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	<title>Indignación &#187; 2007</title>
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	<description>Promoción y Defensa de los Derechos Humanos</description>
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		<title>Diputadas y diputados incumplen compromiso con Kimbilá</title>
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		<pubDate>Thu, 20 Dec 2007 01:28:11 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Indignacion</dc:creator>
				<category><![CDATA[2007]]></category>
		<category><![CDATA[Comunicados]]></category>
		<category><![CDATA[Kimbilá]]></category>
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		<category><![CDATA[Elecciones comisarías]]></category>
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		<description><![CDATA[En riesgo la seguridad de habitantes Comunicado del equipo Indignación A.C. Diputadas y diputados de la LVIII legislatura incumplieron el compromiso de crear una comisión plural e instalar una mesa de diálogo para lograr que se respete el derecho del pueblo de Kimbilá a elegir a sus propias autoridades y resolver el conflicto que ha [...]
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			<content:encoded><![CDATA[<p align="left">En riesgo la seguridad de habitantes</p>
<p>Comunicado del equipo Indignación A.C.</p>
<p>Diputadas y diputados de la LVIII legislatura incumplieron el compromiso de crear una comisión plural e instalar una mesa de diálogo para lograr que se respete el derecho del pueblo de Kimbilá a elegir a sus propias autoridades y resolver el conflicto que ha ocasionado la ilegal intervención del alcalde de Izamal en la designación del comisario.</p>
<p>El incumplimiento de la legislatura se suma a la serie de agravios que ha sufrido la población de Kimbilá y que iniciaron a raíz de que el Presidente municipal de Izamal se negó a reconocer a la candidata ganadora de las elecciones comisariales, imponiendo a quien quedó en segundo lugar. A partir de esa situación los habitantes de Kimbilá han<br />
reivindicado su derecho a elegir a sus propias autoridades, sin encontrar eco en ninguna autoridad municipal o estatal.</p>
<p>En una reunión sostenida en el Congreso con habitantes de Kimbilá –la cual atestiguaron integrantes del equipo Indignación– el pasado 13 de diciembre, diputados y diputadas del PRI, PRD, PAN y de la coalición “Todos somos Yucatán” se comprometieron a integrar una comisión plural debido a que en la comisión de desarrollo municipal únicamente hay<br />
diputadas y diputados del PRI y del PAN.</p>
<p>El compromiso fue que crearían dicha comisión el lunes 17 de diciembre y que ese mismo día acudirían a Kimbilá para instalar la mesa de diálogo que pudiera contribuir a resarcir los agravios ocasionados al pueblo de Kimbilá.</p>
<p>Ayer lunes 17 de diciembre, hasta las siete de la noche, ningún diputado o diputada se había comunicado con habitantes de Kimbilá que estuvieron en dicha reunión, a pesar de que desde la mañana estos últimos se comunicaron con el presidente de la Comisión de Desarrollo Municipal del Congreso para preguntar a qué hora se instalaría la mesa de diálogo.</p>
<p>Fue hasta después de las siete de la noche cuando la diputada Bertha Pérez, del PRD –que no forma parte de la Comisión Municipal pero que se integraría a la plural–, se comunicó con integrantes del equipo Indignación para comunicar que la Comisión de Desarrollo Municipal no sesionó por falta de Quórum, de forma que ni se integró la comisión plural ni se acudiría a Kimbilá ni se instalaría la mesa de diálogo ni hay fecha para otra reunión próximamente.</p>
<p>Las y los diputados han sido enterados formalmente de las actuaciones ilegales en las que ha incurrido el alcalde de Izamal, de los agravios cometidos contra el pueblo de Kimbilá, así como de las agresiones y amenazas que han vivido sus habitantes y del tenso ambiente que prevalece, situaciones que ponen en riesgo la integridad física del las y los habitantes de este pueblo maya.</p>
<p>El incumplimiento de las y los diputados no sólo favorece la continuación de violaciones contra habitantes de este pueblo maya, sino que pone en riesgo la seguridad de sus habitantes y entorpece la búsqueda de soluciones pacíficas en las cuales han insistido quienes, en Kimbilá, exigen el respeto a su derecho a elegir a sus propias autoridades.</p>
<p>En virtud de lo anterior, este Equipo de derechos humanos responsabiliza al legislativo del estado, al Presidente municipal de Izamal y al Gobierno del Estado de cualquier situación de violencia que se pudiera generar en la entidad ante la imposibilidad de encontrar salidas institucionales para destrabar el conflicto. La responsabilidad de los diputados deriva de las obligaciones que éstos tienen como servidores públicos y representantes populares. Más aún cuando el conflicto también es consecuencia de un normatividad que no establece reglas claras para garantizar que las elecciones de comisarios se efectuarán de acuerdo a los más altos estándares de protección a los derechos humanos.</p>
<p>Por otra parte, este equipo deplora que el Presidente municipal de Izamal esté utilizando mecanismos de presión para reprimir las expresiones de inconformidad de la población, pues según testimonios de los pobladores el ministerio público de Izamal –que depende del Ejecutivo estatal- ha enviado citatorios a 18 personas para que se presenten a declarar ante la agencia de Izamal. Las 18 personas son parte de quienes han protestado por la intervención del alcalde, con lo cual existe el riesgo evidente de que se utilicen los aparatos de justicia penal para reprimir y criminalizar un movimiento de reivindicación de  derechos. La utilización de los órganos encargados de procurar justicia para inhibir expresiones de inconformidad social fue una de las prácticas más deleznables de la administración estatal anterior, y vemos con preocupación que existe el riesgo de que la<br />
actual administración incurra en esa forma de represión. </p>
<p> Igualmente violatorio a derechos humanos resulta el hecho de que el Presidente municipal haya retirado la ambulancia de la comisaría, lo que se interpreta como medio de castigo para los ciudadanos inconformes. Según testimonios de varios pobladores de Kimbilá, la  ambulancia sólo está disponible para quienes son afines al comisario impuesto por el Presidente municipal, con lo cual se pone en riesgo la salud y la integridad física de la población, en un acto que podría constituir responsabilidad administrativa y penal de Presidente municipal.</p>
<p>Por lo anteriormente señalado, este equipo de derechos humanos exige:</p>
<p>Que en cumplimiento de los acuerdos celebrados el día 13 de diciembre entre pobladores de Kimbilá y diputados de las diversas fuerzas parlamentarias, se efectúe a la brevedad posible la mesa de diálogo que permita finalmente restituir los derechos que han sido violados al pueblo de Kimbilá.</p>
<p>Que el gobierno del estado se abstenga de utilizar a la Procuraduría de Justicia para inhibir el ejercicio de derechos y reprimir las expresiones de inconformidad que son producto de ilegalidades cometidas por las autoridades municipales.</p>
<p>Que se respete el derecho a la salud de los integrantes y se les restituya el servicio de ambulancia, puesto que negarse a brindar un derecho fundamental a la población implica violaciones graves a derechos humanos que son motivo de responsabilidad política,<br />
administrativa y penal.</p>
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		<title>En Kimbilá se violan derechos del pueblo maya</title>
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		<pubDate>Sat, 15 Dec 2007 23:38:49 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Indignacion</dc:creator>
				<category><![CDATA[2007]]></category>
		<category><![CDATA[Comunicados]]></category>
		<category><![CDATA[Informes]]></category>
		<category><![CDATA[Kimbilá]]></category>
		<category><![CDATA[pueblo maya]]></category>
		<category><![CDATA[Comunicados 2007]]></category>
		<category><![CDATA[Elecciones comisarías]]></category>

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		<description><![CDATA[Tres niveles de gobierno incurren en omisiones y acciones que lesionan garantías Comunicado del equipo Indignación A.C. El derecho del pueblo de Kimbilá a elegir a sus autoridades está siendo vulnerado por la intervención ilegal del presidente municipal de Izamal, en tanto que omisiones y acciones de ese Ayuntamiento, del Gobierno del Estado, así como [...]
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			<content:encoded><![CDATA[<p align="center">Tres niveles de gobierno incurren en omisiones y acciones que lesionan garantías</p>
<p align="center">Comunicado del equipo Indignación A.C.</p>
<p>El derecho del pueblo de Kimbilá a elegir a sus autoridades está siendo vulnerado por la intervención ilegal del presidente municipal de Izamal, en tanto que omisiones y acciones de ese Ayuntamiento, del Gobierno del Estado, así como de la legislatura anterior y de la actual, ponen en riesgo la seguridad de las y los habitantes de esa comisaría.</p>
<p>El Alcalde de Izamal incurrió en diversas responsabilidades en la organización de las elecciones para comisario de Kimbilá ya que en éstas no garantizó la libertad ni la equidad en la contienda e hizo campaña a favor de uno de los candidatos. Posteriormente, al resultar ganadora una mujer, incurrió en acciones ilegales al quitarla e imponer al candidato que quedó en segundo lugar, lo que también podría configurar discriminación de género.</p>
<p>El 28 de septiembre del presente año se efectuaron elecciones para elegir comisario de Kimbilá, municipio de Izamal, Yucatán, en las cuales resultó ganadora Doña Feliciana Mex. A pesar de ello, el Presidente municipal de Izamal, Roberto Antonio Rodríguez Asaf, desconoció el proceso electoral e impuso al C. Rogelio Can bajo el argumento de que la candidata ganadora no estaba en el padrón electoral. A raíz de esta situación inició un conflicto post electoral que ha durado casi tres meses y en el cual se han generado situaciones que ponen en riesgo la integridad de las y los habitantes de Kimbilá.</p>
<p>La tensión que a lo largo de estos dos meses se ha vivido en Kimbilá se acentuó el día 12 de diciembre, cuando el comisario no electo intentó tomar posesión del palacio comisarial, generando una situación de enfrentamiento entre la mayoría de la población y la policía municipal de Izamal que protegía al candidato impuesto. Finalmente y después de un largo período de negociación, se acordó que nadie se quedaría en el palacio y que éste quedaría a resguardo de la policía del Estado, hasta en tanto no se resolviera el conflicto post-electoral. Este acuerdo estuvo a punto de fracasar el 14 de diciembre toda vez que la policía estatal se ausentó por un período que estuvo a punto de generar un nuevo enfrentamiento entre policía municipal y habitantes de Kimbilá.</p>
<p>La candidata ganadora, Doña Feliciana Mex, después de diversas agresiones, amenazas y ofertas, ha desistido de continuar exigiendo el respeto al resultado electoral, mientras que vecinas y vecinos de Kimbilá, independientemente del desistimiento de doña Feliciana, continúan exigiendo que sean los propios habitantes quienes elijan a su autoridad y que cesen los agravios hacia su pueblo.</p>
<p>El 13 de diciembre de 2007, una comisión de ciudadanos de la Comisaría de Kimbilá se reunió con una comisión plural de legisladores integrada por los Diputados Jorge Carlos Berlín Montero, Víctor Chi Trujeque y Elsa Sarabia Cruz, del PRI; Carlota Storey Montalvo, del PAN; Bertha Pérez Medina del PRD y Doris Candila Echeverría del PTSY, para plantearles nuevamente la urgente necesidad de establecer vías para resolver el conflicto generado por la ilegal intervención del alcalde de Izamal.</p>
<p>Hicieron entrega de un documento, avalado por aproximadamente mil firmas de habitantes de Kimbilá, en el cual solicitan: a) Nuevas elecciones, bajo los principios de equidad e imparcialidad, en las cuales se respete la voluntad popular; b) Que sea la policía del estado la que resguarde el palacio de la comisaría hasta en tanto se resuelva el conflicto; c) Que en el espacio de negociación que se genere estén presentes, además del presidente municipal de Izamal, diputados de todas las fracciones parlamentarias y funcionarios estatales para garantizar un mínimo de equidad. Durante la reunión también se exigió que las negociaciones se efectuaran en Kimbilá, de tal manera que las autoridades que participen en la mesa de negociación pudieran percatarse del clima que se vive en la entidad. Estas mismas peticiones fueron hechas, momentos antes, a la gobernadora del estado a través de la Oficialía de partes del ejecutivo.</p>
<p>Las y los diputados presentes en la reunión se comprometieron a establecer el próximo lunes 17 una mesa de diálogo para llegar a una solución pacífica.</p>
<p>El equipo Indignación considera que:</p>
<p>A. Existe violación a los derechos políticos de los habitantes de Kimbilá, puesto que el Presidente municipal desconoció a la candidata ganadora e impuso ilegalmente a quien quedó en segundo lugar sin tener atribuciones para ello, pasando por alto la voluntad del pueblo.</p>
<p>B. Existe violación al derecho que tienen los pueblos indígenas, en este caso el pueblo maya, a elegir a sus propias autoridades, derecho que se encuentra reconocido en el Convenio 169 de la OIT y en la Constitución del estado de Yucatán.</p>
<p>C. El alcalde de Izamal podría haber incurrido en discriminación de género, puesto que, además, se privó de manera arbitraria a una mujer que había ganado las elecciones para comisario/a.</p>
<p>Vemos con preocupación que ante el creciente descontento de la gente de Kimbilá, el presidente municipal de Izamal ha pretendido utilizar la provocación para generar una situación de mayor tensión y enfrentamiento en la población. Resulta urgente e indispensable que las y los diputados, así como las autoridades del Gobierno del Estado atiendan finalmente un conflicto en el que también tienen responsabilidad. El Gobierno del Estado incluso intervino en negociaciones que no sólo omitieron partir de las violaciones cometidas contra el pueblo de Kimbilá, sino que las avalaron.</p>
<p>El actual agravio contra el pueblo maya también se deriva de actuaciones de la legislatura anterior y de la actual por la creación de ordenamientos que no reconocen plenamente los derechos del pueblo maya o que dificultan el pleno ejercicio de estos derechos, así como por la ausencia de una normatividad que establezca un procedimiento claro en las elecciones para Comisaria/o</p>
<p>El derecho de los habitantes de las comisarías a elegir a sus propias autoridades se reconoció en la Constitución local a partir de la modificación derivada de las reformas al artículo 115 de la Constitución Federal. Sin embargo esta modificación exhibe graves limitaciones que ya antes había señalado este equipo puesto que continúa llamando autoridades auxiliares del municipio a los comisarios y deja a los Ayuntamientos la reglamentación que ampare el proceso de elección de las autoridades, con lo cual existe el riesgo de que los presidentes municipales manipulen las elecciones de comisarías, como ha sucedido en Kimbilá y en otras elecciones anteriores como en Libre Unión.</p>
<p>Es indispensable que el legislativo fortalezca la normatividad, cubra las lagunas existentes y dé a las elecciones de comisarios/as el rango que merecen, pues pareciera ser que las elecciones a comisarios son de segunda categoría, con lo cual también se evidencia discriminación hacia el pueblo maya.</p>
<p>Cualquier negociación que se realice para destrabar el conflicto tiene que partir del reconocimiento de las violaciones que diversas autoridades han cometido en este proceso y deslindar las responsabilidades de tal forma que se garantice que ninguna acción ilegal de algún funcionario público quedará impune.</p>
<p>Es obligación de las y los diputados y del Gobierno del Estado contribuir a la resolución de este conflicto reconociendo y resarciendo las violaciones generadas a la población. De no ser así, se sentaría un peligroso precedente que impulsaría a otros presidentes municipales a violar derechos del pueblo maya y derechos civiles y políticos de las y los habitantes de las comisarías yucatecas.</p>
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		<title>Consejos, programas de radio y comadreo</title>
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		<pubDate>Sat, 15 Dec 2007 15:55:18 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Indignacion</dc:creator>
				<category><![CDATA[2007]]></category>
		<category><![CDATA[Comunicados]]></category>
		<category><![CDATA[Género]]></category>
		<category><![CDATA[Mujeres]]></category>
		<category><![CDATA[10 de diciembre]]></category>

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		<description><![CDATA[Descarga aquí el cuaderno Un cuaderno para comadrear Propuesta pedagógica para recuperar la historia, analizar las distintas violencias contra las mujeres y articular experiencias El equipo Indignación presentó un “cuaderno para comadrear”, material que incluye 28 programas de audio y textos con biografías de mujeres que han participado en la transformación de su entorno y [...]
