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	<title>Indignación &#187; Oxcum</title>
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	<description>Promoción y Defensa de los Derechos Humanos</description>
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		<title>En libertad campesinos de Oxcum; queda pendiente la justicia</title>
		<link>http://indignacion.org.mx/2006/12/05/en-libertad-campesinos-de-oxcum-queda-pendiente-la-justicia/</link>
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		<pubDate>Wed, 06 Dec 2006 01:33:12 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Indignacion</dc:creator>
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		<description><![CDATA[Comunicado &#160; &#160; &#160; Equipo Indignación A.C. El día miércoles 29 de noviembre, el Tribunal Unitario del Décimo cuarto circuito, con sede en Mérida, emitió su resolución relativa a la apelación presentada por los campesinos mayas Idelfonso Dzul García, Gonzalo García y Wilberth López Castro, detenidos el día 06 de octubre en un operativo ilegal [...]
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			<content:encoded><![CDATA[<p align="center">Comunicado</p>
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<p align="center">Equipo Indignación A.C.</p>
<p> El día miércoles 29 de noviembre, el Tribunal Unitario del Décimo cuarto circuito, con sede en Mérida, emitió su resolución relativa a la apelación presentada por los campesinos mayas Idelfonso Dzul García, Gonzalo García y Wilberth López Castro, detenidos el día 06 de octubre en un operativo ilegal por Policías preventivos del Estado y sujetos a proceso por delitos de portación de arma sin licencia en el caso de Gonzalo García y López Castro, y por portación de arma de uso exclusivo del ejército en el caso de Dzul García.<br />
A pesar de que el Tribunal convalidó en su resolución el auto de formal prisión dictado en su momento por la Juez Segundo de Distrito, reclasificó el delito de portación de arma de uso exclusivo del ejército atribuido a Dzul García, modificándolo por el de portación de arma sin licencia, con lo cual éste pudo obtener su libertad bajo caución. En esta tesitura los tres campesino mayas pudieron salir en libertad previo pago de una fianza de cuatro mil doscientos pesos cada uno. No obstante, deberán seguir el proceso ante el Juzgado segundo de distrito por el delito de portación de arma sin licencia, a pesar de que, como quedó acreditado en el expediente de la apelación, las escopetas, objeto mediante el cual pretenden sustentar la portación de arma sin licencia, son una herramienta cotidiana de trabajo en el pueblo maya y su portación con fines laborales no es socialmente reprochable de acuerdo con sus sistemas normativos.</p>
<p>Aunque es motivo de satisfacción la liberación de los tres campesinos mayas, todavía quedan varios pendientes:<br />
1. La investigación y sanción a los policías responsables de las violaciones a los derechos humanos cometidas el 6 de octubre, ya que no sólo fueron ilegales las detenciones de Idelfonso Dzul, Gonzalo García y Wilberth López Castro, sino que  en dicho operativo existieron agresiones físicas y verbales hacia mujeres y niños. Ante esta situación la Procuraduría de Justicia del estado debe integrar a la brevedad posible las averiguaciones previas derivadas de las denuncias que presentadas por los campesinos y sus familiares ante el Ministerio Público del estado.<br />
