos Humanos Todos los Derechos para Todas y Todos.</p>
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		<title>Violaciones a derechos humanos de adolescentes en la Escuela Social de Menores Infractores de Yucatán: Una década de impunidad.</title>
		<link>http://indignacion.org.mx/2008/10/20/violaciones-a-derechos-humanos-de-adolescentes-en-la-escuela-social-de-menores-infractores-de-yucatan-una-decada-de-impunidad/</link>
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		<pubDate>Mon, 20 Oct 2008 11:06:41 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Indignacion</dc:creator>
				<category><![CDATA[2008]]></category>
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		<category><![CDATA[Impunidad]]></category>
		<category><![CDATA[Informes]]></category>
		<category><![CDATA[menores]]></category>

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		<description><![CDATA[Acción Solidaria El Tribunal Superior de Justicia de Yucatán ha dejado pasar ya más de un año sin resolver la apelación en el caso de los tratos crueles, inhumanos y degradantes cometidos contra adolescentes internos en la antigua Escuela Social de Menores Infractores. Les solicitamos su atenta solidaridad para urgir al Tribunal a resolver la [...]
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			<content:encoded><![CDATA[<p>Acción Solidaria</p>
<div>El Tribunal Superior de Justicia de Yucatán ha dejado pasar ya más de un año sin resolver la apelación en el caso de los tratos crueles, inhumanos y degradantes cometidos contra adolescentes internos en la antigua Escuela Social de Menores Infractores.</div>
<div>Les solicitamos su atenta solidaridad para urgir al Tribunal a resolver la apelación de acuerdo a los más altos estándares de protección de los derechos humanos de niñas, niños y adolescentes.</div>
<div>Adjuntamos, para eso, una carta modelo (que sería la que se enviaría al tribunal, poniendo fecha y tu nombre) y un resumen del caso en formato PDF.</div>
<div>Al final de la nota dejamos los datos del Tribunal y de la gobernadora, para enviarle copia.</div>
<div style="text-align: center;"><a href="http://indignacion.org.mx/wp-content/uploads/2008/10/resumen-briefing-esmi-sept08.pdf">Resumen un año de impunidad sept08 (formato .pdf)<br />
</a></div>
<div style="text-align: center;">Carta Modelo</div>
<div style="text-align: center;">
<p class="MsoNormal" style="text-align: right;" align="right"><span lang="ES-MX"><span class="Apple-style-span" style="font-size: small; font-family: 'Trebuchet MS';"><span class="Apple-style-span" style="font-size: 13px;"><strong><span style="text-decoration: underline;">Lugar y Fecha</span></strong></span></span></span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><span style="font-size: 11pt; font-family: &quot;Trebuchet MS&quot;;"><strong>Abogada Ligia Aurora Cortés Ortega</strong></span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><span style="font-size: 11pt; font-family: &quot;Trebuchet MS&quot;;"><strong>M. en D. Marcos Alejandro Celis Quintal</strong></span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><span style="font-size: 11pt; font-family: &quot;Trebuchet MS&quot;;"><strong>Abogado Ricardo de Jesús Ávila Heredia.</strong></span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><span style="font-size: 11pt; font-family: &quot;Trebuchet MS&quot;;"> </span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><span style="font-size: 11pt; font-family: &quot;Trebuchet MS&quot;;"><strong>Magistrados de la Sala Penal </strong></span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><span style="font-size: 11pt; font-family: &quot;Trebuchet MS&quot;;"><strong>H. Tribunal Superior de Justicia del estado de Yucatán</strong></span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><span style="font-size: 11pt; font-family: &quot;Trebuchet MS&quot;;">Presentes.</span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><span style="font-size: 11pt; font-family: &quot;Trebuchet MS&quot;;">Quien suscribe se mantiene atenta (o) al caso de las violaciones a los derechos humanos cometidas contra adolescentes internas e internos de la antigua Escuela Social de Menores Infractores y sabemos que el pasado mes de agosto se cumplió un año de haberse presentado las apelaciones correspondientes a la causa penal 33/2003, que han dado lugar al toca penal 1942/2007.</span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><span style="font-size: 11pt; font-family: &quot;Trebuchet MS&quot;;">Dicha causa penal, y su consecuente toca penal, son resultado de la recomendación 10/2002 emitida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), en la cual se documentaron graves violaciones a los derechos fundamentales de niños, niñas y adolescentes internos en la entonces Escuela social de Menores Infractores del estado de Yucatán, mismas que, de conformidad con ese organismo público de derechos humanos, fueron cometidas por la entonces Directora de la Institución, Dra. Rocío Martell, con la participación y/o aquiescencia de otros funcionarios de la misma<a name="_ftnref1" href="imap://luixzz@mail.riseup.net:143/fetch%3EUID%3E.INBOX%3E3945#_ftn1"><span class="MsoFootnoteReference"><span>[1]</span></span></a>.</span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><span style="font-size: 11pt; font-family: &quot;Trebuchet MS&quot;;">A pesar de la gravedad de las conductas cometidas por los entonces funcionarios públicos, la Juez de la causa, que lo fue la Séptimo de Defensa Social del Primer Departamento Judicial del estado, emitió una sentencia en la que estableció sanciones muy por debajo de lo que ameritaba la gravedad del hecho. No sólo eso, ni siquiera estableció medidas de reparación del daño, con lo cual dicha resolución no restituyó en lo más mínimo los derechos violados a los adolescentes en ese entonces sujetos a la jurisdicción del estado. Lo más grave del hecho es que la juzgadora pretendió justificar las bajas sanciones y la omisión para reparar el daño, con el argumento de que los niños, al provenir de familias disfuncionales y ser agresivos e incorregibles, generaban una situación de estrés a los funcionarios que justificaba los castigos degradantes.<span> </span>Es decir, cargó la responsabilidad por los delitos cometidos a las víctimas, hecho que exhibe, no sólo discriminación hacia adolescentes provenientes en su mayoría de contextos de pobreza y marginación, sino parcialidad, insensibilidad y una manipulación de las normas penales que no pueden pasar desapercibidos para esta Sala Penal.</span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><span style="font-size: 11pt; font-family: &quot;Trebuchet MS&quot;;">En virtud de lo anterior, tanto la Procuraduría de Justicia del estado, como una de las víctimas presentaron sendos escritos de apelación, misma que, a más de un año de haberse presentado, no han sido resueltas por la Sala Penal.<span> </span></span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><span style="font-size: 11pt; font-family: &quot;Trebuchet MS&quot;;">La impunidad contribuye a la descomposición de las instituciones del Estado. A este equipo le preocupa que delitos de tan graves efectos para las víctimas y que nos lesionan como sociedad por sus implicaciones contra la dignidad de las personas, como los cometidos contra menores internos en la entonces Escuela Social, queden impunes y profundicen el deterioro de las instituciones encargadas de procurar e impartir justicia.