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			<content:encoded><![CDATA[<div><a href="http://indignacion.org.mx/publicaciones/main.php?g2_itemId=463&amp;g2_GALLERYSID=36c13c3c21387a1c01fe3c4056e7cffc"><img src="http://indignacion.org.mx/publicaciones/main.php?g2_view=core.DownloadItem&amp;g2_itemId=465&amp;g2_serialNumber=2&amp;g2_GALLERYSID=2e17f55497f80a494ecbd8f084936474 " height="150" width="116" /></a></div>
<p align="center"><a href="http://indignacion.org.mx/publicaciones/main.php?g2_itemId=463&amp;g2_GALLERYSID=36c13c3c21387a1c01fe3c4056e7cffc">Descarga aquí el cuaderno</a></p>
<div><strong> Un cuaderno para comadrear</strong></div>
<p>Propuesta pedagógica para recuperar la historia, analizar las distintas<br />
violencias contra las mujeres y articular experiencias</p>
<p>El equipo Indignación presentó un “cuaderno para comadrear”, material que incluye 28 programas de audio y textos con biografías de mujeres que han participado en la transformación de su entorno y con situaciones que retratan distintas violencias contra las mujeres.</p>
<p>“A partir de las biografías de algunas mujeres, cuyas historias se mantienen al margen de la historia oficial, aprendemos sobre distintos países y realidades de tal forma que el cuaderno puede resultar un curso sobre geopolítica y feminismo”, afirmó el equipo Indignación durante la presentación del libro a integrantes de organizaciones comunitarias y populares.</p>
<p>“Amadrinó” la presentación del libro la doctora Doris Ruiz Galindo, mujer pionera en el trabajo de educación popular en México que, junto con otras personas, fundó el Centro de Estudios para el Desarrollo Rural (Cesder) en la Sierra de Puebla y que continúa impulsando propuestas educativas en los pueblos indígenas, como la Universidad Mixe en Oaxaca, la cual asesora, y una preparatoria en Chiapas.</p>
<p>Doris dijo que en los programas del cuaderno para comadrear encuentra tres enseñanzas o “consejos sabios” que le interesó destacar: la historia de nuestro pueblo y de otras mujeres es un camino liberador que proyecta un futuro lleno de esperanza y de vida buena (lekil kuxlejalil) para los pueblos. Añadió, sobre este primer eje, que el desconocimiento de la historia va borrando significados y deja crecer la desesperanza y propuso preguntarse cómo hicieron las mujeres cuyas biografías se presentan para cambiar su dolor en rabia que les dio energía para una vida nueva.</p>
<p>El segundo consejo es “júntense” y citó a Don Helder Cámara para decir que los sueños individuales se quedan en sueños y que son los sueños colectivos los que se hacen realidad.</p>
<p>Doris dijo que lo tercero que aprendió a partir del cuaderno es que no se nace luchadora ni sabia, sino que una se hace sabia y luchadora como respuesta a su historia.</p>
<p>Los programas de radio que incluye el “cuaderno para comadrear” se tomaron del portal electrónico de radialistas apasionadas y apasionados. A los textos el equipo Indignación les añadió un vocabulario redactado por sus integrantes así como preguntas que son una guía para comadrear.</p>
<p>El comadreo, actividad tan cotidiana y placentera, se recupera y se presenta como propuesta pedagógica que se inscribe en la lógica del “diálogo de saberes” y de la construcción colectiva del conocimiento.</p>
<p>La presentación se hizo en el Centro Loyola el lunes 10 de diciembre, que es el último de los 16 días de activismo contra la violencia hacia las mujeres y es el día en el que se recuerda la Declaración Universal de los Derechos Humanos.</p>
<p>En la presentación Raúl Lugo Rodríguez destacó la efeméride señalando que la declaración nació con un sesgo de género contrario a la igualdad, puesto que el antecedente inmediato fue la “Declaración de los Derechos del hombre y del ciudadano”, en el marco de la revolución francesa.</p>
<p>Jorge Fernández Mendiburu se refirió a los incumplimientos del Estado mexicano de las recomendaciones derivadas del capítulo 5 del Diagnóstico de la ONU en materia de derechos humanos, capítulo que se refiere a las garantías fundamentales de las mujeres. Asimismo, deploró la resolución de la Suprema Corte de Justicia que desdeñó las violaciones a los derechos humanos de la periodista Lydia Cacho y favoreció la impunidad de las autoridades involucradas.</p>
<p>Cristina Muñoz, Silvia Chalé y Martha Capetillo ejemplificaron cómo puede llevarse una reunión a partir de uno de los programas de audio y contaron la experiencia del diálogo en las reuniones comunitarias que llevó a hacer la propuesta del cuaderno para comadrear.</p>
<p>Entre las biografías se incluyen las de Rigoberta Menchú, la comandanta Ramona, las abuelas de la Plaza de Mayo, Gladis Marín y Olimpia de Gouges, entre otras. Los programas sobre situaciones de violencia abordan temas como la violencia física, la violencia verbal, el acoso laboral, la violencia patrimonial, entre otras.</p>
<p>En un ambiente fraternal, de confianza, entre “comadres” y algunos compadres dispuestos a “comadrear” y a aprender, se realizó la presentación del cuaderno. Previendo que el “comadreo” que se realizó en la presentación pudiera propiciar el compartir historias personales que requiriesen confianza y discreción de las y los asistentes, el equipo Indignación decidió comunicar el evento a los medios posteriormente y a través de este comunicado.</p>
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		<title>Codhey recomienda impunidad</title>
		<link>http://indignacion.org.mx/2007/11/21/codhey-recomienda-impunidad/</link>
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		<pubDate>Wed, 21 Nov 2007 19:43:45 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Indignacion</dc:creator>
				<category><![CDATA[2007]]></category>
		<category><![CDATA[Comunicados]]></category>
		<category><![CDATA[Martes 13 Antibush]]></category>
		<category><![CDATA[Organismos Ciudadanos]]></category>
		<category><![CDATA[Bush en Yucatán]]></category>
		<category><![CDATA[CODHEY]]></category>
		<category><![CDATA[Comunicados 2007]]></category>
		<category><![CDATA[Impunidad]]></category>
		<category><![CDATA[Represión]]></category>

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		<description><![CDATA[Viola derechos de la infancia Más de siete meses después de la razzia que derivó en detenciones violentas y arbitrarias así como tratos crueles que podrían constituir tortura contra 48 jóvenes en el contexto de la visita de George Bush a Yucatán la Comisión de Derechos Humanos de Yucatán (Codhey) emitió una recomendación que propicia [...]
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			<content:encoded><![CDATA[<p align="center">Viola derechos de la infancia</p>
<p>Más de siete meses después de la razzia que derivó en detenciones violentas y arbitrarias así como tratos crueles que podrían constituir tortura contra 48 jóvenes en el contexto de la visita de George Bush a Yucatán la Comisión de Derechos Humanos de Yucatán (Codhey) emitió una recomendación que propicia impunidad y en la que incurre en violaciones a los derechos de esos mismos jóvenes.</p>
<p>A pesar de concluir, a partir de los dictámenes médicos oficiales, que &#8220;las lesiones antes apuntadas de ninguna manera pueden ser consideradas como el resultado de un sometimiento&#8221;, la Codhey no cataloga como tortura las lesiones infligidas, sólo recomienda iniciar un procedimiento administrativo y omite recomendar una investigación penal.</p>
<p>Estas y otras graves faltas cometidas por la Codhey las documenta el equipo Indignación en un análisis realizado sobre la recomendación 19/2007. Asimismo, este equipo ha dirigido una carta al presidente de la Codhey exigiéndole interponer la denuncia penal por tortura, la cual tenía obligación de presentar al momento de tener conocimiento de hechos que podían constituir este ominoso delito.</p>
<p>Los dictámenes médicos realizados a las y los jóvenes detenidos en la razzia del 13 de marzo y citados por la Codhey en su propia recomendación señalan que varios de ellos presentaron edemas, equimosis, laceraciones, heridas puntiformes, cefalohematoma e incluso un caso de fractura en costilla</p>
<p>La propia Codhey incurrió en violaciones a derechos de la infancia y, en general, de los jóvenes detenidos al hacer públicos sus nombres y otros datos que tiene obligación de proteger en el cuerpo de la recomendación, la cual publicó en su página de internet el 30 de octubre pasado, aunque está fechada el 23 de octubre.</p>
<p>Al respecto, el equipo Indignación acudió ante el Instituto de Acceso a la información Pública del estado de Yucatán para solicitar su intervención inmediata a fin de proteger los nombres de los menores y determinar las responsabilidades en las que incurrió el titular de la Codhey. Los nombres de los menores y otros datos personales ya han sido eliminados de la versión que la Codhey publica en su portal electrónico, versión que también ha modificado la fecha de emisión de la recomendación datándola el 16 de octubre.</p>
<p>A criterio de este equipo de derechos humanos, la Recomendación 19/2007:</p>
<p>1.- No cataloga las violaciones cometidas por los policías aprehensores como tortura. A pesar de existir elementos suficientes para determinar la existencia de esta violación a derechos humanos, la Codhey sólo establece que los policías cometieron &#8220;uso excesivo de la fuerza&#8221;. Este hecho resulta preocupante ya que existen casos graves como el de una persona que, con motivo de la agresión policial, resultó con dos costillas rotas. Caso que la propia Codhey resalta, admitiendo que esas lesiones no fueron producto de la detención (sino de actos posteriores). A pesar de ello la Codhey minimiza la gravedad de la agresión y omite calificar adecuadamente la violación a derechos humanos.</p>
<p>2.- Sus recomendaciones fomentan la impunidad. La Codhey sólo le pide a la SPV y a la Policía Municipal que inicie un procedimiento administrativo en contra de los policías agresores. No obstante el plazo establecido por la Ley de responsabilidad de los servidores públicos del estado establece que las faltas administrativas cometidas por funcionarios públicos prescriben a los tres meses a partir de la fecha en que se cometió la falta. Por tanto existe el temor fundado de que las autoridades se nieguen a investigar y sancionar administrativamente a los policías responsables bajo este argumento. A esto se aúna el hecho de que la Codhey omite recomendar, entre otras cosas, una investigación penal de las violaciones a derechos humanos cometidas, así como medidas integrales de reparación del daño para los agraviados.</p>
<p>3.- Sólo documenta los actos cometidos por elementos por la SPV y la Policía municipal, pero no hace referencia alguna a las violaciones a derechos humanos que sufrieron los detenidos ante el Ministerio Público y ante la titular del Juzgado Séptimo de Defensa Social del estado. Es preciso recordar que cuando se remitió a los detenidos a la Procuraduría de Justicia del estado, se les mantuvo incomunicados y se les impidió el ejercicio del derecho a una defensa adecuada, violando con ello su derecho a un debido proceso. Por su parte la Juez Séptimo incurrió en actos que ponen en entredicho la imparcialidad e independencia del poder judicial, y trató de manera discriminatoria a los detenidos, tomando sus determinaciones con criterios alejados a la legalidad. La Codhey omite hacer referencia o pronunciamiento alguno sobre estas violaciones.</p>
<p>4.- No hace referencia a las violaciones cometidas en contra de los menores de edad detenidos, a quienes se les violó el derecho a ser puestos a disposición del sistema especial de justicia para adolescentes al que obliga el artículo 18 constitucional.</p>
<p>Resulta preocupante que, a más de un mes de que este equipo de derechos humanos hizo llegar a la Codhey un análisis con observaciones en torno a la ausencia de estándares de protección en las recomendaciones que dicha institución ha emitido, la institución pública de derechos humanos continúe emitiendo recomendaciones superfluas y alejadas de los mas altos estándares de protección a los derechos humanos, que en nada contribuyen a consolidar los derechos humanos en la entidad.</p>
<p>En la carta dirigida al titular de la Codhey Indignación también ha reiterado la necesidad de que la Codhey emita una recomendación de carácter general ante las sistemáticas violaciones a derechos humanos cometidas por policías preventivos y funcionarios de la Procuraduría de Justicia del estado,  e insistido en que, para futuras recomendaciones, la Codhey se apegue a los más altos estándares de protección a los derechos humanos<br />
Las graves violaciones a derechos humanos cometidas en la administración anterior también deben de ser investigadas por la actual administración. El combate a la impunidad debe ser una prioridad de cualquier gobierno para demostrar que la investigación y sanción de funcionarios que violentan la ley alcanzará también a quienes desde la función pública violentan los derechos fundamentales de la población.</p>
<p><a title="Análisis de larecomendación 19-2007 de la CODHEY" href="http://indignacion.org.mx/wp-content/uploads/2007/11/analisis_rec_19-2007.pdf">Descarga aquí la carta envíada a la CODHEY: Análisis de larecomendación 19-2007</a></p>
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		<title>Gobierno de Yucatán atenta contra derechos humanos</title>
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		<pubDate>Wed, 07 Nov 2007 22:44:32 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Indignacion</dc:creator>
				<category><![CDATA[2007]]></category>
		<category><![CDATA[Comunicados]]></category>
		<category><![CDATA[Comunicados 2007]]></category>
		<category><![CDATA[Represión]]></category>
		<category><![CDATA[SPV]]></category>

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		<description><![CDATA[El equipo Indignación deplora el atentado contra la libertad de reunión, expresión y manifestación cometido por el gobierno de Yucatán contra un grupo de taxistas que ayer 6 de noviembre instaló una casa de campaña en la plaza grande de la ciudad de Mérida como medida de protesta en el marco de un conflicto interno [...]