2.- La exoneración absoluta de los tres campesinos por parte del Juzgado Segundo de Distrito del Décimo cuarto Circuito. En este contexto resulta indispensable que el Poder Judicial Federal aplique los Tratados y Convenios Internacionales que protegen y obligan a los Estados firmantes a hacer efectivos los derechos de los pueblos indígenas. En este caso, la utilización de escopetas para el trabajo cotidiano en el campo es  una práctica cotidiana y socialmente permitida en las comunidades campesinas mayas, y pretender utilizar dicha costumbre como elemento para incriminar a tres campesinos mayas, viola lo establecido en las diversas disposiciones del Convenio 169 de la OIT y desatiende las recomendaciones que en su momento emitió el Relator especial de Naciones Unidas para pueblos indígenas, Dr. Rodolfo Stavenhagen, en su informe derivado de su visita a México en 2002.<br />
3.- La resolución inmediata de los problemas del despojo de territorios que han dado pie a la situación de represión que han vivido diversos ejidatarios en Oxcum y otras Comisarías afectadas por proyectos privados. En este tenor es preciso que, atendiendo a lo establecido por el Convenio 169 de la OIT, el gobierno del estado priorice y haga efectivo el derecho al territorio del pueblo maya por encima de intereses particulares.</p>
<p>El gobierno del estado de Yucatán no puede eludir su responsabilidad en las violaciones a los derechos humanos cometidas en perjuicio de los campesinos de Oxcum ni las cometidas en contra de otras comunidades mayas cuyo derecho a la tierra y al territorio está siendo violentado.</p>
<p>Se acumulan agravios<br />
Por otra parte el pasado 28 de noviembre Roberto Canché, quien participa en el movimiento por la defensa de las tierras de Oxcum y es yerno de don Ildefonso Dzul, sufrió lesiones severas al ser atropellado por el Comisario ejidal, don Anselmo Canul, quien ha sido cuestionado por favorecer el despojo de tierras en esa comisaría de Umán. Roberto Canché permanece en el hospital con heridas graves en la cabeza y en distintas partes del cuerpo. Todavía requiere una operación por fractura en el pie y tobillo.<br />
Don Anselmo Canul fue detenido después del hecho en su casa, a instancias de vecinos y vecinas que acudieron al lugar de los hechos, pues inmediatamente después de arrollar a Roberto, quien conducía una moto, bajó de su coche y abandonó el sitio. El Ministerio Público consignó el hecho únicamente como lesiones culposas derivadas de accidente de tránsito, a pesar de los antecedentes de amenazas de don Anselmo Canul hacia quienes participan en el movimiento por la defensa de sus tierras.<br />
Es indispensable esclarecer plenamente los hechos que pusieron en riesgo la vida de un compañero previamente amenazado precisamente por quien lo lesionó, así como garantizar que le sean resarcidos los daños al ofendido. El Ministerio Público está obligado a cumplir con su función de representar plena y efectivamente los intereses de la víctima.<br />
El equipo Indignación considera que la forma de operar del gobierno del Estado ha agraviado a la comunidad de Oxcum y lesionado sus relaciones internas. Eludir su responsabilidad, incumplir sus obligaciones o favorecer la impunidad, además de hacerle incurrir en otras violaciones a los derechos humanos, profundizaría los agravios contra el pueblo maya.</p>
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		<title>Se presentan los agravios contra el auto de forma prisión de los detenidos de Oxcum</title>
		<link>http://indignacion.org.mx/2006/11/16/se-presentan-los-agravios-contra-el-auto-de-forma-prision-de-los-detenidos-de-oxcum/</link>
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		<pubDate>Fri, 17 Nov 2006 01:23:58 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Indignacion</dc:creator>
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		<category><![CDATA[Comunicados 2006]]></category>
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		<description><![CDATA[Comunicado &#160; &#160; &#160; Equipo Indignación A.C. El día de hoy se efectuó la audiencia de ley en el Tribunal Unitario del Décimo Cuarto Circuito, con sede en Mérida, en la cual se presentó el escrito de expresión de agravios que combate los argumentos utilizados por la Juez segundo de Distrito, Sara Olimpia Reyes García, [...]