</span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><span style="font-size: 11pt; font-family: &quot;Trebuchet MS&quot;;">Nos preocupa la posibilidad de que el Tribunal avale los criterios utilizados por la Juez de Primera instancia para minimizar violaciones a derechos humanos especialmente gravosas por haberse cometido en contra de uno de los sectores más vulnerables de la sociedad como es la infancia. Extremadamente grave resultaría que el Tribunal, en el presente contexto nacional, dejara en la impunidad hechos que, a casi 10 años de haberse cometido, no han sido resueltos conforme a los más altos estándares de protección a los Derechos Humanos a los que están sujetos todos los órganos que integran el Estado mexicano.</span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><span style="font-size: 11pt; font-family: &quot;Trebuchet MS&quot;;">Por lo anteriormente señalado, a ustedes CC. Magistrados de la Sala penal del Tribunal Superior de Justicia de Yucatán, atentamente solicitamos:</span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><span style="font-size: 11pt; font-family: &quot;Trebuchet MS&quot;;"><strong>PRIMERO </strong></span><span style="font-size: 11pt; font-family: &quot;Trebuchet MS&quot;;">Que en la sentencia que emita la Sala Penal, se tomen en consideración los estándares más altos de protección a los derechos humanos de los niños y niñas.</span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><span style="font-size: 11pt; font-family: &quot;Trebuchet MS&quot;;"><strong>SEGUNDO. </strong></span><span style="font-size: 11pt; font-family: &quot;Trebuchet MS&quot;;">Que la sentencia de segunda instancia se establezcan adecuadas medidas de reparación moral y materia del daño a favor de las víctimas de estas graves violaciones a derechos humanos.</span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><span style="font-size: 11pt; font-family: &quot;Trebuchet MS&quot;;"><strong>TERCERO. </strong></span><span style="font-size: 11pt; font-family: &quot;Trebuchet MS&quot;;">Que en la sentencia que emitan se establezcan penas adecuadas con la gravedad del hecho para evitar que en lo futuro este tipo de conductas vuelvan a cometerse.<span> </span></span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><span class="Apple-style-span" style="font-size: medium; font-family: 'Trebuchet MS';"><span class="Apple-style-span" style="font-size: 15px;"><br class="webkit-block-placeholder" /></span></span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: center;" align="center"><span style="font-size: 11pt; font-family: &quot;Trebuchet MS&quot;;">Sin otro particular, le reitero la más alta y urgente exigencia de justicia.</span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: center;" align="center"><span style="font-size: 11pt; font-family: &quot;Trebuchet MS&quot;;">Atentamente, </span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: center;" align="center"><span style="font-size: 11pt; font-family: &quot;Trebuchet MS&quot;;">Firma</span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><span style="font-size: 11pt; font-family: &quot;Trebuchet MS&quot;;"> </span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><span style="font-size: 9pt; font-family: &quot;Trebuchet MS&quot;;">C.c.p. C. Ivonne Ortega Pacheco. Gobernadora constitucional del estado de Yucatán. </span></p>
<div>
<hr size="1" />
<div id="ftn1">
<p class="MsoFootnoteText" style="text-align: justify;"><a name="_ftn1" href="imap://luixzz@mail.riseup.net:143/fetch%3EUID%3E.INBOX%3E3945#_ftnref1"><span class="MsoFootnoteReference"><span style="font-size: 9pt; font-family: &quot;Trebuchet MS&quot;;"><span>[1]</span></span></span></a><span style="font-size: 9pt; font-family: &quot;Trebuchet MS&quot;;"> Algunas de las violaciones a derechos humanos más graves detectadas por la CNDH imputables directamente a la entonces Directora de la Escuela Social fueron: obligaban a los niños a comer alimentos para cerdos, los golpeaban en diversas partes del cuerpo con objetos distintos como mangueras, cinturones o zapatos; los encerraba en celdas por lapsos de hasta 15 días; le tocaba y apretaba los genitales a los varones y los pezones a las mujeres como medio de castigo o amenaza; vestía a los varones de mujer para humillarlos, dejaba a los internos sin comer<span> </span>hasta por lapsos de 3 días, les suspendía las visitas con sus familiares; los amarraba de árboles, los amenazaba con trasladarlos al Cereso de la entidad y también con inyectarles sangre contaminada con el Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH), les administraba psicotrópicos y otros medicamentos sin ningún tipo de prescripción médica ni control, sólo por mencionar algunas de las graves violaciones a la integridad física y psicológica en perjuicio de menores.</span></p>
</div>
</div>
<p><!--EndFragment--></div>
<p style="text-align: center;"><a href="http://indignacion.org.mx/wp-content/uploads/2008/10/un-ano-de-impunidad.doc">Carta Modelo para descargar en formato .doc</a></p>
<p style="text-align: center;">
<p style="text-align: left;">H. Tribunal Superior de Justicia del estado de Yucatán</p>
<div>Av. Jacinto Canek x 90</div>
<div>Col. Inalámbrica</div>
<div>C.P. 97069</div>
<div>Mérida, Yucatán</div>
<div><br class="webkit-block-placeholder" /></div>
<div><strong>Conmutador:  (999) 9300650</strong></div>
<div><strong>Fax: (999) 9300678</strong></div>
<div><strong><span class="Apple-tab-span" style="white-space: pre;"> </span> 9300695<br class="webkit-block-placeholder" /></strong></div>
<div><strong><br class="webkit-block-placeholder" /></strong></div>
<div><strong>Correo electrónico:</strong></div>
<div><strong><a href="mailto:presidencia@tsjyuc.gob.mx">presidencia@tsjyuc.gob.mx</a></strong></div>
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<div><strong>Fax de la gobernadora: </strong></p>
<p><strong>(01999) 9 30 31 00 Ext. 10055</strong></div>
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<div><strong><a href="mailto:floresjorge_pal@hotmail.com">floresjorge_pal@hotmail.com</a> (secretario particular)</strong></div>
<div><strong><a href="mailto:atencion.ciudadana@yucatan.gob.mx">atencion.ciudadana@yucatan.gob.mx</a></strong></div>
<div><strong><br class="webkit-block-placeholder" /></strong></div>
<div><br class="webkit-block-placeholder" /></div>
<div><strong>Favor de enviar copia del correo a:</strong></div>
<div><strong><a href="mailto:indignacion@prodigy.net.mx">indignacion@prodigy.net.mx</a></strong></div>
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		<title>La Suprema Corte reconoce violaciones a derechos de adolescentes</title>
		<link>http://indignacion.org.mx/2008/07/05/la-suprema-corte-reconoce-violaciones-a-derechos-de-adolescentes/</link>
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		<pubDate>Sat, 05 Jul 2008 17:37:43 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Indignacion</dc:creator>
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		<description><![CDATA[Comunicado del equipo Indignación A un año tres meses de los hechos ocurridos el día 13 de marzo de 2007, cuando 48 personas fueron detenidas, incomunicadas y, la gran mayoría, procesadas en el contexto de una manifestación contra la visita de George W. Bush a nuestra entidad, la Suprema Corte de Justicia de la Nación [...]