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			<content:encoded><![CDATA[<p>El equipo Indignación deplora el atentado contra la libertad de reunión, expresión y  manifestación cometido por el gobierno de Yucatán contra un grupo de taxistas que ayer 6 de noviembre instaló una casa de campaña en la plaza grande de la ciudad de Mérida como medida de protesta en el marco de un conflicto interno de la cooperativa Radiotaxímetros de Yucatán.</p>
<p>Ayer mismo, según reportes periodísticos, policías vestidos de civil apoyados por agentes antimotines desarmaron la casa de campaña y la subieron a una camioneta de la SPV que llegó en ese mismo momento a la plaza grande. En la protesta se encontraban mujeres y niños.</p>
<p>Es obligación de los gobiernos garantizar que todo agente policiaco porte uniforme y/o placa visible que identifique a qué corporación pertenece. La actuación de los agentes debe ceñirse a las normas establecidas en el Código de conducta para funcionarios encargados de hacer cumplir la ley cuyo tercer artículo establece que la fuerza se utilizará únicamente cuando sea absolutamente necesario, en la medida en que lo requiera el desempeño de sus funciones y después de agotar todos los recursos posibles.</p>
<p>Asimismo, este equipo manifiesta su extrañeza por la detención de Rodolfo Macossay Cuevas, asesor legal de un grupo de taxistas, ocurrida el pasado sábado 3 de noviembre en el contexto de los conflictos internos de la cooperativa Radiotaxímetros de Yucatán que se disputan la dirección de la organización.</p>
<p>Rodolfo Macossay participó recientemente en la defensa legal de algunos jóvenes detenidos en la razzia que se realizó en el marco de las manifestaciones contra George Bush así como en la defensa de las personas detenidas en Oxcum el 6 de octubre de 2006.</p>
<p>Las personas detenidas el 3 de noviembre pasado, cuando uno de los grupos intentó tomar posesión del local de la cooperativa, fueron trasladadas al edificio de la SPV desde el mediodía y permanecieron ahí hasta las diez de la noche, hora a la que fueron turnadas al Ministerio Público, en vez de ser puestas de inmediato a disposición de la autoridad competente. Esta práctica, que fue común en el &#8220;patronato&#8221;, contraviene lo establecido en la Constitución Federal.</p>
<p>El equipo Indignación solicitó la intervención de la Comisión de Derechos Humanos del Estado el día de los hechos, al ser informado de la detención de varios taxistas y de su asesor legal a través de familiares de este último. La mayoría de los detenidos, incluyendo al asesor legal, fue liberada al día siguiente bajo fianza.</p>
<p>Este equipo no desconoce que distintos bandos de la misma cooperativa se acusan mutuamente de responder a intereses de personas aparentemente ajenas a su organización. Nerio Torres Ortiz, priísta y Representante del Frente Único de Trabajadores del Volante; Benito Rossel, panista y subsecretario de Gobierno de la anterior administración, y Mario Tránsito Chan, priísta y Secretario General de la Federación de Trabajadores del estado de Yucatán, son algunas de las personas cuyos nombres son mencionados de parte de uno u otro grupo y son personas que representan a facciones políticas enfrentadas entre sí desde hace varios lustros.</p>
<p>Ante esta situación, el equipo Indignación alerta sobre la ilegalidad que implica el uso de la fuerza pública para revanchas personales en detrimento de la justicia.</p>
<p>Adicionalmente, el anterior representante de la Cooperativa de Radiotaxímetros, Guillermo del Río, enfrenta una acusación por desvío de recursos.</p>
<p>Este equipo tampoco desconoce que distintos taxistas se acusan mutuamente de obtener concesiones de placas entregadas de forma discrecional por distintos gobiernos.</p>
<p>La entrega discrecional de concesiones para operar taxis, el uso faccioso de la fuerza pública así como de las instituciones encargadas de la procuración de justicia son temas que el conflicto de taxistas exhibe y sobre los cuales el gobierno está obligado a informar minuciosamente.</p>
<p>En todas sus actuaciones, incluyendo por supuesto la investigación de posibles ilícitos, el gobierno está obligado a respetar de forma irrestricta los derechos humanos y las garantías establecidas en la Constitución. Es también su obligación sancionar cualquier violación a los derechos humanos y cualquier actuación de sus agentes que no esté apegada a las leyes.</p>
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		<title>La Codhey avala violaciones</title>
		<link>http://indignacion.org.mx/2007/10/10/la-codhey-avala-violaciones/</link>
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		<pubDate>Wed, 10 Oct 2007 19:19:23 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Indignacion</dc:creator>
				<category><![CDATA[2007]]></category>
		<category><![CDATA[Informes]]></category>
		<category><![CDATA[Instituciones ciudadanas]]></category>
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		<category><![CDATA[Vigilancia Ombudsman]]></category>
		<category><![CDATA[CODHEY]]></category>
		<category><![CDATA[Comunicados]]></category>
		<category><![CDATA[Comunicados 2007]]></category>
		<category><![CDATA[evaluaciones de derechos humanos]]></category>

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		<description><![CDATA[Análisis de la gestión del ombudsman Descarga el documento completo  &#8220;La Codhey avala violaciones a derechos humanos&#8221;, concluye el análisis sobre la gestión del actual ombudsman elaborado por el equipo Indignación. Dilación en la tramitación de quejas, deficiencias en las investigaciones, ambigüedad en las recomendaciones emitidas, ausencia de criterios universales de derechos humanos, omisiones en [...]
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			<content:encoded><![CDATA[<p align="center">Análisis de la gestión del ombudsman</p>
<p align="center"><a href="http://indignacion.org.mx/wp-content/uploads/2007/10/analisiscodhey07.pdf">Descarga el documento completo </a></p>
<p>&#8220;La Codhey avala violaciones a derechos humanos&#8221;, concluye el análisis sobre la gestión del actual ombudsman elaborado por el equipo Indignación.</p>
<p>Dilación en la tramitación de quejas, deficiencias en las investigaciones, ambigüedad en las recomendaciones emitidas, ausencia de criterios universales de derechos humanos, omisiones en el ejercicio de sus facultades y complacencia ante las autoridades son algunas de las reiteradas prácticas en las que incurre la Codhey, documentadas por Indignación.</p>
<p>Un extenso trabajo que analiza a detalle algunas de las recomendaciones emitidas por la Codhey se hizo llegar a cada uno de los consejeros ciudadanos de ese organismo público, al Congreso del Estado y a la Red &#8220;Vigía ciudadano del Ombudsman&#8221;, un observatorio nacional sobre los organismos públicos de derechos humanos.</p>
<p>Entre otros casos, Indignación analiza el de Caucel y Oxcum que dio origen a la recomendación 5/2007. La Codhey omitió hacer referencia a derechos de la infancia, a derechos del pueblo maya, a las obligaciones de los servidores públicos encargados de hacer cumplir la ley, entre otros instrumentos internacionales. En ese caso, además, la Codhey sólo documentó la detención arbitraria y, únicamente lo hizo en el caso de Caucel, considerando que en Oxcum no hubo violaciones.</p>
<p>Otro de los casos que analiza Indignación es el de la tortura cometida en el edificio de la SPV en enero de 2006, que dio como resultado una de las recomendaciones más absurdas y vagas de la Codhey.</p>
<p>Por otra parte, tanto en éste como en otros casos, a la Codhey le llevó más de un año concluir la investigación y emitir la recomendación correspondiente, dilación que favorece a las autoridades en detrimento de las personas agraviadas y de la protección efectiva de sus derechos.</p>
<p>El equipo Indignación considera que la Codhey ha incurrido en graves violaciones a su propio reglamento y que es responsable de minimizar graves violaciones a los derechos humanos y de soslayar otras.</p>
<p>Lamentablemente, el Congreso no ha hecho el trabajo de valorar la gestión del ombudsman y, precisamente, es responsable del nombramiento del actual presidente, que no contaba con una trayectoria de defensa y promoción de los derechos humanos desde la sociedad civil.</p>
<p>Indignación considera que el Consejo ciudadano es también responsable de la actuación de la Codhey y es por eso que se les ha hecho llegar una copia del informe.</p>
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		<title>El Ayuntamiento de Mérida despoja de sus derechos al pueblo maya</title>
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		<pubDate>Sat, 22 Sep 2007 00:01:23 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Indignacion</dc:creator>
				<category><![CDATA[2007]]></category>
		<category><![CDATA[pueblo maya]]></category>
		<category><![CDATA[Ayuntamiento de Mérida]]></category>
		<category><![CDATA[Cartas 2007]]></category>
		<category><![CDATA[Comunicados]]></category>
		<category><![CDATA[Comunicados 2007]]></category>

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		<description><![CDATA[Con relación a las próximas elecciones para elegir a las autoridades de los pueblos que se encuentran en la jurisdicción municipal del Ayuntamiento de Mérida, señalamos la franca violación a los derechos que tenemos los pueblos mayas y que lejos de ser respetados y garantizados, tal y como lo marcan las leyes y tratados internacionales [...]
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			<content:encoded><![CDATA[<p>Con relación a las próximas elecciones para elegir a las autoridades de los pueblos que se encuentran en la jurisdicción municipal del Ayuntamiento de Mérida, señalamos la franca violación a los derechos que tenemos los pueblos mayas y que lejos de ser respetados y garantizados, tal y como lo marcan las leyes y tratados internacionales en materia de los derechos indígenas, somos cada vez despojados y agraviados en nuestros derechos.</p>
<p>La desesperada convocatoria para cumplir un trámite de ley y no caer en desacato demuestra la discriminación y racismo hacia nuestros pueblos.</p>
<p>Tan grave es el despojo de nuestros derechos que otra vez el Ayuntamiento no permitió la participación de nosotros, los vecinos y naturales de estos pueblos, para que formemos parte de esas decisiones.</p>
<p>El hecho de haber nombrado un “consejo”, integrado por empresarios totalmente ajenos a nosotros, para que vigile y avale nuestro derecho a elegir a nuestras autoridades, demuestra la arrogancia del poder por encima de la dignidad de nuestros pueblos.</p>
<p>Con este modo de actuar de la autoridad municipal se viola un derecho fundamental que tenemos los pueblos indígenas: la autonomía, la base principal que nos permite seguir siendo un pueblo maya.</p>
<p>Ante el hecho claro de la violación de nuestros derechos condenamos, una vez más, el despojo al derecho que tenemos de ser nosotros mismos quienes nos organicemos, de acuerdo a nuestras formas y modos, para elegir a nuestras autoridades.</p>
<p>Cabe señalar que, aun cuando en la ley municipal se degrade la figura de nuestras autoridades a simples auxiliares y representantes del los alcaldes, podemos decir que nuestras resistencias han sido más fuertes ante la mala fe de las leyes que con dolo se han hecho para borrar esa figura representativa que es indispensable para la sana convivencia de nuestros pueblos.</p>
<p>La formación de los famosos consejos comunitarios de participación ciudadana, que fueron creados por los Ayuntamientos panistas de Mérida para contrarrestarle autoridad a nuestros representantes, ha debilitado nuestras instituciones propias y confundido los deberes y obligaciones de nuestras autoridades para la comunidad.</p>
<p>Condenamos el trato desigual y excluyente que se da por parte de la autoridad municipal a nuestras comunidades.</p>
<p>Exigimos el reconocimiento de nuestras autoridades como legítimos representantes de nuestros pueblos y no como representantes del presidente municipal.</p>
<p>Exigimos que nuestra palabra sea escuchada en la toma de decisiones del cabildo, ya que somos los que vivimos en nuestros pueblos los que mejor conocemos cuáles son los servicios básicos que se necesitan en materia de política pública.</p>
<p>Exigimos el derecho a la consulta en cualquier acción encaminada a la alteración del orden establecido en nuestros pueblos.</p>
<p>Exigimos que el Ayuntamiento de Mérida, en cuya jurisdicción se encuentran todavía nuestros pueblos, respete nuestras instituciones jurídicas como lo son los juzgados de paz, así como nuestras asociaciones tradicionales que nos permiten el fortalecimiento de nuestra cultura.</p>
<p>Condenamos la cínica intromisión de los representantes de los partidos políticos, en este caso especifico el PAN y el PRI, que no cuestionaron esta forma discriminatoria y excluyente del Ayuntamiento para realizar las elecciones, pero sí se metieron para acomodar a sus candidatos con el fin de fortalecer sus intereses partidistas.</p>
<p>Condenamos una vez más la manipulación de nuestros derechos por parte del cabildo y exigimos la pronta aplicación del derecho a la libre determinación que tenemos.</p>
<p>Condenamos cualquier acción de parte del Gobierno, así como del Ayuntamiento, que esté encaminada a aplicarse en nuestras comunidades y que se encuentre fuera del marco de las leyes y tratados internacionales en materia de nuestros derechos por ser un pueblo maya.</p>
<p>Los mayas tenemos derechos y exigimos su pleno reconocimiento y respeto.</p>
<p>Atentamente,<br />
<strong><br />
Silvia Chalé Euán, Randy Soberanis Dzul y José Anastasio Euán Romero.</p>
<p>Área del pueblo maya del equipo Indignación A.C.</p>
<p></strong></p>
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		<title>Indignación presenta agenda con urgencias legislativas en materia de derechos humanos</title>
		<link>http://indignacion.org.mx/2007/09/18/indignacion-presenta-agenda-con-urgencias-legislativas-en-materia-de-derechos-humanos/</link>
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		<pubDate>Tue, 18 Sep 2007 20:15:41 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Indignacion</dc:creator>
				<category><![CDATA[2007]]></category>
		<category><![CDATA[General]]></category>
		<category><![CDATA[Igualdad de género]]></category>
		<category><![CDATA[Instituciones ciudadanas]]></category>
		<category><![CDATA[Matrimonio VIH]]></category>
		<category><![CDATA[pueblo maya]]></category>
		<category><![CDATA[Al Congreso]]></category>
		<category><![CDATA[Comunicados]]></category>
		<category><![CDATA[Comunicados 2007]]></category>

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		<description><![CDATA[&#160; Descarga el documento completo &#160; Establecer en la constitución el derecho a la alimentación, tipificar como delito la discriminación y la violencia de género, incluir la figura del indulto en la legislación local, crear un Consejo de la Judicatura y armonizar las leyes locales con los más altos estándares en materia de derechos humanos [...]