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			<content:encoded><![CDATA[<p align="center">Comunicado</p>
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<p align="center"> Equipo Indignación A.C.</p>
<p>El día de hoy se efectuó la audiencia de ley en el Tribunal Unitario del Décimo Cuarto Circuito, con sede en Mérida, en la cual se presentó el escrito de expresión de agravios que combate los argumentos utilizados por la Juez segundo de Distrito, Sara Olimpia Reyes García, para dictar el auto de formal prisión en perjuicio de Idelfonso Dzul García, Gonzalo García y Wilberth Castro, tres campesinos mayas detenidos en un operativo ilegal efectuado por policías de la Secretaría de Protección y Vialidad (S.P.V.) el pasado seis de octubre en la Comisaría de Oxcum, municipio de Umán, Yucatán, y acusados de portación de arma de uso exclusivo del Ejército el primero, y de portación de arma sin licencia los otros dos.</p>
<p>Los principales argumentos jurídicos esgrimidos por la defensa de los campesinos mayas son:</p>
<p>1. El no reconocimiento por parte de la Juez segundo de Distrito de la calidad de indígenas mayas de los procesados, a pesar de que el Código Penal Federal, en su artículo 15 fracción VII, establece la posibilidad de que se apliquen los excluyentes de responsabilidad penal cuando el indiciado considere que está justificada la presunta conducta delictiva, en este caso el portar escopetas, y la obligación de los tribunales de reconocer los usos y costumbres de los pueblos indígenas del país. Las escopetas son una herramienta cotidiana de trabajo en el pueblo maya, y por lo tanto su utilización con fines de supervivencia forma parte de sus usos y costumbres, tal como se reconoce en los artículos 5, 9, 10 y 23 del Convenio 169 de la OIT, ley suprema en nuestro país por haber sido ratificada por el Senado de la República. No obstante la juez omite analizar este hecho y niega, de manera discriminatoria, el reconocimiento que los pueblos indígenas tienen de conservar sus usos y costumbres y que las escopetas, lejos de ser un instrumento para cometer delitos, son una herramienta cotidiana de trabajo en el campo y su portación no constituye una conducta socialmente reprochable para integrantes del pueblo maya.</p>
<p>2. La inexacta valoración de la juez de la prueba pericial rendida por el perito en Balística ante el Ministerio Público Federal que determinó que la escopeta de Idelfonso Dzul García era de uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea. La Juez segundo de Distrito en ningún momento tiene a la vista la escopeta objeto del peritaje, hecho que viola los principios reguladores de la prueba, más aún cuando en la averiguación previa abierta ante el Ministerio Público del estado, el perito en Balística determinó que ninguna de las escopetas era de uso exclusivo del Ejército. Cabe resaltar que resulta sospechoso que este delito grave se impute a Idelfonso Dzul, uno de los principales líderes que se oponen a la venta ilegal de terrenos en el ejido de Oxcum.</p>
<p>3. La irregularidad de los testimonios vertidos por los policías aprehensores ante el ministerio público federal. Dichos testimonios incumplen con los requisitos establecidos por el Código Federal de Procedimientos Penales en virtud de que son idénticos, hecho que demuestra el aleccionamiento del que fueron objeto los policías al momento de declarar. A pesar de ello, la juez, violando las reglas procesales, los utilizó para fundamentar el auto de formal prisión.</p>
<p>4. La ilegalidad de la detención de los campesinos, puesto que, además de haber sido detenidos por motivos políticos, fueron trasladados de manera irregular a las oficinas  de la Secretaría de Protección y Vialidad permaneciendo ahí durante ocho horas, a pesar de que, si se trataba de un delito flagrante, era su obligación ponerlos inmediatamente a disposición del Ministerio Público. Lo anterior demuestra que la detención de los campesinos mayas en las oficinas de la SPV tenía como finalidad mantenerlos aislados mientras la Procuraduría armaba la averiguación previa y les fabricaba delitos.</p>