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			<content:encoded><![CDATA[<p>Comunicado del equipo Indignación</p>
<p>A un año tres meses de los hechos ocurridos el día 13 de marzo de 2007, cuando 48 personas fueron detenidas, incomunicadas y, la gran mayoría, procesadas en el contexto de una manifestación contra la visita de George W. Bush a nuestra entidad, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha emitido una sentencia que desnuda, otra vez, algunas de las arbitrariedades en las que incurrió, con ese hecho, la administración de Patricio Patrón Laviada y la impunidad en la que la actual administración ha dejado esas conductas que implican graves violaciones a derechos humanos.</p>
<p>El día 21 de mayo de 2008, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió su sentencia relativa al Amparo en revisión 412/2007, presentado por el Ministerio Público Federal en contra de la sentencia del Juez Primero de Distrito en el estado de Yucatán que otorgó el amparo y protección de la Justicia Federal a uno de los adolescentes, menores de 18 años, detenidos en esa fecha. La sentencia del Juzgado de Distrito estimaba que a dicho adolescente se le habían violado sus garantías individuales establecidas en el artículo 18 de la Constitución, puesto que estaba siendo procesado ante el Consejo Tutelar de Menores Infractores del estado, órgano inconstitucional de conformidad con las reformas efectuadas a dicho artículo que establecían la obligación a las entidades federativas y el Distrito Federal de establecer un sistema integral de justicia para la adolescencia. Dicho sistema, al momento en que los menores de 18 años fueron detenidos, no se había implementado en Yucatán.</p>
<p>Ante esta sentencia, el Ministerio Público Federal interpuso un recurso de revisión de amparo, en el cual insistía en que la sujeción a proceso de ese menor ante el Consejo Tutelar era legal. Como el caso implicaba la interpretación del artículo 18 constitucional, el asunto fue a parar a manos de la SCJN para su determinación final. El Máximo tribunal del Estado mexicano confirmó la decisión del Juez Primero de Distrito y señaló que el proceso al que estaba sujeto dicho menor era inconstitucional pues, insistió, avalando los argumentos del Juez de Distrito, el artículo 18 constitucional establecía la obligación de que el adolescente fuese juzgado ante un sistema especial de justicia para adolescentes y no ante un Consejo Tutelar de Menores.</p>
<p>La resolución establecida por la SCJN, además de exhibir nuevamente el desacato constitucional en el que incurrieron diputados locales de las legislaturas anteriores, al no establecer en los plazos señalados por la Constitución un sistema integral de justicia para adolescentes, recuerda los pendientes de las autoridades estatales en cuestiones de justicia y derechos humanos en la entidad, cuando menos por lo que toca a dos temas fundamentales:</p>
<p>1.- Por una parte, la falta de justicia que ha existido por cuanto hace a las violaciones a derechos humanos derivadas de los hechos ocurridos el 13 de marzo de 2007 y cometidas por la administración del entonces gobernador Patricio Patrón Laviada y el entonces presidente municipal de la capital, Manuel Fuentes, que hasta la fecha no han sido investigadas ni sancionadas por la actual gobernadora, Ivonne Ortega, y el actual alcalde de Mérida César Bojórquez. Las detenciones ilegales, torturas, amenazas, incomunicación, violaciones al derecho a un debido proceso etc., son conductas que no pueden dejar de investigarse ni sancionarse pues la impunidad es el mayor incentivo para que esas conductas se cometan de manera sistemática.</p>
<p>2.- Por la otra, y no menos importante, la ausencia de políticas públicas adecuadas que protejan a la niñez y adolescencia en el estado. La resolución de la SCJN exhibió, como ya se señaló, que a los diputados de legislaturas anteriores no les importó demorarse más de un año para establecer el sistema integral de justicia para adolescentes, pero también que las autoridades estatales, es decir, ministerios públicos, jueces, policías, etc. no están capacitados ni cuentan con las herramientas necesarias para hacer frente, con base en los criterios más altos de protección, a situaciones en las cuales están involucrados adolescentes en conflicto con la ley.</p>
<p>Cabe resaltar que, justo en estas fechas, está por definirse otra situación que involucra graves violaciones a derechos humanos cometidas en perjuicio de niños y niñas hace casi 10 años en la entonces Escuela Social de Menores Infractores. En este caso, en el cual las autoridades de ese centro de reclusión para adolescentes cometieron graves vejaciones a los niños y niñas internos, la justicia local estableció una sanción que sería irrisoria si no fueran graves sus consecuencias, omitiendo también la reparación del daño para las y los niños agraviados. El razonamiento de la Juez para establecer tan baja sanción y omitir la reparación del daño fue que el carácter incorregible de los niños llevó a la entonces directora y demás funcionarios responsables a utilizar severas medidas de castigo para aplacar sus desmanes. La Suprema Corte recuerda, con la sentencia arriba citada, la importancia que el artículo 18 constitucional (que, entre otras cosas, establece el interés superior de la infancia,) tiene como criterio de protección para los niños, niñas y adolescentes, criterio que debe ser respetado y aplicado por todos los órganos del estado. Esperemos que la Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia del estado, quien está revisando la grotesca sentencia de la Juez Séptimo de los Penal, comprenda la gravedad de los hechos,  interprete la ley de acuerdo al interés superior de la infancia y emita una sentencia ejemplar que sancione a los responsables, establezca adecuadas medidas reparadoras y disuada a funcionarios públicos de atentar contra los derechos de las y los niños y adolescentes.</p>
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		<title>Amicus ciudadano a favor de niñez agraviada por el Estado</title>
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		<pubDate>Sat, 23 Feb 2008 04:22:09 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Indignacion</dc:creator>
				<category><![CDATA[2008]]></category>
		<category><![CDATA[Comunicados]]></category>
		<category><![CDATA[Escuela de Menores Infractores]]></category>
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		<category><![CDATA[escuela de menores]]></category>
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		<description><![CDATA[Comunicado conjunto de la Red de Derechos Humanos Todos los Derechos para Todas y Todos, Infancia Común A.C., la Red por los derechos de la Infancia y el Equipo Indignación (Documentación en formato PDF al final del texto) Ante la inminente resolución del Tribunal Superior de Justicia de Yucatán sobre el caso de los abusos, [...]
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			<content:encoded><![CDATA[<p align="center"><img src="http://indignacion.org.mx/wp-content/uploads/2008/02/imagen-6.png" alt="imagen-6.png" height="121" width="520" /></p>
<p align="center"><strong>Comunicado conjunto de la Red de Derechos Humanos Todos los Derechos para Todas y Todos, Infancia Común A.C., la Red por los derechos de la Infancia y el Equipo Indignación</strong></p>
<p align="center">(Documentación en   formato PDF al final del texto)</p>
<p>Ante la inminente resolución del Tribunal Superior de Justicia de Yucatán sobre el caso de los abusos, tortura y otros tratos crueles cometidos contra niñas y niños internos de la antigua Escuela Social de Menores Infractores, cuatro organizaciones de defensa de los derechos humanos presentamos ante los magistrados un escrito de Amicus a favor de la infancia agraviada.</p>
<p>La figura del Amicus Curiae (amigo de la Corte) es un medio de participación ciudadana que permite a diversos sectores de la sociedad emitir una opinión en torno a un tema que es de interés público y que está siendo del conocimiento de los Tribunales.</p>
<p>El Equipo Indignación; la Red Nacional de Organismos civiles de derechos humanos “Todos los derechos para todas y todos”; Infancia Común AC y la Red por los derechos de la Infancia, estas tres últimas organizaciones nacionales que agrupan a más de 120 grupos y organismos de todo el país, consideramos que la sentencia no refleja la gravedad de los delitos cometidos contra un sector particularmente vulnerable, como lo es la infancia.</p>
<p>A través del Amicus exponemos argumentos legales desde la perspectiva del derecho internacional de los derechos humanos, en especial la Convención sobre los derechos del niño de Naciones Unidas, ratificada por el Estado Mexicano, por lo cual éste está obligado a poner todos los medios necesarios para que se respeten los derechos ahí reconocidos.</p>
<p>El Amicus se presentó con el objetivo de que en la resolución que se emita dentro de esta segunda instancia, se utilicen los estándares más altos de protección para aquellos niños y niñas que sufrieron violaciones a derechos humanos por parte de autoridades del estado de Yucatán</p>