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			<content:encoded><![CDATA[<p class="MsoNormal" style="margin: 0cm 0cm 0pt; text-align: justify">&nbsp;</p>
<p class="MsoNormal" style="margin: 0cm 0cm 0pt; text-align: justify"><a href="http://indignacion.org.mx/wp-content/uploads/2007/10/agenda-finalisima.pdf" title="Agenda">Descarga el documento completo</a></p>
<p class="MsoNormal" style="margin: 0cm 0cm 0pt; text-align: justify">&nbsp;</p>
<p class="MsoNormal" style="margin: 0cm 0cm 0pt; text-align: justify"><span lang="ES-MX"><font face="Arial" size="2">Establecer en la constitución el  derecho a la alimentación, tipificar como delito la discriminación y la  violencia de género, incluir la figura del indulto en la legislación local,  crear un Consejo de la Judicatura y armonizar las leyes locales con los más  altos estándares en materia de derechos humanos son algunas de las urgencias  legislativas incluidas en la agenda que presentó hoy el equipo Indignación ante  la Comisión de Derechos Humanos del Congreso del Estado.</font></font></span></p>
<p class="MsoNormal" style="margin: 0cm 0cm 0pt; text-align: justify">Las propuestas se desarrollan a  lo largo de cinco capítulos: Derecho a una vida digna, Derecho a la justicia,  género y derechos humanos, pueblo maya y organismos ciudadanos. La introducción  recuerda a los legisladores que los compromisos contraídos por México ante  organismos internacionales implican la obligación de adoptar disposiciones de  derecho interno que hagan plenamente vigentes los derechos de la ciudadanía, tal  como se expresa en el <a href="http://www.oas.org/juridico/spanish/tratados/b-32.html">Artículo 2 de la Convención Americana de Derechos  Humanos</a>.</font></font></span></p>
<p class="MsoNormal" style="margin: 0cm 0cm 0pt; text-align: justify"><span lang="ES-MX"><font face="Arial" size="2">La agenda presentada por el  equipo Indignación incluye propuestas relacionadas con los derechos económicos,  sociales y culturales; bajo el título de “el derecho a una vida digna” exhorta a  los legisladores a establecer un seguro de desempleo, a establecer en la  constitución el derecho a la alimentación y a crear mecanismos para la  participación de la sociedad en la elaboración de los presupuestos de egresos.  También se señalan las urgencias relacionadas con la atención a la que tienen  derecho las personas con VIH/Sida, como parte de un grupo  vulnerable.</font></font></span></p>
<p class="MsoNormal" style="margin: 0cm 0cm 0pt; text-align: justify"><span lang="ES-MX"><font face="Arial" size="2">Otro capítulo, “el derecho a la  justicia” aborda la procuración e impartición de justicia, exhorta a esta  legislatura a impulsar los juicios orales y crear un Consejo de la Judicatura  ciudadanizado.</font></font></span></p>
<p class="MsoNormal" style="margin: 0cm 0cm 0pt; text-align: justify"><span lang="ES-MX"><font face="Arial" size="2">El capítulo “Género y Derechos  Humanos” aborda los derechos de la mujer subrayando la obligación de la  legislatura de atender las disposiciones de la <a href="http://www.cinu.org.mx/temas/mujer/cedaw.htm">Convención de las Naciones Unidas  sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer  (CEDAW, por sus siglas en Inglés)</a> así como las recomendaciones que el comité  respectivo a dirigido al Estado mexicano. Asimismo, se hace notar que el  Congreso ha incurrido en un nuevo desacato a partir del primero de agosto debido  a que ya venció el plazo y no ha acatado las disposiciones derivadas de la ley  de acceso de las mujeres a una vida sin violencia. Indignación llama a crear una  ley en la materia, a armonizar las leyes estatales con la CEDAW y a tipificar la  violencia de género, entre otras urgencias.</font></font></span></p>
<p class="MsoNormal" style="margin: 0cm 0cm 0pt; text-align: justify"><span lang="ES-MX"><font face="Arial" size="2"><font size="3"><font face="Times New Roman"><o:p></o:p></font></font></font></span></p>
<p class="MsoNormal" style="margin: 0cm 0cm 0pt; text-align: justify"><span lang="ES-MX"></font></font></span></p>
<p class="MsoNormal" style="margin: 0cm 0cm 0pt; text-align: justify"><span lang="ES-MX"><font face="Arial" size="2"></o:p></font></font></font></span></p>
<p class="MsoNormal" style="margin: 0cm 0cm 0pt; text-align: justify"><span lang="ES-MX"><font face="Arial" size="2"></o:p></font></font></font></span></p>
<p class="MsoNormal" style="margin: 0cm 0cm 0pt; text-align: justify"><span lang="ES-MX"><font face="Arial" size="2"><font face="Times New Roman" size="3">Sobre la diversidad sexual la  agenda presentada por Indignación propone tipificar como delito la  discriminación e impulsar reformas en el ámbito estatal para equiparar los  derechos de hombres y mujeres con orientación homosexual con los de las personas  heterosexuales, de tal manera que aquellas tengan la opción de formalizar  legalmente sus espacios de convivencia.</font></font></span></p>
<p class="MsoBodyText" style="margin: 0cm 0cm 0pt"><span lang="ES-MX"><font face="Arial" size="2"><font face="Times New Roman" size="3">El capítulo sobre el pueblo maya hace saber a la  actual legislatura que en<a href="http://espora.org/~luixzz/"> septiembre de 2005 más de dos mil mayas manifestaron  su oposición</a> a legislar en la materia en tanto no se reconocieran en el ámbito  federal los<a href="http://zedillo.presidencia.gob.mx/pages/chiapas/docs/sanandres.html"> Acuerdos de San André</a>s y expresa que la reforma que aprobó la  legislatura anterior no contó con una consulta previa, generalizada y de acuerdo  a los criterios señalados por el <a href="http://www.coica.org/sp/ma_resoluciones/convenio169_sp01.html">Convenio 169 de la OIT</a>. Las propuestas en este  capítulo reitera la necesidad de tipificar la discriminación como delito.  Indignación presenta el caso de don <a href="http://indignacion.org.mx/documentos/?s=ricardo+ucan">Ricardo Ucán</a> e insiste en la necesidad de  crear una ley de indulto, exhorto que<a href="http://indignacion.org.mx/documentos/?p=70"> también ha hecho el relator especial sobre  pueblos indígenas de la ONU, Rodolfo Stavenhaguen</a>.</font></font></span></p>
<p class="MsoNormal" style="margin: 0cm 0cm 0pt; text-align: justify"><span lang="ES-MX"><font face="Arial" size="2"><font face="Times New Roman" size="3">El quinto y último punto se  refiere a los organismos ciudadanos y a la necesidad de revisar las leyes de la  <a href="http://www.codhey.org/">Codhey</a>, del <a href="http://www.ieey.org.mx/">IPEPAC</a> y del <a href="http://inaipyucatan.org.mx/">INAIP</a>, con el objeto de realizar las reformas  necesarias para garantizar la plena ciudadanización y autonomía política y  financiera de dichos organismos.</font></font></span></p>
<p class="MsoNormal" style="margin: 0cm 0cm 0pt; text-align: justify"><span lang="ES-MX"><font face="Arial" size="2"><font face="Times New Roman" size="3">En el documento entregado a los  integrantes de la Comisión se señala que <a href="http://indignacion.org.mx/documentos/?p=142">en 2004 el equipo Indignación<span>  </span>hizo público un documento con las  urgencias legislativas</a> basadas en el Diagnóstico sobre Derechos Humanos en  México promovido por la <a href="http://www.ohchr.org/spanish/">Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos  de la ONU</a>. “Lamentablemente —se indica en la introducción del documento— una  gran parte de esas demandas permanece y constituye un verdadero rezago en  materia de derechos humanos”.</font></font></span></p>
<p class="MsoNormal" style="margin: 0cm 0cm 0pt; text-align: justify">La carpeta entregada a los  legisladores incluye también un ejemplar de “<a href="http://indignacion.org.mx/publicaciones/main.php?g2_itemId=436">La hacienda restaurada. Derechos  Humanos en el Patronato</a>”, informe que presentó recientemente el equipo  Indignación, así como un informe especial del caso de don Ricardo Ucán Ceca, la  carta que el Relator sobre derechos de los pueblos indígenas dirigió a la  anterior legislatura exhortándola a establecer la figura del indulto y un  ejemplar de la agenda de la <a href="http://www.redtdt.org.mx/">Red Nacional de Organismos Civiles de Derechos  Humanos “Todos los derechos para todas y  todos”.</a></p>
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		<title>Juez séptima agravia a la infancia</title>
		<link>http://indignacion.org.mx/2007/08/19/juez-septima-agravia-a-la-infancia/</link>
		<comments>http://indignacion.org.mx/2007/08/19/juez-septima-agravia-a-la-infancia/#comments</comments>
		<pubDate>Mon, 20 Aug 2007 00:49:07 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Indignacion</dc:creator>
				<category><![CDATA[2007]]></category>
		<category><![CDATA[Escuela de Menores Infractores]]></category>
		<category><![CDATA[infancia]]></category>
		<category><![CDATA[Comunicados]]></category>
		<category><![CDATA[Comunicados 2007]]></category>
		<category><![CDATA[escuela de menores]]></category>

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		<description><![CDATA[La leve sentencia dictada contra la responsable de infligir tratos crueles, inhumanos y degradantes a menores internos en la Escuela Social de Menores Infractores constituye, a juicio del equipo Indignación, un agravio contra la infancia, cuestiona seriamente la independencia de la juez séptima y el compromiso del estado mexicano con los derechos de niños, niñas [...]
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			<content:encoded><![CDATA[<p>La leve sentencia dictada contra la responsable de infligir tratos crueles, inhumanos y degradantes a menores internos en la Escuela Social de Menores Infractores constituye, a juicio del equipo Indignación, un agravio contra la infancia, cuestiona seriamente la independencia de la juez séptima y el compromiso del estado mexicano con los derechos de niños, niñas y adolescentes.</p>
<p>El martes 14 de agosto se dio a conocer, a través de medios de comunicación, la sentencia relativa a la causa penal 33/2003 derivada del caso de los abusos cometidos en la Escuela Social de Menores Infractores, atribuibles a los entonces funcionarios de esa institución, encabezados por su ex Directora, Rocío Martel.</p>
<p>El Juzgado Séptimo de Defensa Social que preside la Juez Rubí González Alpuche determinó sentenciar a 3 años de prisión, conmutables por 19 mil pesos a la Dra. Martel, y a 1 mes de prisión, conmutable por 555 pesos a su chofer Martín Antonio Espínola Escalante. Los otros 10 ex funcionarios implicados fueron absueltos.</p>
<p>El caso adquirió relevancia nacional a raíz de la recomendación 10/2002 emitida, el 23 de abril del 2002, por la Comisión Nacional de los Derechos Humamos (CNDH) como consecuencia de la queja presentada ante dicha institución por el Equipo de Derechos Humanos Indignación nueve meses antes.</p>
<p>La queja estaba basada en diversos testimonios de familiares e internos que señalaban los tratos crueles, inhumanos y degradantes y la tortura sufrida por los menores quienes mencionaron haber sido golpeados, encerrados de manera prolongada, abusados sexualmente, amenazados de diversa maneras (entre ellas la de inyectar internos con una jeringa infectada con VIH) y obligados a tomar orina, por mencionar algunas. Esos abusos fueron corroborados por la CNDH en su recomendación.</p>
<p>Si bien la sentencia condenatoria es un reconocimiento de la responsabilidad de la entonces Directora Rocío Martel en la comisión de delitos en contra de los menores internos, también lo es que, dada la gravedad de los hechos cometidos durante su administración, resulta no sólo limitada, sino incluso representa un agravio para las víctimas de los hechos, puesto que ni la sanción establecida ni la reparación del daño expresan la magnitud de lo sucedido en aquella institución durante la administración de Rocío Martel.</p>
<p>Legislaturas anteriores que se negaron reiteradamente a tipificar la tortura como delito son también responsables de que este ilícito no se haya sancionado. Por otra parte, la procuraduría no fue capaz de integrar una averiguación previa contra otros funcionarios que conocieron estos hechos y protegieron en su momento a la exdirectora, como quien fue secretario de gobierno en la administración encabezada por Víctor Cervera, Cleominio Zoreda.</p>
<p>La juez séptima también omitió proteger los derechos de los menores durante el juicio, puesto que aceptó careos entre ellos y sus agresores, a pesar de que esto contraviene la obligación de velar por el interés superior del niño y de la niña.</p>
<p>La sentencia no incluye la reparación del daño a los menores agraviados, lo que lleva a la jueza a incumplir compromisos asumidos por México en materia de derechos humanos.</p>
<p>La Procuraduría General de Justicia del estado tiene la obligación inmediata de apelar dicha resolución con el objetivo, no sólo de buscar una mayor sanción para evitar que las graves conductas desplegadas por Rocío Martel queden en la impunidad, sino de exigir que se establezca una adecuada reparación del daño que incluya, entre otras cosas, el pago del daño moral, material y al proyecto de vida, de tal manera que, en la medida de lo posible puedan ser resarcidos los derechos violados a los menores y las secuelas generadas. Es por ello que Indignación está dirigiendo sendos escritos a la Gobernadora y al Procurador, expresándoles la responsabilidad que tienen con la infancia y con el combate a la impunidad.</p>
<p>Este equipo manifiesta su preocupación por el hecho de que el juzgado séptimo o el ministerio público adscrito a los juzgados esté filtrando a la prensa información que viola los principios que deben regir cuando son menores los involucrados. El día de hoy se publica el nombre de pila de una de las agraviadas que acudió mediante un escrito al juzgado séptimo para apelar la sentencia, a pesar de que era menor cuando sucedieron los hechos y debería mantenerse el criterio de mantener su nombre en el anonimato. Esto es todavía más importante cuando diversos menores manifestaron haber sido objeto de presiones mientras duró el juicio.</p>
<p>Finalmente, es preciso recordar que la juez Séptimo de Defensa Social que emitió la sentencia y condenó al pago de 19 mil pesos a la Dra. Martel, es la misma que, en marzo del presente año, impuso cauciones de hasta 37 mil pesos a jóvenes detenidos en la razia efectuada el martes 13 de marzo, en el contexto de la visita de George Bush, y acusados de romper algunos vidrios del Palacio Municipal de Mérida.</p>
<p>Preocupa sobremanera que, para esta juzgadora, unos cristales rotos ameriten más sanción pecuniaria que la dignidad y la integridad de niños y adolescentes sujetos a tratos crueles inhumanos y degradantes y tortura durante la administración de Martel y cuyas vidas se han visto, en muchos caso, truncadas por las secuelas generadas por estas violaciones a sus derechos fundamentales.</p>
<p>Es una obligación del Tribunal Superior de Justicia del estado analizar de oficio la conducta de dicha juzgadora en el presente caso, y es una obligación del Legislativo establecer en la normatividad estatal un Consejo de la Judicatura que vigile las conductas de jueces y magistrados, y también de iniciar la discusión sobre la necesidad de establecer en el estado un sistema penal de corte acusatorio, con juicios orales y que permita la equidad procesal de las partes, para evitar que la justicia en Yucatán se siga aplicando de manera discriminatoria, protegiendo al poderoso y dejando en la indefensión al vulnerable.</p>
<p>El equipo Indignación, además de que mantendrá un puntual seguimiento del caso en las instancias subsecuentes, hará llegar un informe del caso al Comité de los Derechos de la Niñez y al Relator Especial sobre la Independiencia de Jueces y Abogados, ambos de Naciones Unidas, así como al Relator de las personas privadas de su libertad de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, puesto que las actuaciones de las instancias que ya han intervenido y el dilatado juicio comprometen seriamente el deber del estado mexicano en materia de justicia y de derechos de la infancia.</p>
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			<wfw:commentRss>http://indignacion.org.mx/2007/08/19/juez-septima-agravia-a-la-infancia/feed/</wfw:commentRss>
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		<title>Evaluar al Ombudsman, exige Indignación al Congreso</title>
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		<pubDate>Mon, 20 Aug 2007 00:46:21 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Indignacion</dc:creator>
				<category><![CDATA[2007]]></category>
		<category><![CDATA[Instituciones ciudadanas]]></category>
		<category><![CDATA[Organismos Ciudadanos]]></category>
		<category><![CDATA[Al Congreso]]></category>
		<category><![CDATA[Cartas 2007]]></category>
		<category><![CDATA[CODHEY]]></category>
		<category><![CDATA[Comunicados]]></category>
		<category><![CDATA[Comunicados 2007]]></category>

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		<description><![CDATA[Ante el próximo informe que rendirá el actual Ombudsman estatal, el equipo Indignación dirigió una carta a las y los integrantes de la LVIII legislatura por medio de la cual los exhorta a hacer una lectura crítica e informada del documento que se les presentará y a evaluar la gestión del presidente de la Comisión [...]