<p>Es preciso enfatizar que la detención y sujeción a proceso de los campesinos Idelfonso Dzul García, Gonzalo García y Wilberth Castro, se enmarca en la política de represión que el gobierno del estado de Yucatán ha establecido contra todas aquellas comunidades campesinas que se oponen a la venta de terrenos ejidales para la realización de megaproyectos que en nada benefician a los pueblos y comunidades campesinas mayas. Esta situación es sistemática en Yucatán y en otros lados del país, tan es así que el Relator Especial sobre la situación de los derechos humanos y las libertades fundamentales de los indígenas, Dr. Rodolfo Stavenhagen, señaló, en su informe E/CN.4/2004/80/Add.2, de 23 de diciembre de 2003, derivado de su visita a México:<br />
…<br />
60. Con frecuencia interviene en estos conflictos (agrarios) la fuerza pública (policías municipales, estatales y federales así como el Ejército Mexicano) y también el sistema de procuración y administración de justicia. En el funcionamiento del sistema judicial los indígenas son las víctimas más notorias y vulnerables de abusos a sus derechos humanos, sufriendo violaciones al derecho a la vida y la integridad física, la seguridad, el debido proceso y las garantías individuales. Se ha advertido una preocupante tendencia a la criminalización de la protesta y la disidencia social en el marco de los conflictos señalados, a lo cual debe añadirse un elevado grado de impunidad y corrupción en el sistema de justicia agraria, penal y civil, todo lo cual conduce a la impresión que los pueblos indígenas, pese a la retórica oficial en sentido contrario, son prescindibles para la sociedad mexicana mayoritaria.</p>
<p>Ante la presentación de los agravios, el Equipo Indignación, como parte de la defensa de Idelfonso Dzul García, Gonzalo García y Wilberth Castro, espera que el Tribunal Unitario de Circuito revoque la ilegal resolución de la Juez y determine su libertad inmediata e incondicional, de tal manera que el Poder Judicial Federal no sea cómplice de estos actos represivos que pretenden desarticular todo movimiento comunitario que se oponga a las políticas estatales que afectan los derechos a la tierra de los pueblos y comunidades indígenas mayas.</p>
<p align="center">Indignación</p>
<p align="center">Promoción y Defensa de los Derechos Humanos AC.</p>
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		<title>Hechos ocurridos en Oxcum se informan al Relator sobre pueblos indígenas de la ONU</title>
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		<pubDate>Wed, 18 Oct 2006 01:30:52 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Indignacion</dc:creator>
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		<description><![CDATA[Se informará también al grupo de trabajo sobre detenciones arbitrarias Equipo Indignación A.C. El día de hoy, el Equipo de derechos humanos Indignación, Promoción y defensa de los derechos humanos AC., envió al “Relator Especial sobre la situación de los derechos humanos y las libertades fundamentales de los indígenas” de las Naciones Unidas, Dr. Rodolfo [...]
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			<content:encoded><![CDATA[<p align="center">Se informará también al grupo de trabajo sobre detenciones arbitrarias</p>
<p align="center">Equipo Indignación A.C.</p>
<p>El día de hoy, el Equipo de derechos humanos Indignación, Promoción y defensa de los derechos humanos AC., envió al “Relator Especial sobre la situación de los derechos humanos y las libertades fundamentales de los indígenas” de las Naciones Unidas, Dr. Rodolfo Stavenhagen, información sobre los hechos ocurridos en la Comisaría de Oxcum el pasado seis de octubre, cuando elementos de la Secretaría de Protección y Vialidad (S.P.V) detuvieron a los campesinos mayas Ildefonso Dzul García,  Gonzalo García, Abelardo Cobá y Wilbert López Castro, en un operativo violento en el que resultaron lesionadas, además de los detenidos, mujeres y niños, cuyo objetivo fue la desarticulación y represión de los campesinos inconformes con el proceso de venta y despojo de tierras ejidales que el gobierno del estado, encabezado por Patricio Patrón Laviada, ha impulsado en diversas comisarías cercanas a la ciudad de Mérida.</p>
<p>Actualmente don Ildefonso Dzul García, don Gonzalo García y Wilbert López Castro se encuentran presos en el CERESO de la ciudad de Mérida, sujetos a proceso penal ante la Juez segunda de Distrito por delitos relacionados con la Ley de Armas de fuego y explosivos, después de que el Juez Sexto de lo penal del estado de Yucatán determinó su libertad por falta de elementos para procesar, en virtud de la inexistencia de conductas delictivas relacionadas con armas de fuego.</p>