<p>Las organizaciones firmantes hemos expresado ante los Magistrados que durante el juicio no se protegió el principio internacional y constitucional del “interés superior del niño” y en la propia sentencia la Juez, Rubí González Alpuche, justifica los abusos expresando que la acusada violentó derechos de los menores “con el afán de corregirlos”.</p>
<p>“…empero, tomando en consideración que su intención al llegar a esos excesos, fue con una clara intención de hacer recapacitar a los menores (…) considerados “menores incorregibles” (…) provenientes de familias totalmente disfuncionales (…) la acusada con el afán de corregirlos, rebazó (sic.) los límites de su autoridad, llegando al grado de violentar los derechos de los menores…empero tampoco pasa inadvertido para esta autoridad, el hecho de que la acusada, en el desempeño de su encargo, hubiera regresado por el “buen camino”, por así decirlo a varios de los internos de la referida Escuela.” (Énfasis añadido)</p>
<p>En el escrito expresamos la necesidad de que la Sala Penal modifique las penas impuesta de acuerdo a la gravedad de los hechos delictivos cometidos por los entonces funcionarios.</p>
<p>Las adecuadas sanciones ante graves violaciones a derechos humanos son una forma de evitar la impunidad, e impedir que hechos tan atroces como los sucedidos en la Escuela Social vuelvan a cometerse.</p>
<p>Asimismo, hemos señalado la obligación que tiene el Estado, en este caso los órganos judiciales correspondientes, de garantizar plenamente y de manera integral la reparación del daño causado a las víctimas de estas violaciones, tomando en consideración, para ello, el criterio establecido por el derecho intencional de los derechos humanos que obliga a considerar a las autoridades la reparación material, moral y al proyecto de vida.</p>
<p>El caso de la escuela social de Menores Infractores data del año de 2001, cuando a raíz de diversas denuncias presentadas por familiares de niños y niñas internos en dicha institución, Indignación presentó una queja ante la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.</p>
<p>En abril de 2002, la CNDH emitió una recomendación que documentaba graves violaciones a derechos humanos cometidas por la entonces Directora de esa Escuela social, Rocío Martel, ante la complacencia y complicidad de otros funcionarios de la institución: obligaban a los niños a comer alimentos para cerdos, los golpeaban en diversas partes del cuerpo con objetos distintos como mangueras, cinturones o zapatos y los encerraba en celdas por lapsos de hasta 15 días.</p>
<p>La CNDH también documentó que la entonces directora le tocaba y apretaba los genitales a los varones y los pezones a las mujeres como medio de castigo o amenaza; vestía a los varones de mujer para humillarlos, dejaba a los internos sin comer  hasta por lapsos de 3 días, les suspendía las visitas con sus familiares; los amarraba de árboles, los amenazaba con trasladarlos al Cereso de la entidad y también con inyectarles sangre contaminada con el Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH), les administraba psicotrópicos y otros medicamentos sin ningún tipo de prescripción médica ni control.</p>
<p>A raíz de esa recomendación se inició un largo proceso penal en el Juzgado Séptimo de Defensa Social del Estado, en el cual los niños y niñas denunciantes estuvieron sujetos a otro tipo de situaciones de violencia, pues se les obligó a carearse con sus victimarios sin ningún tipo de medida protectora y muchos de ellos recibieron amenazas por parte de la ex directora Rocío Martel, lo que llevó a varios de los denunciantes a desistirse de sus acusaciones.</p>
<p>Casi cuatro años después de iniciado el juicio, en agosto de 2007, la Juez Séptimo emitió su sentencia, en la cual y a pesar de la gravedad de los hechos cometidos, sólo sentenció a la ex directora a dos años de prisión, conmutables por 19 mil pesos, y al que era su chofer a un mes de prisión conmutables por 500 pesos. Todos los demás funcionarios implicados fueron exonerados, considerando la Juez que los afectados por estas violaciones no eran acreedores a que se les reparara el daño.</p>
<p>Ante estos hechos, tanto la Procuraduría de Justicia del estado como una de las Coadyuvantes presentaron sendas apelaciones ante la Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia, con el objetivo de que dicho cuerpo colegiado revise la actuación y la sentencia de la Juez.</p>
<p>No obstante, y dada la gravedad del caso y el sector social que ha sido vulnerado, en este caso la infancia, las organizaciones firmantes consideramos que la resolución que en su momento emita el tribunal revisor va más allá de los casos particulares, pues reflejará cuál es la política pública con la cual los órganos de Estado atienden las necesidades de la infancia  y cuáles los criterios que guían a los órganos judiciales para aplicar las medidas protectoras a favor de los niños y niñas a las que obliga tanto la Constitución como la Convención sobre los derechos del niño, de Naciones Unidas.</p>
<p>Asimismo, la sentencia en cuestión determinará el grado de tolerancia que el Estado tiene hacia las violaciones a derechos humanos cometidas en contra de los sectores más vulnerables y, en esa medida, la posibilidad o no de que estos hechos vuelvan a repetirse.</p>
<p>Casos como el de la antigua Escuela Social de Menores en Yucatán han sido de enorme preocupación para el Comité de los Derechos del Niño de la ONU, como organismo encargado de vigilar el cumplimiento de la Convención de los Derechos de los Niños por parte de los países que, como México, la ratificaron.</p>
<p>La información que sustentó el último reporte al Comité derivó en un punto específico de observaciones y recomendaciones emitidas en junio de 2006 y sobre las cuales el Estado Mexicano deberá dar una respuesta en 2011.</p>
<p>Nos referimos en particular a los párrafos 35 y 36 de las recomendaciones a México, sobre castigo corporal:</p>
<p>35. El Comité está profundamente preocupado por el hecho de que el castigo corporal en el hogar continúe siendo legal y no se prohíba explícitamente en las escuelas, en instituciones y en centros alternativos. También le preocupa que la legislación no proteja suficientemente a los niños de la violencia y los abusos, debido a lo cual el castigo corporal se utiliza de una forma generalizada en el seno de la familia, en las escuelas y en otras instituciones.</p>
<p>36. El Comité, teniendo en cuenta su Observación general No.8 (2006) sobre el derecho del niño a la protección contra el castigo corporal y otros tipos de castigo crueles y degradantes, recomienda que el Estado Parte:</p>
<p>a) Enmiende todas las leyes federales y estatales pertinentes para asegurarse de que el castigo corporal se prohíba explícitamente en todos los entornos…</p>
<p>b) Adopte medidas eficaces, incluso con campañas de información, para promover castigos alternativos, positivos, participativos y no violentos .</p>
<p>CRC/C/MEX/CO/3 8 de junio de 2006.</p>
<p>La figura del Amicus Curiae ha sido desarrollada en diversos países; tiene como finalidad que la sociedad civil organizada, sin ser parte formal del procedimiento que se desahoga en el tribunal, emita una opinión a éste sobre el tema materia de la controversia, por tratarse de una cuestión de interés general.</p>
<p>Como antecedentes en nuestro país de esta figura se puede mencionar el Amicus presentado por diversas organizaciones civiles ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación cuando ésta estaba por determinar sobre la (n) constitucionalidad de la Ley de Radio y Televisión, así como el que en su momento presentaron diversas organizaciones civiles ante el Máximo Tribunal a favor de la extradición de Miguel Cavallo para que fuese juzgado por crímenes de lesa humanidad cometidos durante la dictadura argentina.</p>
<p align="center">Mérida, Yucatán y México, Distrito Federal, 22 de febrero de 2008</p>
<p align="center"><a href="http://indignacion.org.mx/wp-content/uploads/2008/02/amicuscomunicado.pdf" title="amicuscomunicado.pdf">Amicus comunicado.pdf</a></p>
<p align="center"> <a href="http://indignacion.org.mx/wp-content/uploads/2008/02/amicus-escuela-social.pdf" title="amicus-escuela-social.pdf">Amicus Escuela Social.pdf</a></p>
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		<title>Juez séptima agravia a la infancia</title>
		<link>http://indignacion.org.mx/2007/08/19/juez-septima-agravia-a-la-infancia/</link>
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		<pubDate>Mon, 20 Aug 2007 00:49:07 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Indignacion</dc:creator>
				<category><![CDATA[2007]]></category>
		<category><![CDATA[Escuela de Menores Infractores]]></category>
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		<category><![CDATA[Comunicados 2007]]></category>
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		<description><![CDATA[La leve sentencia dictada contra la responsable de infligir tratos crueles, inhumanos y degradantes a menores internos en la Escuela Social de Menores Infractores constituye, a juicio del equipo Indignación, un agravio contra la infancia, cuestiona seriamente la independencia de la juez séptima y el compromiso del estado mexicano con los derechos de niños, niñas [...]