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			<content:encoded><![CDATA[<p style="margin: 0cm 0cm 0pt" align="justify"><span lang="ES-MX">Ante el próximo informe que rendirá el actual Ombudsman estatal, el  equipo Indignación dirigió una carta a las y los integrantes de la LVIII  legislatura por medio de la cual los exhorta a hacer una lectura crítica e  informada del documento que se les presentará y a evaluar la gestión del  presidente de la Comisión de Derechos Humanos del estado de Yucatán  (Codhey).</span></p>
<p style="margin: 0cm 0cm 0pt" align="justify"><span lang="ES-MX">Como parte del trabajo realizado para fortalecer las instituciones  ciudadanas y, en particular, al organismo público de protección de derechos  humanos, Indignación señala instrumentos que contienen los estándares en los que  tendría que basarse una evaluación de este organismo: los principios de París y  el Diagnóstico de la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos en  México sobre la situación de los Derechos Humanos en el país.</span></p>
<p style="margin: 0cm 0cm 0pt; text-align: justify"><span lang="ES-MX">Adicionalmente, Indignación expresa su preocupación por recientes  actuaciones de la Codhey en casos de graves violaciones a los derechos humanos,  así como por las omisiones de este organismo y la reiterada violación su propio  reglamento interno al exceder los tiempos para emitir una recomendación y  retrasar la aceptación de las quejas manteniéndolas por dilatado tiempo como  “pendientes de calificación”.</span></p>
<p style="margin: 0cm 0cm 0pt; text-align: justify"><script><!-- D(["mb","\u003cspan lang\u003d\"ES-MX\"\>La Codhey no ha emitido recomendación aún por el caso de detenciones \narbitrarias, discriminación y malos tratos que podrían constituir tortura en el \ncaso de las personas detenidas en la razzia realizada el pasado 13 de marzo, en \nel contexto de la visita de George Bush.\u003c/span\>\u003c/p\>\n\u003cp style\u003d\"margin:0cm 0cm 0pt;text-align:justify\"\>\u003cspan lang\u003d\"ES-MX\"\>La Codhey emitió una recomendación por tortura que contiene serias \nlimitaciones diecisiete meses después de que se presentó la queja. Además, la \nCodhey desprotegió al denunciante, que fue despedido de su trabajo, al \ndeclararse incompetente por considerar laboral el caso y desestimar la \nrepresalia que significó.\u003c/span\>\u003c/p\>\n\u003cp style\u003d\"margin:0cm 0cm 0pt;text-align:justify\"\>\u003cspan lang\u003d\"ES-MX\"\>En otros casos, como los de Caucel y Oxcum, la recomendación de la \nCodhey fue, además de tardía, omisa, limitada e insustancial.\u003c/span\>\u003c/p\>\n\u003cp style\u003d\"margin:0cm 0cm 0pt;text-align:justify\"\>\u003cspan lang\u003d\"ES-MX\"\>El equipo Indignación recordó a las y los diputados que el Congreso \nes responsable del nombramiento del presidente de la Codhey, que tienen la \nresponsabilidad de vigilar la actuación del ombudsman y los exhortó a realizar \ntodas las acciones necesarias para garantizar que Yucatán cuente con una \ninstitución que cumpla con los más altos estándares en la materia.\u003c/span\>\u003c/p\>\n\u003cp style\u003d\"margin:0cm 0cm 0pt;text-align:justify\"\>\u003cspan lang\u003d\"ES-MX\"\>\u003cfont face\u003d\"Arial\" size\u003d\"2\"\>\u003c/font\>\u003c/span\> \u003c/p\>\n\u003cp style\u003d\"margin:0cm 0cm 0pt;text-align:justify\"\>\u003cspan lang\u003d\"ES-MX\"\>\u003cfont face\u003d\"Arial\" size\u003d\"2\"\>(Se anexa a continuación la carta \ncompleta enviada al Congreso)\u003c/font\>\u003c/span\>\u003c/p\>\n\u003cp style\u003d\"margin:0cm 0cm 0pt;text-align:justify\"\>\u003cspan lang\u003d\"ES-MX\"\>\u003c/span\> \u003c/p\>\n\u003cp style\u003d\"margin:0cm 0cm 0pt;text-align:justify\"\>\u003cspan lang\u003d\"ES-MX\"\>\u003cfont face\u003d\"Arial\" size\u003d\"2\"\>\n\u003chr\>\n\u003c/font\>\u003c/span\>\n\u003cp\>\u003c/p\>\n\u003cp style\u003d\"margin:0cm 0cm 0pt;text-align:justify\"\>\u003cspan lang\u003d\"ES-MX\"\>\u003cfont face\u003d\"Arial\" size\u003d\"2\"\>\u003c/font\>\u003c/span\> \u003c/p\>\u003cspan lang\u003d\"ES-MX\"\>\n\u003cp style\u003d\"margin:0cm 0cm 0pt;text-align:right\" align\u003d\"right\"\>",1] );  //--></script><span lang="ES-MX">La Codhey no ha emitido recomendación aún por el caso de detenciones  arbitrarias, discriminación y malos tratos que podrían constituir tortura en el  caso de las personas detenidas en la razzia realizada el pasado 13 de marzo, en  el contexto de la visita de George Bush.</span></p>
<p style="margin: 0cm 0cm 0pt; text-align: justify"><span lang="ES-MX">La Codhey emitió una recomendación por tortura que contiene serias  limitaciones diecisiete meses después de que se presentó la queja. Además, la  Codhey desprotegió al denunciante, que fue despedido de su trabajo, al  declararse incompetente por considerar laboral el caso y desestimar la  represalia que significó.</span></p>
<p style="margin: 0cm 0cm 0pt; text-align: justify"><span lang="ES-MX">En otros casos, como los de Caucel y Oxcum, la recomendación de la  Codhey fue, además de tardía, omisa, limitada e insustancial.</span></p>
<p style="margin: 0cm 0cm 0pt; text-align: justify"><span lang="ES-MX">El equipo Indignación recordó a las y los diputados que el Congreso  es responsable del nombramiento del presidente de la Codhey, que tienen la  responsabilidad de vigilar la actuación del ombudsman y los exhortó a realizar  todas las acciones necesarias para garantizar que Yucatán cuente con una  institución que cumpla con los más altos estándares en la materia.</span></p>
<p style="margin: 0cm 0cm 0pt; text-align: justify"><span lang="ES-MX"></span></p>
<p style="margin: 0cm 0cm 0pt; text-align: justify"><span lang="ES-MX"><font face="Arial" size="2">(Se anexa a continuación la carta  completa enviada al Congreso)</font></span></p>
<p style="margin: 0cm 0cm 0pt; text-align: justify">&nbsp;</p>
<p style="margin: 0cm 0cm 0pt; text-align: justify"><span lang="ES-MX"></p>
<p style="margin: 0cm 0cm 0pt; text-align: right" align="right"><script><!-- D(["mb","\u003cspan lang\u003d\"ES-MX\" style\u003d\"font-size:11pt\"\>Chablekal, Yucatán, 14 de \nagosto de 2007\u003c/span\>\u003c/p\>\n\u003cp style\u003d\"margin:0cm 0cm 0pt;text-align:justify\"\>\u003cspan lang\u003d\"ES-MX\"\> \u003c/span\>\u003c/p\>\n\u003cp style\u003d\"margin:0cm 0cm 0pt;text-align:justify\"\>\u003cspan lang\u003d\"ES-MX\"\> \u003c/span\>\u003c/p\>\n\u003cp style\u003d\"margin:0cm 0cm 0pt;text-align:justify\"\>\u003cb\>\u003cspan lang\u003d\"ES-MX\" style\u003d\"font-size:14pt\"\>Diputados y \ndiputadas integrantes de la \u003c/span\>\u003c/b\>\u003c/p\>\n\u003ch1 style\u003d\"margin:0cm 0cm 0pt\"\>\u003cspan lang\u003d\"ES-MX\"\>\u003cfont size\u003d\"5\"\>LVIII legislatura \ndel estado de Yucatán\u003c/font\>\u003c/span\>\u003c/h1\>\n\u003cp style\u003d\"margin:0cm 0cm 0pt;text-align:justify\"\>\u003cspan lang\u003d\"ES-MX\"\> \u003c/span\>\u003c/p\>\n\u003cp style\u003d\"margin:0cm 0cm 0pt;text-align:justify\"\>\u003cspan lang\u003d\"ES-MX\" style\u003d\"font-size:11pt\"\>Los derechos \nhumanos se han convertido, en un mundo cada vez más desigual, en la plataforma \ndesde la cual la ciudadanía puede cuestionar el ejercicio del poder y buscar \ncondiciones de libertad y vida digna para todos y todas. De manera creciente, \nlos estados se ven obligados a suscribir acuerdos y tratados internacionales que \nvan reconociendo y garantizando los derechos de las personas. En este sentido, \ndesde el ámbito internacional se ha reconocido la plena vigencia de los derechos \nhumanos como pilar básico de un Estado democrático de derecho. \n\u003c/span\>\u003c/p\>\n\u003cp style\u003d\"margin:0cm 0cm 0pt;text-align:justify\"\>\u003cspan lang\u003d\"ES-MX\" style\u003d\"font-size:11pt\"\> \u003c/span\>\u003c/p\>\n\u003cp style\u003d\"margin:0cm 0cm 0pt;text-align:justify\"\>\u003cspan lang\u003d\"ES-MX\" style\u003d\"font-size:11pt\"\>En este contexto, \ngarantizar la plena vigencia de los derechos humanos es una obligación de todos \nlos órganos que componen el Estado. En México, las Comisiones Públicas de \nDerechos Humanos, instituciones creadas a partir de la reforma constitucional de \n1992, constituyen un espacio para reclamar cualquier situación, conducta u \nomisión estatal que implique una violación a los derechos humanos establecidos \nen la Constitución y en los Tratados de Derechos Humanos firmados y ratificados \npor nuestro país.\u003cspan\>  \n\u003c/span\>\u003c/span\>\u003c/p\>\n\u003cp style\u003d\"margin:0cm 0cm 0pt;text-align:justify\"\>",1] );  //--></script><span style="font-size: 11pt" lang="ES-MX">Chablekal, Yucatán, 14 de  agosto de 2007</span></p>
<p style="margin: 0cm 0cm 0pt; text-align: justify"><span lang="ES-MX"> </span></p>
<p style="margin: 0cm 0cm 0pt; text-align: justify"><span lang="ES-MX"> </span></p>
<p style="margin: 0cm 0cm 0pt; text-align: justify"><strong><span style="font-size: 14pt" lang="ES-MX">Diputados y  diputadas integrantes de la </span></strong></p>
<h1 style="margin: 0cm 0cm 0pt"><span lang="ES-MX"><font size="5">LVIII legislatura  del estado de Yucatán</font></span></h1>
<p style="margin: 0cm 0cm 0pt; text-align: justify"><span lang="ES-MX"> </span></p>
<p style="margin: 0cm 0cm 0pt; text-align: justify"><span style="font-size: 11pt" lang="ES-MX">Los derechos  humanos se han convertido, en un mundo cada vez más desigual, en la plataforma  desde la cual la ciudadanía puede cuestionar el ejercicio del poder y buscar  condiciones de libertad y vida digna para todos y todas. De manera creciente,  los estados se ven obligados a suscribir acuerdos y tratados internacionales que  van reconociendo y garantizando los derechos de las personas. En este sentido,  desde el ámbito internacional se ha reconocido la plena vigencia de los derechos  humanos como pilar básico de un Estado democrático de derecho.  </span></p>
<p style="margin: 0cm 0cm 0pt; text-align: justify"><span style="font-size: 11pt" lang="ES-MX"> </span></p>
<p style="margin: 0cm 0cm 0pt; text-align: justify"><span style="font-size: 11pt" lang="ES-MX">En este contexto,  garantizar la plena vigencia de los derechos humanos es una obligación de todos  los órganos que componen el Estado. En México, las Comisiones Públicas de  Derechos Humanos, instituciones creadas a partir de la reforma constitucional de  1992, constituyen un espacio para reclamar cualquier situación, conducta u  omisión estatal que implique una violación a los derechos humanos establecidos  en la Constitución y en los Tratados de Derechos Humanos firmados y ratificados  por nuestro país.<span>   </span></span></p>
<p style="margin: 0cm 0cm 0pt; text-align: justify"><script><!-- D(["mb","\u003cspan lang\u003d\"ES-MX\" style\u003d\"font-size:11pt\"\> \u003c/span\>\u003c/p\>\n\u003cp style\u003d\"margin:0cm 0cm 0pt;text-align:justify\"\>\u003cspan lang\u003d\"ES-MX\" style\u003d\"font-size:11pt\"\>La reforma \nconstitucional de 1992 fue producto de una exigencia social de la ciudadanía, \npero también, hay que señalarlo, de la necesidad de ajustar el país a los \nestándares internacionales que demandaban cada vez más el respeto a los derechos \nhumanos como condición para establecer tratados comerciales. Por ello en sus \ninicios las instituciones públicas tenían funciones acotadas que limitaban su \ndesempeño. Ha sido la constante insistencia de la sociedad civil la que ha \nimpulsado diversas modificaciones que han ido poco a poco consolidando su \nautonomía y ampliando sus facultades. \u003c/span\>\u003c/p\>\n\u003cp style\u003d\"margin:0cm 0cm 0pt;text-align:justify\"\>\u003cspan lang\u003d\"ES-MX\" style\u003d\"font-size:11pt\"\> \u003c/span\>\u003c/p\>\n\u003cp style\u003d\"margin:0cm 0cm 0pt;text-align:justify\"\>\u003cspan lang\u003d\"ES-MX\" style\u003d\"font-size:11pt\"\>No obstante, no \nbasta con que las comisiones públicas de derechos humanos tengan amplias \nfacultades para desempeñar su tarea. Es preciso que, quien las encabeza, haga un \nuso adecuado de ellas, teniendo como principio rector la protección de las y los \nciudadanos, principalmente de aquellos que por su situación económica y/o \nsocial, son más vulnerables ante las injusticias y el abuso del poder. En pocas \npalabras, la actuación de quien preside las instituciones públicas de derechos \nhumanos es fundamental para el buen desarrollo de aquellas, pero también para \ngarantizar otra de las cualidades indispensables de una comisión pública de \nderechos humanos, que es su ciudadanización. \u003c/span\>\u003c/p\>\n\u003cp style\u003d\"margin:0cm 0cm 0pt;text-align:justify\"\>\u003cspan lang\u003d\"ES-MX\" style\u003d\"font-size:11pt\"\>\u003cspan\> \u003c/span\>\u003c/span\>\u003c/p\>\n\u003cp style\u003d\"margin:0cm 0cm 0pt;text-align:justify\"\>\u003cspan lang\u003d\"ES-MX\" style\u003d\"font-size:11pt\"\>En este contexto, \nel próximo 22 de agosto, el presidente de la Comisión de Derechos Humanos del \nEstado de Yucatán (CODHEY) presentará, ante los diputados del Congreso del \nEstado, el informe al que lo obliga su ley reglamentaria, que a la letra dice: \n",1] );  //--></script><span style="font-size: 11pt" lang="ES-MX"> </span></p>