<p>Indignación informó al relator que la jueza omitió considerar que la portación de escopetas no es considerado reprobable por el pueblo maya, puesto que la escopeta es una herramienta de trabajo. La jueza está violando el derecho de los compañeros a ser juzgados de acuerdo a sus propios sistemas normativos, lo que contraviene los artículos 8 y 9 del Convenio 169 de la OIT e ignora el artículo 10 del mismo convenio.</p>
<p>Dentro del contexto de la información enviada al Relator, es preciso recordar, que el 23 de diciembre de 2003, el Dr. Stavenhagen dio a conocer el informe E/CN.4/2004/80/Add.2 derivado de su visita a México, y en el cual, entre otras cosas, señalaba que …<em>Las luchas campesinas por la tierra y sus recursos se agudizan por las ambigüedades en torno a los derechos y títulos agrarios, desacuerdos en cuanto a límites entre ejidos, comunidades y propiedades privadas, conflictos por el uso de recursos colectivos como bosques y aguas, invasiones y ocupaciones ilegales de predios y terrenos comunales por parte de madereros, ganaderos o agricultores privados, acumulación de propiedades en manos de caciques locales etc. La defensa de la tierra, que se lleva primero por la vía institucional, judicial y política, puede conducir a enfrentamientos con otros campesinos, o con propietarios privados, autoridades públicas y las fuerzas del orden (policías, militares). En este contexto, se denuncian persistentes violaciones a los derechos humanos, a las cuales no son ajenos en ocasiones las autoridades locales o estatales y elementos de la fuerza pública, ya sea por omisión o por comisión.</em></p>
<p>Basándose en esos criterios y en la información que diversos organismos públicos y no gubernamentales de derechos humanos le hicieron llegar, recomendó, en dicho informe, que:</p>
<p>a) La preservación y protección de las tierras, territorios y recursos de los pueblos y comunidades indígenas, debe tener prioridad por encima de cualquier otro interés en la solución de los conflictos agrarios;<br />
b) Se recomienda crear grupos de trabajo interdisciplinarios y representativos de pueblos, sociedad civil y gobierno para revisar los casos de conflictos agrarios en todo el país, a fin de proponer mecanismos adecuados de solución a cada uno de ellos, asegurando la coordinación entre los diferentes niveles de gobierno, la existencia de recursos adecuados, medidas compensatorias y el respeto a las formas de resolución de conflictos de los pueblos.<br />
c) Las comunidades indígenas deberán participar en el manejo, administración y control de las áreas naturales protegidas en sus territorios o regiones, tomando en cuenta los ordenamientos ecológicos comunitarios.</p>
<p>Por lo tanto, la información enviada, además de ponerle al tanto de la situación de represión y despojo que viven los campesinos como consecuencia de los diversos megaproyectos que ha puesto en marcha el actual gobierno del estado en beneficio de grupos privados empresariales, insiste en señalar el incumplimiento que el gobierno del estado de Yucatán, y en general el Estado mexicano, han hecho sobre las observaciones y recomendaciones que el representante de Naciones Unidas formuló con motivo de su visita a México sobre el tema de pueblos indios.</p>
<p>Cabe resaltar que esta información enviada al Relator Stavenhagen, pronto será ampliada al Grupo de Trabajo sobre Detenciones arbitrarias de la ONU, informándole sobre la práctica de detenciones arbitrarias que los cuerpos policíacos del estado aplican en perjuicio de la sociedad, y particularmente en contra de quienes se oponen y son críticos a las políticas establecidas desde el gobierno del estado.</p>
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		<title></title>
		<link>http://indignacion.org.mx/2006/10/10/119/</link>
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		<pubDate>Wed, 11 Oct 2006 03:28:25 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Equipo Indignacin</dc:creator>
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		<category><![CDATA[Cartas 2006]]></category>
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		<description><![CDATA[Compañeras y compañeros: Enviamos la siguiente &#8220;carta modelo&#8221; para protestar por la violación a los derechos humanos de campesinos de Oxcum y exigir al gobierno desistirse de las acciones penales inciadas y respetar los derechos humanos. Al final incluimos los nombres, cargos y direcciones electrónicas a las que puede enviarse. Pueden copiarse las direcciones en [...]