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			<content:encoded><![CDATA[<p>La leve sentencia dictada contra la responsable de infligir tratos crueles, inhumanos y degradantes a menores internos en la Escuela Social de Menores Infractores constituye, a juicio del equipo Indignación, un agravio contra la infancia, cuestiona seriamente la independencia de la juez séptima y el compromiso del estado mexicano con los derechos de niños, niñas y adolescentes.</p>
<p>El martes 14 de agosto se dio a conocer, a través de medios de comunicación, la sentencia relativa a la causa penal 33/2003 derivada del caso de los abusos cometidos en la Escuela Social de Menores Infractores, atribuibles a los entonces funcionarios de esa institución, encabezados por su ex Directora, Rocío Martel.</p>
<p>El Juzgado Séptimo de Defensa Social que preside la Juez Rubí González Alpuche determinó sentenciar a 3 años de prisión, conmutables por 19 mil pesos a la Dra. Martel, y a 1 mes de prisión, conmutable por 555 pesos a su chofer Martín Antonio Espínola Escalante. Los otros 10 ex funcionarios implicados fueron absueltos.</p>
<p>El caso adquirió relevancia nacional a raíz de la recomendación 10/2002 emitida, el 23 de abril del 2002, por la Comisión Nacional de los Derechos Humamos (CNDH) como consecuencia de la queja presentada ante dicha institución por el Equipo de Derechos Humanos Indignación nueve meses antes.</p>
<p>La queja estaba basada en diversos testimonios de familiares e internos que señalaban los tratos crueles, inhumanos y degradantes y la tortura sufrida por los menores quienes mencionaron haber sido golpeados, encerrados de manera prolongada, abusados sexualmente, amenazados de diversa maneras (entre ellas la de inyectar internos con una jeringa infectada con VIH) y obligados a tomar orina, por mencionar algunas. Esos abusos fueron corroborados por la CNDH en su recomendación.</p>
<p>Si bien la sentencia condenatoria es un reconocimiento de la responsabilidad de la entonces Directora Rocío Martel en la comisión de delitos en contra de los menores internos, también lo es que, dada la gravedad de los hechos cometidos durante su administración, resulta no sólo limitada, sino incluso representa un agravio para las víctimas de los hechos, puesto que ni la sanción establecida ni la reparación del daño expresan la magnitud de lo sucedido en aquella institución durante la administración de Rocío Martel.</p>
<p>Legislaturas anteriores que se negaron reiteradamente a tipificar la tortura como delito son también responsables de que este ilícito no se haya sancionado. Por otra parte, la procuraduría no fue capaz de integrar una averiguación previa contra otros funcionarios que conocieron estos hechos y protegieron en su momento a la exdirectora, como quien fue secretario de gobierno en la administración encabezada por Víctor Cervera, Cleominio Zoreda.</p>
<p>La juez séptima también omitió proteger los derechos de los menores durante el juicio, puesto que aceptó careos entre ellos y sus agresores, a pesar de que esto contraviene la obligación de velar por el interés superior del niño y de la niña.</p>
<p>La sentencia no incluye la reparación del daño a los menores agraviados, lo que lleva a la jueza a incumplir compromisos asumidos por México en materia de derechos humanos.</p>
<p>La Procuraduría General de Justicia del estado tiene la obligación inmediata de apelar dicha resolución con el objetivo, no sólo de buscar una mayor sanción para evitar que las graves conductas desplegadas por Rocío Martel queden en la impunidad, sino de exigir que se establezca una adecuada reparación del daño que incluya, entre otras cosas, el pago del daño moral, material y al proyecto de vida, de tal manera que, en la medida de lo posible puedan ser resarcidos los derechos violados a los menores y las secuelas generadas. Es por ello que Indignación está dirigiendo sendos escritos a la Gobernadora y al Procurador, expresándoles la responsabilidad que tienen con la infancia y con el combate a la impunidad.</p>
<p>Este equipo manifiesta su preocupación por el hecho de que el juzgado séptimo o el ministerio público adscrito a los juzgados esté filtrando a la prensa información que viola los principios que deben regir cuando son menores los involucrados. El día de hoy se publica el nombre de pila de una de las agraviadas que acudió mediante un escrito al juzgado séptimo para apelar la sentencia, a pesar de que era menor cuando sucedieron los hechos y debería mantenerse el criterio de mantener su nombre en el anonimato. Esto es todavía más importante cuando diversos menores manifestaron haber sido objeto de presiones mientras duró el juicio.</p>
<p>Finalmente, es preciso recordar que la juez Séptimo de Defensa Social que emitió la sentencia y condenó al pago de 19 mil pesos a la Dra. Martel, es la misma que, en marzo del presente año, impuso cauciones de hasta 37 mil pesos a jóvenes detenidos en la razia efectuada el martes 13 de marzo, en el contexto de la visita de George Bush, y acusados de romper algunos vidrios del Palacio Municipal de Mérida.</p>
<p>Preocupa sobremanera que, para esta juzgadora, unos cristales rotos ameriten más sanción pecuniaria que la dignidad y la integridad de niños y adolescentes sujetos a tratos crueles inhumanos y degradantes y tortura durante la administración de Martel y cuyas vidas se han visto, en muchos caso, truncadas por las secuelas generadas por estas violaciones a sus derechos fundamentales.</p>
<p>Es una obligación del Tribunal Superior de Justicia del estado analizar de oficio la conducta de dicha juzgadora en el presente caso, y es una obligación del Legislativo establecer en la normatividad estatal un Consejo de la Judicatura que vigile las conductas de jueces y magistrados, y también de iniciar la discusión sobre la necesidad de establecer en el estado un sistema penal de corte acusatorio, con juicios orales y que permita la equidad procesal de las partes, para evitar que la justicia en Yucatán se siga aplicando de manera discriminatoria, protegiendo al poderoso y dejando en la indefensión al vulnerable.</p>
<p>El equipo Indignación, además de que mantendrá un puntual seguimiento del caso en las instancias subsecuentes, hará llegar un informe del caso al Comité de los Derechos de la Niñez y al Relator Especial sobre la Independiencia de Jueces y Abogados, ambos de Naciones Unidas, así como al Relator de las personas privadas de su libertad de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, puesto que las actuaciones de las instancias que ya han intervenido y el dilatado juicio comprometen seriamente el deber del estado mexicano en materia de justicia y de derechos de la infancia.</p>
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		<title>Seis años de impunidad</title>
		<link>http://indignacion.org.mx/2007/07/19/seis-anos-de-impunidad/</link>
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		<pubDate>Thu, 19 Jul 2007 23:19:48 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Indignacion</dc:creator>
				<category><![CDATA[2007]]></category>
		<category><![CDATA[Escuela de Menores Infractores]]></category>
		<category><![CDATA[infancia]]></category>
		<category><![CDATA[Comunicados 2007]]></category>
		<category><![CDATA[evaluaciones de derechos humanos]]></category>

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		<description><![CDATA[Comunicado del equipo Indignación El caso de la Escuela Social de Menores Infractores exhibe la persistencia de la impunidad, el fracaso de la administración que termina en materia de derechos humanos y la indolencia del gobierno, en sus tres ámbitos, frente a los tratos crueles infligidos a menores. Un dilatado juicio, que ha demorado todo [...]