<p style="margin: 0cm 0cm 0pt; text-align: justify"><span style="font-size: 11pt" lang="ES-MX">La reforma  constitucional de 1992 fue producto de una exigencia social de la ciudadanía,  pero también, hay que señalarlo, de la necesidad de ajustar el país a los  estándares internacionales que demandaban cada vez más el respeto a los derechos  humanos como condición para establecer tratados comerciales. Por ello en sus  inicios las instituciones públicas tenían funciones acotadas que limitaban su  desempeño. Ha sido la constante insistencia de la sociedad civil la que ha  impulsado diversas modificaciones que han ido poco a poco consolidando su  autonomía y ampliando sus facultades. </span></p>
<p style="margin: 0cm 0cm 0pt; text-align: justify"><span style="font-size: 11pt" lang="ES-MX"> </span></p>
<p style="margin: 0cm 0cm 0pt; text-align: justify"><span style="font-size: 11pt" lang="ES-MX">No obstante, no  basta con que las comisiones públicas de derechos humanos tengan amplias  facultades para desempeñar su tarea. Es preciso que, quien las encabeza, haga un  uso adecuado de ellas, teniendo como principio rector la protección de las y los  ciudadanos, principalmente de aquellos que por su situación económica y/o  social, son más vulnerables ante las injusticias y el abuso del poder. En pocas  palabras, la actuación de quien preside las instituciones públicas de derechos  humanos es fundamental para el buen desarrollo de aquellas, pero también para  garantizar otra de las cualidades indispensables de una comisión pública de  derechos humanos, que es su ciudadanización. </span></p>
<p style="margin: 0cm 0cm 0pt; text-align: justify"><span style="font-size: 11pt" lang="ES-MX"><span> </span></span></p>
<p style="margin: 0cm 0cm 0pt; text-align: justify"><span style="font-size: 11pt" lang="ES-MX">En este contexto,  el próximo 22 de agosto, el presidente de la Comisión de Derechos Humanos del  Estado de Yucatán (CODHEY) presentará, ante los diputados del Congreso del  Estado, el informe al que lo obliga su ley reglamentaria, que a la letra dice:  <script><!-- D(["mb","\u003c/span\>\u003c/p\>\n\u003cp style\u003d\"margin:0cm 0cm 0pt;text-align:justify\"\>\u003cspan lang\u003d\"ES-MX\" style\u003d\"font-size:11pt\"\> \u003c/span\>\u003c/p\>\n\u003cp style\u003d\"margin:0cm 0cm 0pt;text-align:justify\"\>\u003ci\>\u003cspan lang\u003d\"ES-MX\" style\u003d\"font-size:11pt\"\>Título II.- Capítulo \nV\u003c/span\>\u003c/i\>\u003c/p\>\n\u003cp style\u003d\"margin:0cm 0cm 0pt;text-align:justify\"\>\u003ci\>\u003cspan lang\u003d\"ES-MX\" style\u003d\"font-size:11pt\"\>DEL INFORME ANUAL DE \nACTIVIDADES DE LA COMISIÓN\u003c/span\>\u003c/i\>\u003c/p\>\n\u003cp style\u003d\"margin:0cm 0cm 0pt;text-align:justify\"\>\u003ci\>\u003cu\>\u003cspan lang\u003d\"ES-MX\" style\u003d\"font-size:11pt\"\>Articulo 22\u003c/span\>\u003c/u\>\u003c/i\>\u003ci\>\u003cspan lang\u003d\"ES-MX\" style\u003d\"font-size:11pt\"\>.- El Presidente de la \nComisión deberá de comparecer al Congreso en el mes de agosto de cada año, para \nefectos de presentarle personalmente un Informe Anual de Actividades de la \nComisión.\u003c/span\>\u003c/i\>\u003c/p\>\n\u003cp style\u003d\"margin:0cm 0cm 0pt;text-align:justify\"\>\u003ci\>\u003cu\>\u003cspan lang\u003d\"ES-MX\" style\u003d\"font-size:11pt\"\>Artículo 23\u003c/span\>\u003c/u\>\u003c/i\>\u003ci\>\u003cspan lang\u003d\"ES-MX\" style\u003d\"font-size:11pt\"\>.- En la fecha en que deba \ncomparecer al Congreso para los efectos previstos en el artículo anterior, el \nPresidente de la Comisión, en sesión del Pleno del Congreso, expondrá una \nsíntesis del Informe Anual de Actividades que \npresente.\u003c/span\>\u003c/i\>\u003c/p\>\n\u003cp style\u003d\"margin:0cm 0cm 0pt;text-align:justify\"\>\u003ci\>\u003cu\>\u003cspan lang\u003d\"ES-MX\" style\u003d\"font-size:11pt\"\>Artículo 24\u003c/span\>\u003c/u\>\u003c/i\>\u003ci\>\u003cspan lang\u003d\"ES-MX\" style\u003d\"font-size:11pt\"\>.- El Informe Anual de \nActividades de la Comisión, constará por escrito, y deberá contener un \ndiagnóstico general de la situación de los Derechos Humanos en el Estado y sus \nmunicipios, las causas estructurales de su violación, una descripción del número \ny características de las quejas interpuestas, de las investigaciones realizadas, \nlos resultados de su labor de conciliación, las Recomendaciones, los Acuerdos de \nNo Responsabilidad que se hubiesen formulado y los datos estadísticos \ncorrespondientes.\u003c/span\>\u003c/i\>\u003c/p\>\n\u003cp style\u003d\"margin:0cm 0cm 0pt;text-align:justify\"\>\u003ci\>\u003cspan lang\u003d\"ES-MX\" style\u003d\"font-size:11pt\"\>El Informe también deberá \ncontener en su caso, las acciones realizadas en ejercicio de las atribuciones \nconferidas a la Comisión en el artículo 15 de la presente Ley, particularmente \nlas señaladas en las fracciones IV, VII a la XV del citado \nnumeral.",1] );  //--></script></span></p>
<p style="margin: 0cm 0cm 0pt; text-align: justify"><span style="font-size: 11pt" lang="ES-MX"> </span></p>
<p style="margin: 0cm 0cm 0pt; text-align: justify"><em><span style="font-size: 11pt" lang="ES-MX">Título II.- Capítulo  V</span></em></p>
<p style="margin: 0cm 0cm 0pt; text-align: justify"><em><span style="font-size: 11pt" lang="ES-MX">DEL INFORME ANUAL DE  ACTIVIDADES DE LA COMISIÓN</span></em></p>
<p style="margin: 0cm 0cm 0pt; text-align: justify"><em><u><span style="font-size: 11pt" lang="ES-MX">Articulo 22</span></u></em><em><span style="font-size: 11pt" lang="ES-MX">.- El Presidente de la  Comisión deberá de comparecer al Congreso en el mes de agosto de cada año, para  efectos de presentarle personalmente un Informe Anual de Actividades de la  Comisión.</span></em></p>
<p style="margin: 0cm 0cm 0pt; text-align: justify"><em><u><span style="font-size: 11pt" lang="ES-MX">Artículo 23</span></u></em><em><span style="font-size: 11pt" lang="ES-MX">.- En la fecha en que deba  comparecer al Congreso para los efectos previstos en el artículo anterior, el  Presidente de la Comisión, en sesión del Pleno del Congreso, expondrá una  síntesis del Informe Anual de Actividades que  presente.</span></em></p>
<p style="margin: 0cm 0cm 0pt; text-align: justify"><em><u><span style="font-size: 11pt" lang="ES-MX">Artículo 24</span></u></em><em><span style="font-size: 11pt" lang="ES-MX">.- El Informe Anual de  Actividades de la Comisión, constará por escrito, y deberá contener un  diagnóstico general de la situación de los Derechos Humanos en el Estado y sus  municipios, las causas estructurales de su violación, una descripción del número  y características de las quejas interpuestas, de las investigaciones realizadas,  los resultados de su labor de conciliación, las Recomendaciones, los Acuerdos de  No Responsabilidad que se hubiesen formulado y los datos estadísticos  correspondientes.</span></em></p>
<p style="margin: 0cm 0cm 0pt; text-align: justify"><em><span style="font-size: 11pt" lang="ES-MX">El Informe también deberá  contener en su caso, las acciones realizadas en ejercicio de las atribuciones  conferidas a la Comisión en el artículo 15 de la presente Ley, particularmente  las señaladas en las fracciones IV, VII a la XV del citado  numeral.<script><!-- D(["mb","\u003c/span\>\u003c/i\>\u003c/p\>\n\u003cp style\u003d\"margin:0cm 0cm 0pt;text-align:justify\"\>\u003ci\>\u003cu\>\u003cspan lang\u003d\"ES-MX\" style\u003d\"font-size:11pt\"\>Artículo 25\u003c/span\>\u003c/u\>\u003c/i\>\u003ci\>\u003cspan lang\u003d\"ES-MX\" style\u003d\"font-size:11pt\"\>.- El Presidente de la \nComisión deberá comparecer y proporcionar información a la Comisión Permanente, \ncuando ésta así se lo solicite.\u003c/span\>\u003c/i\>\u003c/p\>\n\u003cp style\u003d\"margin:0cm 0cm 0pt;text-align:justify\"\>\u003ci\>\u003cu\>\u003cspan lang\u003d\"ES-MX\" style\u003d\"font-size:11pt\"\>Artículo 26\u003c/span\>\u003c/u\>\u003c/i\>\u003ci\>\u003cspan lang\u003d\"ES-MX\" style\u003d\"font-size:11pt\"\>.- La Comisión, de acuerdo a \nsus condiciones presupuestales, deberá difundir su Informe Anual de Actividades \nen la forma más amplia posible para conocimiento de la sociedad, a través de las \npublicaciones que, en su caso, realice y de los medios de \ncomunicación.\u003c/span\>\u003c/i\>\u003c/p\>\n\u003cp style\u003d\"margin:0cm 0cm 0pt;text-align:justify\"\>\u003ci\>\u003cspan lang\u003d\"ES-MX\" style\u003d\"font-size:11pt\"\>El Informe Anual de \nActividades de la Comisión, deberá publicarse en el Diario Oficial del Gobierno \ndel Estado de Yucatán, dentro de los diez días siguientes al de su presentación \nen el Congreso.\u003c/span\>\u003c/i\>\u003c/p\>\n\u003cp style\u003d\"margin:0cm 0cm 0pt;text-align:justify\"\>\u003cspan lang\u003d\"ES-MX\" style\u003d\"font-size:11pt\"\> \u003c/span\>\u003c/p\>\n\u003cp style\u003d\"margin:0cm 0cm 0pt;text-align:justify\"\>\u003cspan lang\u003d\"ES-MX\" style\u003d\"font-size:11pt\"\>Consideramos que \nla comparecencia del Ombudsman ante el poder legislativo es el momento indicado \nque tienen los diputados para cuestionar cualquier situación que, a su juicio o \ndel de la ciudadanía, amerite aclaraciones. En este tenor, los preceptos de la \nley deben ser interpretados de tal manera que la información que proporcione el \nOmbudsman estatal durante su comparecencia sirva para que los representantes \nciudadanos puedan tener conocimiento de la situación de los derechos humanos en \nel estado y de las autoridades responsables de violarlos, pero también de la \ngestión anual de la Codhey, que sirva para valorar y, en su caso, cuestionar el \ntrabajo de su presidente. \u003c/span\>\u003c/p\>\n\u003cp style\u003d\"margin:0cm 0cm 0pt;text-align:justify\"\>\u003cspan lang\u003d\"ES-MX\" style\u003d\"font-size:11pt\"\>",1] );  //--></script></span></em></p>
<p style="margin: 0cm 0cm 0pt; text-align: justify"><em><u><span style="font-size: 11pt" lang="ES-MX">Artículo 25</span></u></em><em><span style="font-size: 11pt" lang="ES-MX">.- El Presidente de la  Comisión deberá comparecer y proporcionar información a la Comisión Permanente,  cuando ésta así se lo solicite.</span></em></p>
<p style="margin: 0cm 0cm 0pt; text-align: justify"><em><u><span style="font-size: 11pt" lang="ES-MX">Artículo 26</span></u></em><em><span style="font-size: 11pt" lang="ES-MX">.- La Comisión, de acuerdo a  sus condiciones presupuestales, deberá difundir su Informe Anual de Actividades  en la forma más amplia posible para conocimiento de la sociedad, a través de las  publicaciones que, en su caso, realice y de los medios de  comunicación.</span></em></p>
<p style="margin: 0cm 0cm 0pt; text-align: justify"><em><span style="font-size: 11pt" lang="ES-MX">El Informe Anual de  Actividades de la Comisión, deberá publicarse en el Diario Oficial del Gobierno  del Estado de Yucatán, dentro de los diez días siguientes al de su presentación  en el Congreso.</span></em></p>
<p style="margin: 0cm 0cm 0pt; text-align: justify"><span style="font-size: 11pt" lang="ES-MX"> </span></p>
<p style="margin: 0cm 0cm 0pt; text-align: justify"><span style="font-size: 11pt" lang="ES-MX">Consideramos que  la comparecencia del Ombudsman ante el poder legislativo es el momento indicado  que tienen los diputados para cuestionar cualquier situación que, a su juicio o  del de la ciudadanía, amerite aclaraciones. En este tenor, los preceptos de la  ley deben ser interpretados de tal manera que la información que proporcione el  Ombudsman estatal durante su comparecencia sirva para que los representantes  ciudadanos puedan tener conocimiento de la situación de los derechos humanos en  el estado y de las autoridades responsables de violarlos, pero también de la  gestión anual de la Codhey, que sirva para valorar y, en su caso, cuestionar el  trabajo de su presidente. </span></p>