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			<content:encoded><![CDATA[<p>Compañeras y compañeros:<br />
Enviamos la siguiente &#8220;carta modelo&#8221; para protestar por la violación a los derechos humanos de campesinos de Oxcum y exigir al gobierno desistirse de las acciones penales inciadas y respetar los derechos humanos.<br />
Al final incluimos los nombres, cargos y direcciones electrónicas a las que puede enviarse. Pueden copiarse las direcciones en &#8220;destinatarios&#8221; y dejar únicamente el texto siguiente en el cuerpo del corrreo:</p>
<p>________________________________________<br />
Deploro las violaciones a los derechos humanos cometidas contra campesinos mayas el pasado 6 de octubre, de las cuales el principal responsable es el Gobernador de Yucatán.<br />
Con preocupación he tenido conocimiento de que policías de la Secretaría de Protección y Vialidad (S.P.V.) agredieron a hombres y mujeres mayas que mantenían una vigilancia sobre tierras del ejido de Oxcum que están en litigio y detuvieron con violencia a los campesinos mayas Ildefonso Dzul García,  Gonzalo García, Abelardo Cobá y Wilbert López Castro, a quienes mantuvieron retenidos ilegalmente en el edificio de la S.P.V. por casi ocho horas, ya que hasta la noche fueron trasladados a la agencia 3a del Ministerio Público, hecho que resulta inconstitucional al tenor de lo establecido por el artículo 16 constitucional.<br />
Sabemos que esta práctica de detención ilegal es frecuente en el estado, como lo demuestra además de este caso, el reciente ocurrido en la Comisaria de Caucel el pasado 13 de julio y en la que, bajo el mismo procedimiento, se detuvo ilegalmente a varios campesinos mientras en la Procuraduría de Justicia les fabricaban el expediente penal.<br />
Tenemos conocimiento que este tipo de acciones se enmarcan en una política sistemática del gobierno del estado para despojar de sus tierras y territorios a los pueblos mayas, con el objetivo de realizar proyectos que, lejos de beneficiarles, les afectan pues los privan de sus medios de producción.<br />
De igual manera, rechazamos y condenamos el hostigamiento del que fue objeto Eva Macossay por parte de Policías Judiciales al realizar su labor de observación y defensa de los derechos humanos. Reiteramos el derecho que todas y todos los ciudadanos tenemos a proteger y defender los derechos humanos y la obligación del Estado de permitir este ejercicio democrático.<br />
En virtud de lo anterior, solicitamos lo siguiente:<br />
Primero. Que el Gobierno del Estado se desista inmediatamente de las acciones penales ejercitadas en contra de los CC. Ildefonso Dzul García, Gonzalo García, Abelardo Cobá y Wilbert López Castroen, en virtud de que carecen de sustento jurídico por estar basadas en acciones ilegales que vulneran los derechos humanos fundamentales y lejos de ser medidas para garantizar la paz social, son claras muestras de arbitrariedad y represión.<br />
Segundo. Se efectúen las investigaciones penales y administrativas pertinentes para determinar las responsabilidades de los servidores públicos que detuvieron y mantuvieron de manera ilegal a los 4 campesinos mayas, así como de aquellos servidores que hostigaron a Eva Macossay Rodríguez cuando ésta realizaba su actividad de observación de derechos humanos.<br />
Tercero. Se garantice el trabajo de defensa y observación de los derechos humanos realizado por todas y todos los ciudadanos y se evite la utilización de la represión y de medidas violatorias de derechos humanos para resolver conflictos que tienen un origen social.<br />
________________________________________<br />
Enviar a:<br />
Patricio Patrón Laviada<br />
Gobernador del estado de Yucatán<br />
patricio.patron@yucatan.gob.mx</p>
<p>Pedro Rivas Gutiérrez<br />
Secretario de Gobierno<br />
pedro.rivas@yucatan.gob.mx</p>
<p>MVZ Javier Medina Torre<br />
Secretario de Protección y Vialidad<br />
javier.medina@yucatan.gob.mx</p>
<p>Jorge Victoria Maldonado<br />
Comisión de Derechos Humanos de Yucatán<br />
codhey@prodigy.net.mx</p>
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		<item>
		<title>Policía de Yucatán agrede a campesinos de Oxcum y detiene ilegalmente a cuatro</title>
		<link>http://indignacion.org.mx/2006/10/08/policia-de-yucatan-agrede-a-campesinos-de-oxcum-y-detiene-ilegalmente-a-cuatro/</link>
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		<pubDate>Mon, 09 Oct 2006 01:18:51 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Indignacion</dc:creator>
				<category><![CDATA[2006]]></category>
		<category><![CDATA[Oxcum]]></category>
		<category><![CDATA[pueblo maya]]></category>
		<category><![CDATA[Comunicados]]></category>
		<category><![CDATA[Comunicados 2006]]></category>
		<category><![CDATA[pueblos originarios]]></category>

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		<description><![CDATA[Judiciales hostigan a defensora de derechos humanos &#160; &#160; &#160; Equipo Indignación A.C. Policías de la Secretaría de Protección y Vialidad de Yucatán detuvieron con violencia a cuatro ejidatarios mayas el viernes 6 de octubre pasado y agredieron a cerca de veinte personas de Oxcum que se mantenían en vigilancia sobre terrenos de ese ejido [...]