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			<content:encoded><![CDATA[<p align="center">Comunicado del equipo Indignación</p>
<p>El caso de la Escuela Social de Menores Infractores exhibe la persistencia de la impunidad, el fracaso de la administración que termina en materia de derechos humanos y la indolencia del gobierno, en sus tres ámbitos, frente a los tratos crueles infligidos a menores.</p>
<p>Un dilatado juicio, que ha demorado todo el sexenio de “la alternancia”, ha negado a niñas y niños el derecho a la justicia, ha impedido el resarcimiento del daño y mantiene sin castigo a quienes los agraviaron, incumplimiento de obligaciones que en la práctica ha significado protección para la principal inculpada, Rocío Martell, ex directora de la Escuela Social de Menores Infractores.</p>
<p>El 31 de julio de 2001, justo un día antes del inicio de la administración de Patricio Patrón Laviada, el equipo Indignación A.C. hizo del conocimiento público la interposición de una queja ante la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) por violación a los derechos humanos de niños, niñas y adolescentes internos en la Escuela Social de Menores Infractores del estado. El 23 de abril de 2002, la CNDH, después de entrevistarse con los menores y de constatar los malos tratos ejercidos contra ellos, emitió la recomendación 10/2002 en la que corroboró las violaciones cometidas contra los niños y niñas internos y mandó determinar responsabilidades de los servidores públicos involucrados para ejercitar contra ellos acción penal y sancionarlos.</p>
<p>Las violaciones denunciadas y posteriormente comprobadas por la CNDH no son de orden menor. Para que no olvidemos de lo que estamos hablando, recogemos aquí algunas de ellas:</p>
<p>“Los menores entrevistados (7) (8) (9) (10) (11) (12) (13) (14) (15) (16) (17) y (18) coincidieron en señalar que la exdirectora María del Rocío Martell López los golpeaba con un zapato en la cabeza y les daba “cachetadas”; los encerraba en un cuarto hasta por tres días sin darles alimentos; los hincaba sobre el piso de una cancha, la cual tenía piedras pequeñas, con un bloque de concreto en cada brazo y otro más amarrado a la nuca con una soga; en ocasiones les introducía una pastilla de jabón de baño en la boca para obligarlos a decir quien había cometido una falta; los llamaba a la dirección de la escuela, y estando ahí les bajaba los pantalones, les apretaba el pene y los testículos para que informaran quien había cometido alguna falta; como castigo, no les daba de comer durante tres días; los obligaba a desyerbar las áreas verdes de la escuela y, además, los amenazaba con enviarlos al Centro de Rehabilitación Social del estado, si tenían mal comportamiento, o con dejarlos internos en la escuela durante un lapso mayor al determinado por el Consejo Tutelar; asimismo, esta servidora pública, permitía que el chofer Martín Espínola los agrediera con un tubo de “poliducto”… Por su parte (19) manifestó que continuaba en la escuela porque no tiene familia que se haga cargo de ella; que la exdirectora Rocío Martell regañaba frecuentemente a todas las niñas, y si las descubría observando a los niños las golpeaba con una manguera;  que  en  reiteradas  ocasiones  fue  llevada  a  la  dirección  y  ahí  la exdirectora la desvestía, diciéndole que lo hacía para ver si tenía “chupetones”, además de que le gustaba apretarle con fuerza sus pezones; también las dejaba hasta dos semanas encerradas en una de las habitaciones de la sección de niñas, sin darles de comer ni permitirles que se bañaran; sin embargo, la coordinadora Lourdes Quijano Sánchez, siempre se preocupó por ellas y les daba algunos alimentos. Agregó (19) que frecuentemente era llamada a la dirección donde la entonces directora la golpeaba, y en una ocasión le “tusó” el cabello” (Recomendación 10/2002, de la CNDH).</p>
<p>Y la lista de atrocidades continúa hasta el cansancio.</p>
<p>Durante los nueve meses que pasaron entre la presentación de la queja (julio 2001) y la resolución de la CNDH (abril 2002), la administración de Patrón Laviada no inició ninguna investigación, a pesar de conocer los tratos crueles e inhumanos públicamente denunciados y que, más tarde, con la recomendación de la CNDH, habrían de consternar al país. Esta inacción motivó que las sanciones administrativas recomendadas por la CNDH no pudieran concretarse, debido a que ya había prescrito el tiempo previsto por la ley para su aplicación.</p>
<p>A raíz de la recomendación de la CNDH se inició la averiguación previa, y con ella un proceso judicial que ha durado todo el sexenio. La jueza Rubí González Alpuche permitió, en abierta violación de los derechos de los niños y niñas, el careo de los menores con la persona presuntamente responsable de infligirles tratos crueles e inhumanos.</p>
<p>El pasado 12 de julio, ante la susodicha jueza, se realizó la última audiencia de un juicio que ha sido inusualmente dilatado. Se trata de la misma jueza que, en el caso de las y los jóvenes detenidos el 13 de marzo en el marco de las protestas contra Bush, y basada exclusivamente en los informes de los policías, determinó autos de formal prisión en contra de las y los jóvenes cuyos expedientes se han seguido en el juzgado séptimo y les impuso fianzas exorbitantes. En el caso de los menores infractores, no le ha bastado a la jueza la recomendación de la CNDH, prueba documental pública con valor probatorio pleno, para dictaminar sobre el caso después de tenerlo bajo su cargo durante seis años.</p>
<p>Ante la cercanía del final del proceso judicial, cuando deberá dictarse sentencia, el equipo Indignación A.C. manifiesta:</p>
<p>1. El caso de la Escuela Social de Menores Infractores es un reflejo del fracaso de la administración que termina en materia de derechos humanos. Seis años de impunidad muestran el lugar que ocupó para el gobierno saliente el bienestar de los niños y las niñas internos en la Escuela.<br />
2. La ex directora de la Escuela, el psicólogo, los maestros y guardias que, por acción u omisión participaron en las violaciones a los derechos de los niños y niñas deben ser castigados. También deberán asumir su responsabilidad en los hechos los responsables de otros organismos involucrados en dichas violaciones: el Consejo Tutelar de Menores, la Procuraduría de Defensa del Menor y de la Familia y la Procuraduría General de Justicia del Estado.<br />
3. El caso de la Escuela Social de Menores Infractores se une a numerosas denuncias hechas durante el sexenio en contra de otras autoridades penitenciarias. El gobierno que termina mantuvo en su cargo al director del CERESO de Mérida, a pesar recomendaciones emitidas por la CNDH por graves violaciones a los derechos de internos e internas del CERESO de Mérida cuando él ya era director de dicho centro.<br />
4. En este caso, como en otros, queda demostrado que el gobierno del estado apostó al olvido social en asuntos en los que tenía obligación de intervenir y actuar de manera firme y expedita. A seis años, los hechos de la Escuela Social son una realidad indeleble en quienes los sufrieron y con quienes el Estado tiene una deuda impagable por no haberlos protegido y velado por sus derechos.<br />
5. El poder judicial del estado ha demostrado que no mide con la misma vara ni aplica con igual rigor la ley penal. Por un lado somete a proceso a personas detenidas en franca violación a los derechos humanos, y por el otro dilata en extremo procesos penales en los que están involucrados funcionarios públicos acusados de cometer violaciones graves en contra de uno de los sectores más vulnerables de la sociedad.  La actuación de la Juez Rubí González, encargada de ambos casos, cuestiona seriamente la imparcialidad e independencia del poder judicial del estado.</p>
<p>*******</p>
<p align="center"> Viernes 20 de julio, 11 de la mañana, en Amaro, presentación del informe:</p>
<p align="center"> &#8220;2001-2007: La Hacienda Restaurada. Derechos Humanos en &#8216;el Patronato&#8217;&#8221;</p>
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		<title>Codhey: Sobre la Ley de menores</title>
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		<pubDate>Fri, 13 Oct 2006 20:34:21 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Indignacion</dc:creator>
				<category><![CDATA[2006]]></category>
		<category><![CDATA[infancia]]></category>
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		<category><![CDATA[Cartas 2006]]></category>
		<category><![CDATA[CODHEY]]></category>

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		<description><![CDATA[Mérida, Yucatán, 13 de octubre de 2006 Lic. Jorge Victoria Maldonado. Presidente de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Yucatán. Como es de su conocimiento, el día 1 de octubre del presente año fue publicada en el Diario Oficial del Estado, la Ley de Justicia para adolescentes del Estado de Yucatán, así como [...]