<p style="margin: 0cm 0cm 0pt; text-align: justify"><span style="font-size: 11pt" lang="ES-MX"><script><!-- D(["mb"," \u003c/span\>\u003c/p\>\n\u003cp style\u003d\"margin:0cm 0cm 0pt;text-align:justify\"\>\u003cspan lang\u003d\"ES-MX\" style\u003d\"font-size:11pt\"\>El Congreso del \nEstado es directamente responsable del nombramiento del presidente de la CODHEY \ny, como representación de la ciudadanía, tiene también la responsabilidad de \nvigilar su actuación con base en instrumentos confiables, objetivos y que \nreflejan estándares asumidos por la comunidad internacional para evaluar la \ngestión de un organismo público de derechos humanos y que permiten una más \nacuciosa lectura del informe del Ombudsman. \u003c/span\>\u003c/p\>\n\u003cp style\u003d\"margin:0cm 0cm 0pt;text-align:justify\"\>\u003cspan lang\u003d\"ES-MX\" style\u003d\"font-size:11pt\"\> \u003c/span\>\u003c/p\>\n\u003cp style\u003d\"margin:0cm 0cm 0pt;text-align:justify\"\>\u003cspan lang\u003d\"ES-MX\" style\u003d\"font-size:11pt\"\>En octubre de \n1991 se establecieron los Principios de París, documento internacional que \nestablece recomendaciones para el establecimiento y funcionamiento de los \ninstitutos públicos de derechos humanos. Por otra parte, en 2003 se publicó el \nDiagnóstico de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas sobre la \nSituación de los Derechos Humanos en México, que incluye una evaluación de las \ncomisiones públicas de derechos humanos. \u003c/span\>\u003c/p\>\n\u003cp style\u003d\"margin:0cm 0cm 0pt;text-align:justify\"\>\u003cspan lang\u003d\"ES-MX\" style\u003d\"font-size:11pt\"\> \u003c/span\>\u003c/p\>\n\u003cp style\u003d\"margin:0cm 0cm 0pt;text-align:justify\"\>\u003cspan lang\u003d\"ES-MX\" style\u003d\"font-size:11pt\"\>Los gobiernos \ntienen la triple obligación de respetar, proteger y hacer valer los derechos \nhumanos. Esto implica no hacer nada que impida el disfrute de estos derechos, \ngarantizar el disfrute de tales derechos y tomar medidas legislativas e \ninstitucionales para que exista todo lo necesario para que los ciudadanos y \nciudadanas puedan disfrutar de esos derechos. Como hemos señalado antes ha \nhabido un progresivo reconocimiento internacional de derechos (civiles y \npolíticos, económicos, sociales, culturales y ambientales y nuevos derechos \nemergentes). Las convenciones y tratados internacionales, firmados y ratificados \npor una mayoría de países pertenecientes a la ONU, han convertido el discurso de \nlos derechos humanos en el horizonte desde el cual los ciudadanos y ciudadanas \npueden exigir controles para el ejercicio del poder y defender la democracia \nentendida, no como el simple acto de elegir a los gobernantes, sino como el \nsistema que garantiza condiciones de igualdad y de justicia para todos y todas. \nEs en este contexto que debe ser evaluada labor de la CODHEY y de sus \nrecomendaciones. ",1] );  //--></script> </span></p>
<p style="margin: 0cm 0cm 0pt; text-align: justify"><span style="font-size: 11pt" lang="ES-MX">El Congreso del  Estado es directamente responsable del nombramiento del presidente de la CODHEY  y, como representación de la ciudadanía, tiene también la responsabilidad de  vigilar su actuación con base en instrumentos confiables, objetivos y que  reflejan estándares asumidos por la comunidad internacional para evaluar la  gestión de un organismo público de derechos humanos y que permiten una más  acuciosa lectura del informe del Ombudsman. </span></p>
<p style="margin: 0cm 0cm 0pt; text-align: justify"><span style="font-size: 11pt" lang="ES-MX"> </span></p>
<p style="margin: 0cm 0cm 0pt; text-align: justify"><span style="font-size: 11pt" lang="ES-MX">En octubre de  1991 se establecieron los Principios de París, documento internacional que  establece recomendaciones para el establecimiento y funcionamiento de los  institutos públicos de derechos humanos. Por otra parte, en 2003 se publicó el  Diagnóstico de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas sobre la  Situación de los Derechos Humanos en México, que incluye una evaluación de las  comisiones públicas de derechos humanos. </span></p>
<p style="margin: 0cm 0cm 0pt; text-align: justify"><span style="font-size: 11pt" lang="ES-MX"> </span></p>
<p style="margin: 0cm 0cm 0pt; text-align: justify"><span style="font-size: 11pt" lang="ES-MX">Los gobiernos  tienen la triple obligación de respetar, proteger y hacer valer los derechos  humanos. Esto implica no hacer nada que impida el disfrute de estos derechos,  garantizar el disfrute de tales derechos y tomar medidas legislativas e  institucionales para que exista todo lo necesario para que los ciudadanos y  ciudadanas puedan disfrutar de esos derechos. Como hemos señalado antes ha  habido un progresivo reconocimiento internacional de derechos (civiles y  políticos, económicos, sociales, culturales y ambientales y nuevos derechos  emergentes). Las convenciones y tratados internacionales, firmados y ratificados  por una mayoría de países pertenecientes a la ONU, han convertido el discurso de  los derechos humanos en el horizonte desde el cual los ciudadanos y ciudadanas  pueden exigir controles para el ejercicio del poder y defender la democracia  entendida, no como el simple acto de elegir a los gobernantes, sino como el  sistema que garantiza condiciones de igualdad y de justicia para todos y todas.  Es en este contexto que debe ser evaluada labor de la CODHEY y de sus  recomendaciones. <script><!-- D(["mb","\u003c/span\>\u003c/p\>\n\u003cp style\u003d\"margin:0cm 0cm 0pt;text-align:justify\"\>\u003cspan lang\u003d\"ES-MX\" style\u003d\"font-size:11pt\"\> \u003c/span\>\u003c/p\>\n\u003cp style\u003d\"margin:0cm 0cm 0pt;text-align:justify\"\>\u003cspan lang\u003d\"ES-MX\" style\u003d\"font-size:11pt\"\>A partir de los \ninstrumentos y principios citados, consideramos que una evaluación del trabajo \nde la Codhey tendría que tomar en cuenta los siguientes elementos: \n\u003c/span\>\u003c/p\>\n\u003cp style\u003d\"margin:0cm 0cm 0pt;text-align:justify\"\>\u003cspan lang\u003d\"ES-MX\" style\u003d\"font-size:11pt\"\> \u003c/span\>\u003c/p\>\n\u003cp style\u003d\"margin:0cm 0cm 0pt;text-align:justify\"\>\u003cb\>\u003cspan lang\u003d\"ES-MX\" style\u003d\"font-size:11pt\"\>Acerca de las \nquejas:\u003c/span\>\u003c/b\>\u003cspan lang\u003d\"ES-MX\" style\u003d\"font-size:11pt\"\> La presentación del número \ny tipología de las quejas nos ayuda a detectar cuáles son las violaciones a los \nderechos humanos más extendidas y frecuentes y cuáles los funcionarios o \ninstituciones que más incurren en ellas. Normalmente, el informe del presidente \nde la CODHEY debe incluir un desglose de todas las quejas recibidas y \ntrabajadas. Un aspecto importante, y que no suele aparecer en los informes, es \nel tiempo que dura la tramitación y resolución de una queja. Al respecto, la ley \nreglamentaria de la CODHEY es muy puntual y hay que revisar si se está \ncumpliendo. Otro aspecto que no siempre es evidente en el informe es si el \nquejoso ha quedado satisfecho con la recomendación emitida. Hay que poner \natención en la cifra de quejas interrumpidas por “falta de interés del quejoso” \ny clarificar si la CODHEY conoce los motivos del abandono del proceso por parte \ndel ciudadano que inició la queja. Especial cuidado hay que poner en las quejas \nque terminan por desistimiento, ya que puede haber casos en que esto se debe a \npresiones o amenazas de la autoridad responsable hacia el quejoso. Hay que \nrecordar también que hay casos graves, como el de la tortura, en los que, a \npesar del desistimiento del quejoso, la Comisión debe continuar el proceso de \noficio, por ser una violación particularmente grave y considerada de \u003ci\>lesa humanidad\u003c/i\>. Finalmente, hay que \nrecordar que en cuestión de presentación de quejas, las estadísticas son \nsolamente el punto de partida. Resulta indispensable hacer una evaluación de \nimpacto: ¿con qué frecuencia las recomendaciones han tenido efectos \ntransformadores y no sólo cosméticos? ¿con qué frecuencia y por qué se han \nignorado o rechazado recomendaciones por parte de funcionarios o instituciones? \n¿el cumplimiento de la recomendación ha significado un cambio cualitativo en la \nsituación de los derechos humanos?",1] );  //--></script></span></p>
<p style="margin: 0cm 0cm 0pt; text-align: justify"><span style="font-size: 11pt" lang="ES-MX"> </span></p>
<p style="margin: 0cm 0cm 0pt; text-align: justify"><span style="font-size: 11pt" lang="ES-MX">A partir de los  instrumentos y principios citados, consideramos que una evaluación del trabajo  de la Codhey tendría que tomar en cuenta los siguientes elementos:  </span></p>
<p style="margin: 0cm 0cm 0pt; text-align: justify"><span style="font-size: 11pt" lang="ES-MX"> </span></p>
<p style="margin: 0cm 0cm 0pt; text-align: justify"><strong><span style="font-size: 11pt" lang="ES-MX">Acerca de las  quejas:</span></strong><span style="font-size: 11pt" lang="ES-MX"> La presentación del número  y tipología de las quejas nos ayuda a detectar cuáles son las violaciones a los  derechos humanos más extendidas y frecuentes y cuáles los funcionarios o  instituciones que más incurren en ellas. Normalmente, el informe del presidente  de la CODHEY debe incluir un desglose de todas las quejas recibidas y  trabajadas. Un aspecto importante, y que no suele aparecer en los informes, es  el tiempo que dura la tramitación y resolución de una queja. Al respecto, la ley  reglamentaria de la CODHEY es muy puntual y hay que revisar si se está  cumpliendo. Otro aspecto que no siempre es evidente en el informe es si el  quejoso ha quedado satisfecho con la recomendación emitida. Hay que poner  atención en la cifra de quejas interrumpidas por “falta de interés del quejoso”  y clarificar si la CODHEY conoce los motivos del abandono del proceso por parte  del ciudadano que inició la queja. Especial cuidado hay que poner en las quejas  que terminan por desistimiento, ya que puede haber casos en que esto se debe a  presiones o amenazas de la autoridad responsable hacia el quejoso. Hay que  recordar también que hay casos graves, como el de la tortura, en los que, a  pesar del desistimiento del quejoso, la Comisión debe continuar el proceso de  oficio, por ser una violación particularmente grave y considerada de <em>lesa humanidad</em>. Finalmente, hay que  recordar que en cuestión de presentación de quejas, las estadísticas son  solamente el punto de partida. Resulta indispensable hacer una evaluación de  impacto: ¿con qué frecuencia las recomendaciones han tenido efectos  transformadores y no sólo cosméticos? ¿con qué frecuencia y por qué se han  ignorado o rechazado recomendaciones por parte de funcionarios o instituciones?  ¿el cumplimiento de la recomendación ha significado un cambio cualitativo en la  situación de los derechos humanos?<script><!-- D(["mb","\u003c/span\>\u003c/p\>\n\u003cp style\u003d\"margin:0cm 0cm 0pt;text-align:justify\"\>\u003cspan lang\u003d\"ES-MX\" style\u003d\"font-size:11pt\"\> \u003c/span\>\u003c/p\>\n\u003cp style\u003d\"margin:0cm 0cm 0pt;text-align:justify\"\>\u003cspan lang\u003d\"ES-MX\" style\u003d\"font-size:11pt\"\>Esta misma \nreflexión tendría que hacerse con los \u003cb\>programas de capacitación\u003c/b\> llevados al \ncabo por la CODHEY: ¿cuál es su impacto? ¿cuáles sus temáticas principales? ¿a \nqué públicos está dirigida? ¿en qué han ayudado a transformar la \nsituación?\u003c/span\>\u003c/p\>\n\u003cp style\u003d\"margin:0cm 0cm 0pt;text-align:justify\"\>\u003cspan lang\u003d\"ES-MX\" style\u003d\"font-size:11pt\"\> \u003c/span\>\u003c/p\>\n\u003cp style\u003d\"margin:0cm 0cm 0pt;text-align:justify\"\>\u003cspan lang\u003d\"ES-MX\" style\u003d\"font-size:11pt\"\>En el \u003cb\>diagnóstico de la situación de los derechos \nhumanos\u003c/b\> que presenta el presidente de la CODHEY como primer punto de su \ninforme, hay que revisar cómo la desigualdad social es producto de un sistema \npolítico discriminatorio en nuestro Estado. Para determinar, por ejemplo, si se \ndisfruta del derecho a la educación, hay que establecer la matrícula local y \ncompararla con los índices nacionales, lo mismo con quienes finalizan los \nperíodos escolares completos, quiénes y por qué desertan de las escuelas, etc. \nLo mismo debe señalarse en el disfrute de los derechos por parte de grupos de \nespecial vulnerabilidad, como las mujeres, los mayas, las personas homosexuales, \nlos enfermos de VIH/SIDA, etc. \u003c/span\>\u003c/p\>\n\u003cp style\u003d\"margin:0cm 0cm 0pt;text-align:justify\"\>\u003cspan lang\u003d\"ES-MX\" style\u003d\"font-size:11pt\"\> \u003c/span\>\u003c/p\>\n\u003cp style\u003d\"margin:0cm 0cm 0pt;text-align:justify\"\>\u003cspan lang\u003d\"ES-MX\" style\u003d\"font-size:11pt\"\>Además de estas \nobservaciones a nivel general, hay que prestar atención a \u003cb\>los casos más representativos\u003c/b\> que se \npresentaron en el período sobre el cual se informa. Las detenciones arbitrarias \nen Oxcum y Caucel, los jóvenes detenidos y golpeados el martes 13 de marzo, la \npersistencia de denuncias sobre tortura en las oficinas de la SPV, son algunas \nde las violaciones a derechos humanos con resonancia pública y cuyas \nrecomendaciones han de ser cuidadosamente evaluadas por el Congreso. Mención \nespecial merece el hecho de que haya sido hasta finales de este año cuando la \nCODHEY comenzó a contar con los servicios de un médico, sin que tengamos la \ncerteza de que esté debidamente capacitado en la legislación internacional sobre \ncasos de tortura. ",1] );  //--></script></span></p>