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<p align="center">&nbsp;</p>
<p align="center">&nbsp;</p>
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<p align="center">Equipo Indignación A.C.</p>
<p>Policías de la Secretaría de Protección y Vialidad de Yucatán detuvieron con violencia a cuatro ejidatarios mayas el viernes 6 de octubre pasado y agredieron a cerca de veinte personas de Oxcum que se mantenían en vigilancia sobre terrenos de ese ejido en litigio para a evitar que la Junta de Agua Potable y Alcantarillado de Yucatán (JAPAY) introduzca maquinaria a trabajarlos.<br />
El equipo Indignación tuvo conocimiento de la detención y del traslado de los detenidos hacia el edificio de la S.P.V., donde se retuvo ilegalmente a don Ildefonso Dzul García, don Gonzalo García, don Abelardo Cobá y Wilbert López Castro, quienes hasta las ocho de la noche fueron trasladados al edificio de la Procuraduría de Justicia del Estado.<br />
Durante el operativo resultaron lesionadas, además de los detenidos, don Juan Poot, doña Felipa Poot, doña Dulce María Chuil Mena y doña Rosario Dzul, entre otras personas.<br />
En las afueras de la SPV entrevistamos a familiares de los detenidos y personas que participaron en los trabajos de vigilancia sobre las tierras y constatamos los golpes y lesiones que dejaron huellas visibles.<br />
A la detención ilegal, la violación al derecho a la integridad física y el abuso de fuerza por parte de los policías, se sumó el hostigamiento e intimidación de policías judiciales hacia una observadora de derechos humanos del Movimiento de Cultura Popular, Eva Macossay, quien al llegar a la procuraduría tomó fotos de la camioneta en la que venían los detenidos.<br />
Una vez en el estacionamiento de la procuraduría, el coche en el que se trasladaba Eva fue interceptado por un coche blanco con cristales polarizados y ella fue obligada por personas que se identificaron como judiciales a bajar de su vehículo y mostrar su identificación, lo que contraviene el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que señala que “Nadie puede ser molestado en su persona, domicilio o posesiones sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente.”<br />
El equipo Indignación deplora las violaciones a las garantías y derechos humanos descritas, exige una investigación inmediata y la sanción de los responsables, así como respeto irrestricto hacia el trabajo de observación y defensa de los derechos humanos.<br />
Este equipo también hace notar que de manera reiterada el actual gobierno ha utilizado el edificio de la SPV como sitio de detención, lo que es ilegal.<br />
Por otra parte, este equipo no puede dejar de observar y señalar que las compras de tierra promovidas por el gobierno del Estado y ejecutadas a través de intermediarios, además de constituir una política de despojo al territorio del pueblo maya, se han hecho a través de mecanismos antidemocráticos y corruptores que han generado una profunda división en comunidades y ejidos mayas.<br />
Estas adquisiciones de tierras en pueblos mayas cuyos derechos no están reconocidos y que viven en condiciones de pobreza extrema pueden adquirir forma legal pero resultan ilegítimas. El equipo Indignación denuncia y deplora el hecho de que el gobierno del Estado no sólo no cuente con una política integral para proteger los territorios del pueblo maya y respetar su derecho a decidir sobre sus tierras, sino que él mismo participe en el despojo y lo propicie.</p>
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