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			<content:encoded><![CDATA[<p align="right">Mérida, Yucatán, 13 de octubre de 2006</p>
<p>Lic. Jorge Victoria Maldonado.<br />
Presidente de la Comisión de Derechos Humanos<br />
del Estado de Yucatán.</p>
<p>Como es de su conocimiento, el día 1 de octubre del presente año fue publicada en el Diario Oficial del Estado, la Ley de Justicia para adolescentes del Estado de Yucatán, así como diversas modificaciones a las leyes estatales para adaptar la reforma al artículo 18 de la Constitución Federal, publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 12 de diciembre del 2005.</p>
<p>Dichas reformas han suscitado una serie de polémicas y preocupaciones en virtud de que, entre otras cosas, en sus artículos transitorios, se establecen una serie de plazos para su entrada en vigor que generan un vacío legal que puede poner en riesgo diversos derechos humanos de los niños y adolescentes sujetos a la tutela de los órganos del estado y que, además, pueden implicar una violación a lo establecido en la reforma constitucional antes señalada.</p>
<p>En este tenor, y atendiendo a las nuevas facultades conferidas a las Comisiones públicas de derechos humanos y publicadas en el Diario Oficial de la Federación el jueves 14 de septiembre de 2006, mediante la cual se les otorga la facultad de presentar acciones de inconstitucionalidad, atentamente le solicitamos que valore la posibilidad de presentar esta acción legal ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, mediante la cual se solicite la inconstitucionalidad de aquellos artículos que dilaten la entrada en vigor de la Ley y que, en consecuencia, pongan en riesgo los derechos humanos básicos de las y los niños y adolescentes.</p>
<p>Es preciso señalar, que el plazo que establece el artículo 105 constitucional en su fracción II para la presentación de las acciones de inconstitucionalidad, es de 30 días naturales, razón por la cual el análisis y en su caso la presentación del recurso, deberán ser antes del 1 de noviembre del presente año.</p>
<p>Finalmente, le recordamos que en todo momento, la petición debe basarse en el interés superior de la niñez y de la adolescencia, pues el objetivo debe ser, precisamente, el que los beneficios que otorga la reforma constitucional, entren en vigor de manera inmediata.</p>
<p>Sin otro particular, y en espera de su pronta respuesta, quedo de usted.</p>
<p align="center">Atentamente.</p>
<p align="center">&nbsp;</p>
<p align="center">María Cristina Muñoz Menéndez.</p>
<p align="center">Indignación: Promoción y Defensa de los Derechos Humanos A.C.</p>
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		<title>La urgente lucha contra la impunidad. El caso de la escuela social de menores infractores</title>
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		<pubDate>Sat, 29 Apr 2006 00:45:58 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Indignacion</dc:creator>
				<category><![CDATA[2006]]></category>
		<category><![CDATA[Escuela de Menores Infractores]]></category>
		<category><![CDATA[infancia]]></category>
		<category><![CDATA[Comunicados]]></category>
		<category><![CDATA[Comunicados 2006]]></category>
		<category><![CDATA[escuela de menores]]></category>
		<category><![CDATA[Impunidad]]></category>

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		<description><![CDATA[Comunicado del Equipo Indignación A.C. Hace cuatro años causó consternación la recomendación 10/2002 de la C.N.D.H., en cuyo texto se divulgaron los tratos crueles, inhumanos y degradantes cometidos contra niñas y niños internos en la Escuela Social para Menores Infractores del Estado de Yucatán. Las vejaciones cometidas contra uno de los sectores más vulnerables de [...]
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			<content:encoded><![CDATA[<p align="center">Comunicado del Equipo Indignación A.C.</p>
<p>Hace cuatro años causó consternación la recomendación 10/2002 de la C.N.D.H., en cuyo texto se divulgaron los tratos crueles, inhumanos y degradantes cometidos contra niñas y niños internos en la Escuela Social para Menores Infractores del Estado de Yucatán.</p>
<p>Las vejaciones cometidas contra uno de los sectores más vulnerables de la población, así como la complicidad de las autoridades del más alto nivel que tuvieron conocimiento de estos hechos y omitieron realizar alguna acción para que cesaran las violaciones permanecen impunes.</p>
<p>La impunidad viola el derecho a la justicia, vulnera la democracia, profundiza las desigualdades y exhibe el fracaso del Estado. La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha definido a la impunidad como &#8220;la falta, en su conjunto, de investigación, persecución, captura, enjuiciamiento y condena de los responsables de las violaciones de los derechos protegidos por la Convención Americana” y ha señalado que &#8220;El Estado tiene la obligación de combatir tal situación por todos los medios legales disponibles ya que la impunidad propicia la repetición crónica de las violaciones de los derechos humanos y la total indefensión de las víctimas y sus familiares.”</p>
<p>El caso de la Escuela Social de Menores Infractores exhibió toda una red de complicidades y desnudó a un sistema incapaz de velar por la infancia y garantizar plenamente sus derechos.</p>
<p>La persona señalada como una de las principales responsables de los hechos, la exdirectora de la Escuela Social de Menores Infractores, enfrenta un juicio cuya resolución se ha retrasado ya más de tres años, dilación que también favorece la impunidad.</p>
<p>La impunidad en este caso se exhibió a los pocos meses de emitida la recomendación. La actual administración tuvo conocimiento de los hechos pero omitió investigarlos y comenzó a actuar solamente hasta que recibió la recomendación de la CNDH: Esta inacción culpable impidió la sanción a las faltas administrativas cometidas por servidores públicos.</p>
<p>El juicio contra la exdirectora de la Escuela Social de Menores Infractores permanece sin sentencia, pero durante el proceso se ha omitido, a juicio del Equipo Indignación, velar por el interés superior de los menores. Esta preocupación la hicimos pública desde noviembre de 2003, ante los careos que comenzaron a enfrentar las niñas y niños: “De hecho, este equipo manifiesta su extrañeza ante el hecho de que los careos hayan sido &#8220;de oficio&#8221; y no a petición de parte. La extrañeza se debe al hecho de que México está obligado, por los pactos que ha firmado, a procurar &#8220;el interés superior del niño y de la niña&#8221;. Procurar este interés superior ha llevado a algunos países a prohibir que menores se careen con sus agresores o permitirlo únicamente en casos excepcionales, para evitar, en lo posible, los efectos traumáticos que para un menor puede implicar el someterse a un careo.”<br />
Los careos con menores continuaron. El desistimiento de algunos, además de exhibir la presión a la que estuvieron sometidos, debe verse en el marco de la omisión de la jueza de velar por la mejores condiciones posibles para que los menores dieran su testimonio.</p>