<p style="margin: 0cm 0cm 0pt; text-align: justify"><span style="font-size: 11pt" lang="ES-MX"> </span></p>
<p style="margin: 0cm 0cm 0pt; text-align: justify"><span style="font-size: 11pt" lang="ES-MX">Esta misma  reflexión tendría que hacerse con los <strong>programas de capacitación</strong> llevados al  cabo por la CODHEY: ¿cuál es su impacto? ¿cuáles sus temáticas principales? ¿a  qué públicos está dirigida? ¿en qué han ayudado a transformar la  situación?</span></p>
<p style="margin: 0cm 0cm 0pt; text-align: justify"><span style="font-size: 11pt" lang="ES-MX"> </span></p>
<p style="margin: 0cm 0cm 0pt; text-align: justify"><span style="font-size: 11pt" lang="ES-MX">En el <strong>diagnóstico de la situación de los derechos  humanos</strong> que presenta el presidente de la CODHEY como primer punto de su  informe, hay que revisar cómo la desigualdad social es producto de un sistema  político discriminatorio en nuestro Estado. Para determinar, por ejemplo, si se  disfruta del derecho a la educación, hay que establecer la matrícula local y  compararla con los índices nacionales, lo mismo con quienes finalizan los  períodos escolares completos, quiénes y por qué desertan de las escuelas, etc.  Lo mismo debe señalarse en el disfrute de los derechos por parte de grupos de  especial vulnerabilidad, como las mujeres, los mayas, las personas homosexuales,  los enfermos de VIH/SIDA, etc. </span></p>
<p style="margin: 0cm 0cm 0pt; text-align: justify"><span style="font-size: 11pt" lang="ES-MX"> </span></p>
<p style="margin: 0cm 0cm 0pt; text-align: justify"><span style="font-size: 11pt" lang="ES-MX">Además de estas  observaciones a nivel general, hay que prestar atención a <strong>los casos más representativos</strong> que se  presentaron en el período sobre el cual se informa. Las detenciones arbitrarias  en Oxcum y Caucel, los jóvenes detenidos y golpeados el martes 13 de marzo, la  persistencia de denuncias sobre tortura en las oficinas de la SPV, son algunas  de las violaciones a derechos humanos con resonancia pública y cuyas  recomendaciones han de ser cuidadosamente evaluadas por el Congreso. Mención  especial merece el hecho de que haya sido hasta finales de este año cuando la  CODHEY comenzó a contar con los servicios de un médico, sin que tengamos la  certeza de que esté debidamente capacitado en la legislación internacional sobre  casos de tortura. <script><!-- D(["mb","\u003c/span\>\u003c/p\>\n\u003cp style\u003d\"margin:0cm 0cm 0pt;text-align:justify\"\>\u003cspan lang\u003d\"ES-MX\" style\u003d\"font-size:11pt\"\> \u003c/span\>\u003c/p\>\n\u003cp style\u003d\"margin:0cm 0cm 0pt;text-align:justify\"\>\u003cspan lang\u003d\"ES-MX\" style\u003d\"font-size:11pt\"\>De igual manera \nes preciso cuestionar el porqué, a pesar de existir conductas reiteradas que \nimplicaron violaciones a derechos humanos por parte de diversas instituciones, \nla Codhey no ha emitido ninguna recomendación general desde que el actual \npresidente asumió sus funciones. \u003c/span\>\u003c/p\>\n\u003cp style\u003d\"margin:0cm 0cm 0pt;text-align:justify\"\>\u003cspan lang\u003d\"ES-MX\" style\u003d\"font-size:11pt\"\> \u003c/span\>\u003c/p\>\n\u003cp style\u003d\"margin:0cm 0cm 0pt;text-align:justify\"\>\u003cspan lang\u003d\"ES-MX\" style\u003d\"font-size:11pt\"\>Otro de los \npuntos a evaluar es la escasa atención que la Codhey ha puesto en conductas \nderivadas del poder judicial del estado que implican violaciones a derechos \nhumanos. Si bien es cierto que en materia judicial la competencia de la Codhey \nestá acotada, también lo es que existen cuestiones relativas al poder judicial \nque sí pueden ser evaluadas por la Codhey: que la justicia se aplique sin \ndiscriminación, de manera pronta y expedita, que se provea de intérprete \ntraductor a quien lo requiera, cuestiones cuya observancia es fundamental y en \nlas cuales la Codhey debería tener una postura, más aún si consideramos que\u003cspan\>  \u003c/span\>en el estado todavía no existe un \nConsejo de la Judicatura. \u003c/span\>\u003c/p\>\n\u003cp style\u003d\"margin:0cm 0cm 0pt;text-align:justify\"\>\u003cspan lang\u003d\"ES-MX\" style\u003d\"font-size:11pt\"\> \u003c/span\>\u003c/p\>\n\u003cp style\u003d\"margin:0cm 0cm 0pt;text-align:justify\"\>\u003cspan lang\u003d\"ES-MX\" style\u003d\"font-size:11pt\"\>Algunas \u003cb\>cuestiones administrativas\u003c/b\> merecen \nacuciosa revisión: el reglamento de la CODHEY tiene disposiciones precisas para \nla aceptación de una queja. ¿Por qué la CODHEY ha vuelto costumbre la práctica \nde declarar las quejas presentadas como “pendientes de calificación” y prolongar \nasí, violando su propio reglamento, el término de declaración de aceptación o no \naceptación de la queja? ¿Qué motivación hay detrás de esta práctica? ¿Cuál es el \ntiempo promedio para la resolución final de una queja? ¿Está de acuerdo con los \ntiempos establecidos en su legislación?",1] );  //--></script></span></p>
<p style="margin: 0cm 0cm 0pt; text-align: justify"><span style="font-size: 11pt" lang="ES-MX"> </span></p>
<p style="margin: 0cm 0cm 0pt; text-align: justify"><span style="font-size: 11pt" lang="ES-MX">De igual manera  es preciso cuestionar el porqué, a pesar de existir conductas reiteradas que  implicaron violaciones a derechos humanos por parte de diversas instituciones,  la Codhey no ha emitido ninguna recomendación general desde que el actual  presidente asumió sus funciones. </span></p>
<p style="margin: 0cm 0cm 0pt; text-align: justify"><span style="font-size: 11pt" lang="ES-MX"> </span></p>
<p style="margin: 0cm 0cm 0pt; text-align: justify"><span style="font-size: 11pt" lang="ES-MX">Otro de los  puntos a evaluar es la escasa atención que la Codhey ha puesto en conductas  derivadas del poder judicial del estado que implican violaciones a derechos  humanos. Si bien es cierto que en materia judicial la competencia de la Codhey  está acotada, también lo es que existen cuestiones relativas al poder judicial  que sí pueden ser evaluadas por la Codhey: que la justicia se aplique sin  discriminación, de manera pronta y expedita, que se provea de intérprete  traductor a quien lo requiera, cuestiones cuya observancia es fundamental y en  las cuales la Codhey debería tener una postura, más aún si consideramos que<span>  </span>en el estado todavía no existe un  Consejo de la Judicatura. </span></p>
<p style="margin: 0cm 0cm 0pt; text-align: justify"><span style="font-size: 11pt" lang="ES-MX"> </span></p>
<p style="margin: 0cm 0cm 0pt; text-align: justify"><span style="font-size: 11pt" lang="ES-MX">Algunas <strong>cuestiones administrativas</strong> merecen  acuciosa revisión: el reglamento de la CODHEY tiene disposiciones precisas para  la aceptación de una queja. ¿Por qué la CODHEY ha vuelto costumbre la práctica  de declarar las quejas presentadas como “pendientes de calificación” y prolongar  así, violando su propio reglamento, el término de declaración de aceptación o no  aceptación de la queja? ¿Qué motivación hay detrás de esta práctica? ¿Cuál es el  tiempo promedio para la resolución final de una queja? ¿Está de acuerdo con los  tiempos establecidos en su legislación?<script><!-- D(["mb","\u003c/span\>\u003c/p\>\n\u003cp style\u003d\"margin:0cm 0cm 0pt;text-align:justify\"\>\u003cspan lang\u003d\"ES-MX\" style\u003d\"font-size:11pt\"\> \u003c/span\>\u003c/p\>\n\u003cp style\u003d\"margin:0cm 0cm 0pt;text-align:justify\"\>\u003cspan lang\u003d\"ES-MX\" style\u003d\"font-size:11pt\"\>Finalmente, dado \nque una legislación que proteja los derechos humanos es condición indispensable \npara contribuir a su respeto, es importante saber cuál ha sido la participación \ndel Ombudsman en este empeño: ¿cuántas reformas de ley ha acompañado o \nfavorecido?\u003c/span\>\u003c/p\>\n\u003cp style\u003d\"margin:0cm 0cm 0pt;text-align:justify\"\>\u003cspan lang\u003d\"ES-MX\" style\u003d\"font-size:11pt\"\> \u003c/span\>\u003c/p\>\n\u003cp style\u003d\"margin:0cm 0cm 0pt\"\>\u003cspan lang\u003d\"ES-MX\" style\u003d\"font-size:11pt\"\>Lo anterior son elementos \nque tendrían que tomarse en cuenta para evaluar al organismo público de \nprotección de los derechos humanos de Yucatán. Les exhortamos a realizar todas \nlas acciones necesarias para garantizar que el estado cuente con una institución \nque cumpla con los más altos estándares en la materia. \u003c/span\>\u003c/p\>\n\u003cp style\u003d\"margin:0cm 0cm 0pt;text-align:justify\"\>\u003cspan lang\u003d\"ES-MX\" style\u003d\"font-size:11pt\"\> \u003c/span\>\u003c/p\>\n\u003cp style\u003d\"margin:0cm 0cm 0pt;text-align:center\" align\u003d\"center\"\>\u003cspan lang\u003d\"ES-MX\" style\u003d\"font-size:11pt\"\>Atentamente\u003c/span\>\u003c/p\>\n\u003cp style\u003d\"margin:0cm 0cm 0pt;text-align:center\" align\u003d\"center\"\>\u003cspan lang\u003d\"ES-MX\" style\u003d\"font-size:11pt\"\> \u003c/span\>\u003c/p\>\n\u003cp style\u003d\"margin:0cm 0cm 0pt;text-align:center\" align\u003d\"center\"\>\u003cspan lang\u003d\"ES-MX\" style\u003d\"font-size:11pt\"\>Por \nIndignación\u003c/span\>\u003c/p\>\n\u003cp style\u003d\"margin:0cm 0cm 0pt;text-align:center\" align\u003d\"center\"\>\u003cspan lang\u003d\"ES-MX\" style\u003d\"font-size:11pt\"\> \u003c/span\>\u003c/p\>\n\u003cp style\u003d\"margin:0cm 0cm 0pt;text-align:center\" align\u003d\"center\"\>\u003cspan lang\u003d\"ES-MX\" style\u003d\"font-size:11pt\"\>Promoción y Defensa de los \nDerechos Humanos A.C.\u003c/span\>\u003c/p\>\n\u003cp style\u003d\"margin:0cm 0cm 0pt;text-align:center\" align\u003d\"center\"\>\u003cspan lang\u003d\"ES-MX\" style\u003d\"font-size:11pt\"\> \u003c/span\>\u003c/p\>\n\u003cp style\u003d\"margin:0cm 0cm 0pt;text-align:center\" align\u003d\"center\"\>\u003cspan lang\u003d\"ES-MX\" style\u003d\"font-size:11pt\"\> \u003c/span\>\u003cspan lang\u003d\"ES-MX\" style\u003d\"font-size:11pt\"\> \u003c/span\>\u003c/p\>\n\u003cp style\u003d\"margin:0cm 0cm 0pt;text-align:center\" align\u003d\"center\"\>",1] );  //--></script></span></p>
<p style="margin: 0cm 0cm 0pt; text-align: justify"><span style="font-size: 11pt" lang="ES-MX"> </span></p>
<p style="margin: 0cm 0cm 0pt; text-align: justify"><span style="font-size: 11pt" lang="ES-MX">Finalmente, dado  que una legislación que proteja los derechos humanos es condición indispensable  para contribuir a su respeto, es importante saber cuál ha sido la participación  del Ombudsman en este empeño: ¿cuántas reformas de ley ha acompañado o  favorecido?</span></p>
<p style="margin: 0cm 0cm 0pt; text-align: justify"><span style="font-size: 11pt" lang="ES-MX"> </span></p>
<p style="margin: 0cm 0cm 0pt"><span style="font-size: 11pt" lang="ES-MX">Lo anterior son elementos  que tendrían que tomarse en cuenta para evaluar al organismo público de  protección de los derechos humanos de Yucatán. Les exhortamos a realizar todas  las acciones necesarias para garantizar que el estado cuente con una institución  que cumpla con los más altos estándares en la materia. </span></p>
<p style="margin: 0cm 0cm 0pt; text-align: justify"><span style="font-size: 11pt" lang="ES-MX"> </span></p>
<p style="margin: 0cm 0cm 0pt; text-align: center" align="center"><span style="font-size: 11pt" lang="ES-MX">Atentamente</span></p>
<p style="margin: 0cm 0cm 0pt; text-align: center" align="center"><span style="font-size: 11pt" lang="ES-MX"> </span></p>
<p style="margin: 0cm 0cm 0pt; text-align: center" align="center"><span style="font-size: 11pt" lang="ES-MX">Por  Indignación</span></p>
<p style="margin: 0cm 0cm 0pt; text-align: center" align="center"><span style="font-size: 11pt" lang="ES-MX"> </span></p>
<p style="margin: 0cm 0cm 0pt; text-align: center" align="center"><span style="font-size: 11pt" lang="ES-MX">Promoción y Defensa de los  Derechos Humanos A.C.</span></p>
<p style="margin: 0cm 0cm 0pt; text-align: center" align="center"><span style="font-size: 11pt" lang="ES-MX"> </span></p>
<p style="margin: 0cm 0cm 0pt; text-align: center" align="center"><span style="font-size: 11pt" lang="ES-MX"> </span><span style="font-size: 11pt" lang="ES-MX"> </span></p>
<p style="margin: 0cm 0cm 0pt; text-align: center" align="center"><script><!-- D(["mb","\u003cspan lang\u003d\"ES-MX\" style\u003d\"font-size:11pt\"\>María Cristina Muñoz \nMenéndez\u003cspan\>        \u003c/span\>\u003cspan\>            \n\u003c/span\>\u003cspan\>            \n\u003c/span\>Jorge Fernández Mendiburu\u003c/span\>\u003cspan lang\u003d\"ES-MX\"\>\u003c/span\>\u003c/p\>\n\u003cp style\u003d\"margin:0cm 0cm 0pt;text-align:justify\"\>\u003cfont face\u003d\"Arial\" size\u003d\"2\"\>\u003c/font\>\u003c/p\>\u003c/span\> \u003c/p\>\u003c/div\>\u003c/div\>\n",0] ); D(["ce"]);  //--></script><span style="font-size: 11pt" lang="ES-MX">María Cristina Muñoz  Menéndez<span>        </span><span>             </span><span>             </span>Jorge Fernández Mendiburu</span></p>
<p></span></p>
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