<p>El desconocimiento de los tratados internacionales de derechos humanos y la falta de pericia de distintas autoridades (Ejecutivo, Ministerio Público que integró la averiguación previa, la Jueza a cargo del proceso, etcétera) para hacerlos valer ha impedido a las y los menores el acceso a la justicia y la reparación del daño a la que tienen derecho.</p>
<p>La valentía de quienes se atrevieron a denunciar las violaciones a los derechos de los menores documentadas y exhibidas en la recomendación 10/2002 de la CNDH, el sufrimiento de quienes estuvieron sometidos a tratos crueles, inhumanos y degradantes parecen haber sido en vano. Hoy persisten las condiciones que impiden sancionar a los violadores de derechos humanos y ponen en riesgo los derechos de la infancia en Yucatán.</p>
<p>El gobierno del Estado respondió con un edificio nuevo a la alarmante situación expuesta. No encontramos en la respuesta del Gobierno del Estado una revisión de las causas que llevan a los menores a cometer acciones tipificadas en el código de defensa social ni ha generado las condiciones para que la infancia pueda desarrollarse en el pleno ejercicio de sus derechos.</p>
<p>La Escuela Social de Menores Infractores en realidad le enseña a la infancia que sobre ellos caerá todo el peso de la ley, no la posibilidad de rehabilitarse ni, mucho menos, la posibilidad de vivir con todos sus derechos garantizados para no verse en condiciones de cometer acciones tipificadas en el código de defensa social. Le enseña que sobre ellos hay castigo pero que el sistema sabrá garantizar impunidad a quienes los agredieron.</p>
<p>A cuatro años de emitida la recomendación, a casi cinco años de denunciados los hechos ante la CNDH, el Equipo Indignación lamenta profundamente la incapacidad del Estado para garantizar a las niñas y niños de Yucatán el pleno respeto a sus derechos.</p>
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		<title>Careos infantiles: el Caso de la Escuela Social de Menores Infractores</title>
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		<pubDate>Wed, 12 Nov 2003 18:29:41 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Indignacion</dc:creator>
				<category><![CDATA[2003]]></category>
		<category><![CDATA[Escuela de Menores Infractores]]></category>
		<category><![CDATA[infancia]]></category>
		<category><![CDATA[Comunicados]]></category>
		<category><![CDATA[Comunicados 2003]]></category>
		<category><![CDATA[escuela de menores]]></category>

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		<description><![CDATA[ 12 de noviembre de 2003 Una de las víctimas de las violaciones a derechos humanos que ocurrieron al interior de la Escuela Social para Menores Infractores mientras era directora la Dra. Rocío Martel, informó en días pasados al Equipo Indignación que dicha doctora se comunicó con ella para ofrecerle dinero y amenazarla en caso de [...]
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			<content:encoded><![CDATA[<p align="right"> 12 de noviembre de 2003</p>
<p>Una de las víctimas de las violaciones a derechos humanos que ocurrieron al interior de la Escuela Social para Menores Infractores mientras era directora la Dra. Rocío Martel, informó en días pasados al Equipo Indignación que dicha doctora se comunicó con ella para ofrecerle dinero y amenazarla en caso de que declarase contra ella.<br />
Ante esta situación y ante la ausencia de algunos menores en los careos que están teniendo lugar en el juzgado que sigue este caso, el Equipo de Derechos Humanos Indignación A.C. hace las siguientes consideraciones:</p>
<p>1.Al menos una menor ha hecho saber que la Doctora Rocío Martel le ofreció dinero para que se desista de sus acusaciones y la amenazó. No puede descartarse la posibilidad de que algunas de las ausencias de menores a los careos tengan en su origen el temor ocasionado por similares mensajes dirigidos a ellos, ellas o sus familias.<br />
2.Los niños y niñas que acuden al juzgado acuden a carearse con una persona que presuntamente los agredió, humilló y violentó desde una posición de poder ejercida autoritariamente. Difícilmente un menor o una menor pueda hacer a un lado esta experiencia a la hora de declarar. Consideramos que la jueza no puede desestimar esta circunstancia; además, de ratificar alguno de los menores en su declaración las presuntas amenazas y ofrecimiento de dinero —lo que podría constituir un nuevo ilícito—, la jueza tendría que actuar en consecuencia.<br />
3.De hecho, este equipo manifiesta su extrañeza ante el hecho de que los careos hayan sido “de oficio” y  no a petición de parte. La extrañeza se debe al hecho de que México está obligado, por los pactos que ha firmado, a procurar “el interés superior del niño y de la niña”. Procurar este interés superior ha llevado a algunos países a prohibir que menores se careen con sus agresores o permitirlo únicamente en casos excepcionales, para evitar, en lo posible, los efectos traumáticos que para un menor puede implicar el someterse a un careo. La Constitución Mexicana indica que los menores no están obligados a carearse en los casos de secuestro y de violación. Algo de ambas cosas tienen los ilícitos presuntamente cometidos en contra de los menores que estuvieron internos en la Escuela Social cuando fue directora la Doctora Rocío Martel.<br />
4.A la Comisión Nacional de los Derechos Humanos le llevó nueve meses concluir la investigación en el caso de la Escuela de Menores Infractores. Requirió especialistas que pudieran recabar las pruebas y obtener el testimonio de los menores con pericia, tacto y delicadeza en el trato con las niñas y niños. La misma recomendación constituye una prueba documental pública que confiamos sea tomada como tal por la jueza.<br />
5.Desde que el Ministerio Público inició la investigación, los menores han sido requeridos para rendir su declaración y ahora la jueza los cita para carearse con sus agresores. De acuerdo con la convención sobre derechos de la infancia, los niños y las niñas tienen derecho a ser escuchados en un proceso judicial, por lo que consideramos que bien podría la jueza ofrecer un ambiente más propicio para que los niños y las niñas rindieran su testimonio con mayor libertad, evitando los efectos traumáticos de un careo y garantizando la confidencialidad con respecto al nombre de los y las menores.<br />
6.En este momento del proceso el Ministerio Público tendrá que actuar con pericia y poner todos los medios a su alcance para cumplir con su función de representar cabalmente a la parte agraviada, que lo fue, precisamente, por una servidora pública, es decir, por el Estado.<br />
7.Los niños y las niñas tienen derecho a que la ley y la justicia los protejan, a que no queden impunes delitos cometidos contra ellos y a que se les resarza el daño que se les ocasionó. Esperamos que el proceso que actualmente se sigue en el juzgado pueda garantizarle a los niños y niñas que estuvieron internos en la Escuela Social de Menores Infractores el cumplimiento de estos derechos.</p>
<p>Atentamente,</p>
<p>EQUIPO INDIGNACIÓN A.C.</p>
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